Author image

Ernesto Villanueva

03/07/2020 - 12:01 am

El mundo al revés. ¿Qué hacer frente a contenidos negativos en plataformas digitales?

Conviene reiterar que es falso el lugar común, según el cual lo que circula en Internet es un estigma que acompañará y trascenderá la vida de la persona y eso no es verdad, hay luz al final del túnel y cada vez será más amplia para armonizar la legítima libertad de expresión con los derechos de la personalidad y de carácter patrimonial.

El punto de partida reside en la prevención para evitar estar en uno de los supuestos de ilícitos o delitos. Foto: Rogelio Morales, Cuartoscuro.

Una de las preocupaciones más reiteradas en la comunidad es la relativa a los ciberdelitos porque no se advierte un mecanismo efectivo para eliminar el contenido considerado delictivo o ilícito, que no es lo mismo. Un contenido puede ser ilícito, pero no un delito como la afectación a los derechos de la personalidad en la inmensa mayoría de las entidades federativas de México. El delito se rige por las normas de carácter penal y los ilícitos por las normas de carácter civil como regla general. El universo de estos contenidos es muy diverso: clonación de tarjetas, suplantación de identidad, videos con contenido falsificado, sitios de ventas con defraudación recurrente, publicación de imágenes íntimas o privadas sin autorización de la persona, entre una amplísima gama de conductas que pueden ser delitos o ilícitos en un país determinado. ¿Qué hacer en estos casos? Es la pregunta obligada. Veamos.

Primero. De entrada, el punto de partida reside en la prevención para evitar estar en uno de los supuestos de ilícitos o delitos. Es un tema relacionado con la alfabetización digital que en México registra un déficit significativo. En el contexto de la pandemia por COVID-9 ha aumentado las relaciones por redes, ampliando el universo de usuarios y el atractivo para los ciberdelincuentes. En este contexto hay que aplicar lo que se denomina la teoría del desplazamiento; es decir, tomar las medidas que están a la mano del usuario, lo que va a generar que si un presunto ciberdelicuente se encuentra frente a dos casos iguales, uno más fácil de intrusión y otro más difícil, lo lógico es que se concentre en los más fáciles con los mismos resultados. De esta suerte, el usuario de servicios financieros y compras por Internet debe, al menos, seguir las siguientes reglas: 1.- Contraseña con caracteres alfanuméricos y al menos un carácter especial como @, &; 2.- Uso de un dispositivo de dos pasos de preferencia de uso biométrico; 3.- Para transacciones bancarias digitales se recomienda el uso de CoDI, Pay Pal o transferencia bancaria con clave y 4.- Asegurarse de utilizar un navegador que te permite la navegación privada y restricción de cookies como DuckDuckGo.

Segundo. Ya frente a hechos consumados, hay que tener en cuenta que la policía cibernética tendría, por decirlo comedidamente, grandes oportunidades de mejora, sobre todo en el ámbito de los estados en México, aunque es justo decir en su descargo que México no tiene una posición actualmente de fuerza para negociar con las plataformas digitales como sí pasa en otros países. En efecto, del reporte más reciente de Google los contenidos que fueron desindexados por diversas razones fueron durante el 2019, en Canadá, 140, en Estados Unidos, 428 y en México sólo siete, y estos siete fueron posible porque formaban parte de las conductas impropias de su código de autorregulación de esta plataforma (Aquí puede verse la gravedad del problema para l@s mexican@s) . De esta suerte, es muy probable que para un ciudadano promedio acudir a la policía cibernética difícilmente vaya a generar resultados, si se considera además que más del 90 por ciento de los delitos denunciados en México ante las autoridades competentes quedan impunes, es decir, sin castigo. Un delincuente tiene 90 por ciento de posibilidades de no ser encontrado culpable y privado de su libertad, lo que no es poca cosa.

La opción que queda es seguir las reglas de los sistemas de autorregulación de las plataformas por cuanto a las formas y al fondo para tener posibilidades de que el contenido denunciado sea eliminado. Por supuesto, hay temas que son universales y que habrá una respuesta razonablemente rápida como pornografía infantil, desnudos explícitos y similares. Más complejo será cuando se trata de casos de afectación a los derechos de la personalidad (vida privada, honor, propia imagen, integridad física y mental) que en la práctica requieren un análisis más pausado. En suma, hay soluciones, pero con menos facilidades que en otros países y con una iniciativa del interesado más activa porque es muy probable que la autoridad no ponga ningún empeño. Conviene reiterar que es falso el lugar común, según el cual lo que circula en Internet es un estigma que acompañará y trascenderá la vida de la persona y eso no es verdad, hay luz al final del túnel y cada vez será más amplia para armonizar la legítima libertad de expresión con los derechos de la personalidad y de carácter patrimonial.

@evillanuevamx

[email protected]

Ernesto Villanueva
Ernesto Villanueva es académico, especializado en anticorrupción y rendición de cuentas, libertad de expresión, patrimonio y daño moral así como derechos y obligaciones en la era digital.

Los contenidos, expresiones u opiniones vertidos en este espacio son responsabilidad única de los autores, por lo que SinEmbargo.mx no se hace responsable de los mismos.

en Sinembargo al Aire

Opinión

Opinión en video