Leopoldo Maldonado
25/03/2022 - 12:02 am
La CNDH contra el derecho a la información
La CNDH está más preocupada por montarse en la “grilla” que en la defensa de las víctimas y los derechos humanos.
En otra querella de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos ahora ha decidido cargarla contra el derecho a la información sobre violaciones graves a derechos humanos. Una lucha histórica de los movimientosde víctimas y de derecho humanos ha sido acceder a la información de investigaciones -incluso en curso-como un derecho de las personas directamente agraviadas pero también de la sociedad.
El derecho de acceso a la información sobre investigaciones en curso suele ser un tema polémico. Pero no es un capricho. Sus raíces históricas son profundas como la impunidad distintiva del régimen priísta y los sucesivos gobiernos de alternancia.
El sistema judicial, construido en el siglo XX a imagen y semejanza del sistema político autoritario, operaba en contra y a espaldas de las víctimas, sobre todo de las víctimas de crímenes de estado. El ocultamiento fue la mecánica de ese régimen que extiende sus viejas prácticas hasta nuestros días, aunque a fuerza de lucha social se ha ido desmontando. Un reconocimiento interesante de esta “política de ocultamiento” sobre actos atroces de autoridades lo hizo la Suprema Corte de Justicia de la Nación cuando investigó la masacre de Aguas Blancas (Guerrero) ocurrida en junio de 1995. Lo hizo en los estertores del viejo régimen que comenzaba a abrirse al escrutinio y la pluralidad democráticas dado el empuje social de los 30 años anteriores.
En el marco de la apertura democrática y la alternancia partidista en el joven siglo XXI se incorporó al marco jurídico mexicano normas dirigidas a transparentar el ejercicio gubernamental. A partir de ahí fue que diversos ámbitos de la vida pública se fueron abriendo al ojo público. Para ello se construyó un andamiaje institucional pensado para garantizar el derecho a la información como requisito necesario para el avance de la democracia.
En la historia reciente muchos y muy diversos temas se tocaron en la batalla por acceder a la información en temas de justicia y verdad, entre ellos el acceso a investigaciones penales en curso. La Suprema Corte hace 10 años determinó, por ejemplo, que ninguna averiguación previa sería a priori considerada como reservada sino que habría que hacer la prueba de daño. Esto significa la ponderación entre interés público de la información versus el daño de revelarla.
A raíz de un litigio de Artículo 19 y la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho, también el máximo tribunal reconoció en 2019 (amparos en revisión 661/2014 y 453/2015 ) la facultad prima facie del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) para catalogar hechos como violaciones graves a los derechos humanos con fines de acceso a la información y que no es necesario esperar la determinación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos para acceder a dicha información en un caso determinado. Las resoluciones fortalecieron la autonomía del INAI sobre su competencia en materia de transparencia y acceso a la información.
No sobra decir que estas resoluciones se emitieron después de 7 años de litigios. Pero sobre todo, por el interés de que víctimas de las atrocidades cometidas en San Fernando y Cadereyta y la propia sociedad podamos a acceder a investigaciones sobre hechos que permanecen impunes y que laceran profundamente el tejido social. En el trasncurso de este largo proceso, con la reforma constitucional de 2014 en materia de transparencia, la conversión del IFAI en INAI, y la nueva Ley General de Transparencia (2015), se reconoció el derecho de acceso a la información sobre violaciones graves a derechos humanos.
Pero nada de esto le interesa a una CNDH que está más preocupada por montarse en la “grilla” que en la defensa de las víctimas y los derechos humanos. En el marco del 28o aniversario del asesinato de Colosio y derivado de una Recomendación por Violaciones Graves a los Derechos Humanos 48VG/2021 emitida el año pasado, el organismo que debe proteger los derechos humanos se lanzó, así sin más, contra el derecho de acceso a la información.
Señala la CNDH en su comunicado del miércoles 23 de marzo que “a través del INAI se ha estado pretendiendo que la CNDH dé cuenta de elementos de prueba que serían clave en la apertura de una investigación de los hechos sucedidos el 23 de marzo de 1994, por lo que vamos a iniciar una batalla legal para lograr que en todas las resoluciones de ese Instituto se imponga la prevalencia de los derechos humanos, es decir, el interés de aquellas personas que tienen la calidad de víctimas”. Por ello amagó con presentar “recursos de protección de derechos”. Fiel al espíritu “conspiranoico” de estos tiempos, señala al INAI de actuar bajo“interferencias de personas particulares” que pueden poner en riesgo el cumplimiento de la citada recomendación, por intereses claramente “políticos”.
Ante tales infundios el INAI y el Pleno del Sistema Nacional de Transparencia contestaron con sendos comunicados que le dan norte a una CNDH que parece lo ha perdido por completo. Vaya no se sabe si actúan bajo supina ignorancia o evidente mala fe. El instituto encargado de velar por la transparencia y acceso a la información no ha hecho más que cumplir la ley, los precedentes judicials y sus propios criterios.
¿Sabe la CNDH lo que ha significado esta lucha para acceder a la información como precondición de la justicia? ¿Sabe qué es una versión pública de la información como la que pide el INAI? ¿Comprende las implicaciones de sus querellas políticas y cómo dan al traste con el ejercicio de derechos y luchas históricas en favor de ellos? Al parecer no. Y al parecer seguiremos padeciendo la volatilidad y falta de consistencia de un organismo que pensamos no podía estar peor ...pero nos ha demostrado que sí.
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