Leopoldo Maldonado
18/06/2021 - 12:01 am
Diez años de la reforma de derechos humanos: sin correlato institucional
De entrada es difícil “medir” los avances en un país sumergido en la violencia sistémica criminal y de estado. Una vez más los cambios en el plano constitucional y legal siguen sin reflejarse de manera más significativa en la vida de las personas padecen un sinfín de violaciones a sus derechos fundamentales.
Fue poco relevante en la agenda nacional el décimo aniversario de una reforma trascendental que cambió el paradigma constitucional del Estado mexicano. Quizás porque el tema per se nunca es atractivo, o por la multiplicidad de temas que ocupan el espacio mediático y la discusión pública; la valoración sobre el impacto de esta reforma se constreñido al foro de la abogacía-jueces-academia.
De entrada es difícil “medir” los avances en un país sumergido en la violencia sistémica criminal y de estado. Una vez más los cambios en el plano constitucional y legal siguen sin reflejarse de manera más significativa en la vida de las personas padecen un sinfín de violaciones a sus derechos fundamentales. Aún así, el cambio del paradigma constitucional hace diez años ha significado el desarrollo de una nueva mirada judicial que ha permitido establecer parámetros mínimos en algunos temas como libertad de expresión, derecho a la información, debido proceso, violencia de género, interés superior de la niñez, entre otros.
Sin embargo, los precedentes que se han construido al nivel de la Suprema Corte no siempre trasminan el quehacer de quienes imparten justicia en lo cotidiano: los poderes judiciales locales. En un plano horizontal, tampoco ha significado que los propios Poderes Ejecutivo y Legislativo, así como otros órganos autónomos del Estado, hayan generado condiciones propicias para la vigencia de los derechos humanos. Antes bien, hemos visto retrocesos en algunos rubros (militarización) o estancamiento (impunidad, opacidad).
Por eso resulta difícil convencer de una mejoría en la vida de las personas cuando las dinámicas de autoritarismo e ilegalidad no se han terminado de remover. He aquí una clave. La reforma de derechos humanos tiene un enorme potencial emancipador, pero sin una profunda reforma del Estado se vuelve inoperante. Muestra de ello es el reciente retroceso en materia de procuración de justicia que significó la aprobación de la llamada Ley Gertz. Una institución pensada en la lógica del priismo clásico simplemente no empata con un lenguaje y práctica de derechos. La mencionada Ley está hecha para cerrar más la institución de cara a las víctimas y permanecer en el ámbito de opacidad que la ha caracterizado durante décadas.
Ello lo podemos ejemplificar de manera más precisa en el ámbito particular de la libertad de expresión. Se ha construido una importante base de precedentes que fortalecen la tutela de este derecho. Sin embargo, como ya mencionaba antes, dicho avance no siempre encuentra un correlato en el actuar de los operadores de justicia, sobre todo a nivel estatal, que es el ámbito más próximo de la “justicia cotidiana” a la que acceden la mayoría de las personas.
Se han adoptado por parte de la SCJN estándares como el de “real malicia” para generar una responsabilidad civil solamente bajo el supuesto de publicar con dolo o negligencia información falsa sobre personas funcionarias o con proyección pública; una definición amplia de “periodismo” para la protección de la vida e integridad de este sector; el reconocimiento de la censura sutil que conlleva la falta de criterios claros y objetivos de asignación de la publicidad oficial, entre otros.
Pero aún así, la cultura del silenciamiento desde los actores de poder persiste y se materializa en la violencia ascendente contra la prensa y la impunidad que le acompaña; la legalización de malas prácticas en materia de publicidad oficial o la persistencia de leyes que criminalizan la libertad de expresión en numerosos estados (difamación, calumnia, injurias, “halconeo”, ultrajes a la autoridad).
Los poderes ejecutivos y legislativos no actúan de forma consecuente con el paradigma constitucional que impera desde hace 10 años o se hacen de la vista gorda para mantener mecanismos de censura directa o sutil. Cuando se crean instituciones especializadas como la FEADLE o el Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas – y sus homólogas en algunos estados- éstas no cuentan con la capacidad institucional traducida en personal suficiente y capacitado así como en recursos financieros y logísticos para operar.
Por ello, la mirada desde la protección individual y colectiva de los derechos humanos precisa ser transversal a toda las políticas, programas y presupuesto públicos. Los derechos humanos no son un pequeño coto, una moda o un lenguaje rimbombante. Deben configurarse en la realidad institucional derivado de los deberes de garantizar, proteger, respetar y promoverlos. Ese es el clamor de las miles de víctimas de todo tipo de violaciones a derechos humanos que se acumulan día con día en este país.
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