La información que deberá proporcionar el Inegi tendrá que estar desglosada tanto a nivel nacional como por entidad federativa.
Ciudad de México, 15 de agosto (SinEmbargo).- El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) deberá publicar las páginas de los cuestionarios usados durante la Encuesta Nacional de Población Privada de la Libertad (ENPOL) edición 2016, precisamente en donde se localicen las cantidades de dinero que reciben las personas privadas de su libertad por sus actividades en los centros de reclusión, resolvió el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Dicha información deberá estar desglosada tanto a nivel nacional como por entidad federativa. De acuerdo con el INAI, el recurso en revisión fue debido a una solicitud de acceso a la información presentada por una persona en la que deseaba conocer la cantidad percibida por las personas privadas de la libertad en centros de reclusión, a la cual el Inegi advirtió al solicitante que si deseaba conocer más información debía realizar algunos de los procedimientos previstos por la ley.
Por lo que al presentar el asunto ante el pleno, el Comisionado Adrián Alcalá Méndez destacó que decidió posicionar este recurso de revisión relacionado con la ENPOL 2016 realizada por INEGI, dada la relevancia que tiene el proceso de justicia penal en México y los derechos humanos que suelen violentarse en ellos.
En respuesta, el Inegi proporcionó dos tabulados en los que se explota la información a nivel global, es decir, los que se desprenden de los promedios y las estadísticas finales correspondientes a la pregunta 7.18 de la ENPOL 2016.
🔶 @INEGI_INFORMA debe informar sobre pago a personas privadas de su libertad por labores en los centros de reclusión: INAI.@AdrianAlcala75#INAIalMomento https://t.co/ogRtdwYDDb pic.twitter.com/B6KkQIwIa9
— INAI (@INAImexico) August 15, 2021
En el análisis realizado por integrantes del INAI se determinó que "es evidente que la contestación no guarda congruencia con lo solicitado, pues la información que se entregó versa sobre la estadística global de toda la encuesta, siendo que el objeto de la solicitud radica en los resultados específicos de la pregunta 7.18 de la encuesta ENPOL edición 2016".
Por otro lado, el Comisionado Alcalá Méndez apuntó que “es importante resaltar que la instrucción prevista en el proyecto que ahora presento, de ninguna manera violenta los principios de confidencialidad y de reserva previstos por la ley del sistema, pues el cuestionario aplicable a los informantes no los hace identificables de ninguna manera”.
Además, el Comisionado del INAI advirtió que es importante señalar que esta encuesta de la cual se solicitó la información, guarda una relevancia en el dar a conocer el cumplimiento al mandato legal que se encuentra contenido en el artículo 29 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, “ya que el propósito es generar información estadística sobre la experiencia del procedimiento penal e internamiento de la población de 18 años y más, privada legalmente de su libertad, como consecuencia de la comisión o supuesta comisión de algún delito, de los cuales, en muchas ocasiones, son violentados y negados sus demás derechos humanos".