Jaime Heliodoro Rodríguez Calderón fue candidato independiente en las elecciones presidenciales de 2018.
Ciudad de México, 17 de junio (SinEmbargo).– La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó las sanciones que se decidieron imponer en torno al caso del Gobernador de Nuevo León, Jaime Heliodoro Rodríguez Calderón y del Secretario de Gobierno, Manuel Florentino González Flores, por el uso de recursos públicos para la obtención de firmas durante el proceso electoral de 2018.
“En sesión pública no presencial, y en formato de videoconferencia, en la primera de las resoluciones la Sala Superior confirmó la validez de lo resuelto por la Sala Regional Especializada el 2 de marzo, en la que vinculó al Congreso Local de Nuevo León a agotar el procedimiento que inició con la imposición de la sanción, pero no ejecutarla en cuanto al Gobernador del estado, y que en el caso del Secretario de Gobierno, Manuel Florentino González Flores, debía igualmente agotar el procedimiento, imponer la sanción respectiva y, en ese caso, ejecutarla”, informó el TEPJF en un comunicado.
“Las y los magistrados consideraron infundado el planteamiento de González Flores pues al pedir la Sala Regional Especializada al Congreso de Nuevo León emitir la resolución, no fue para que analizara de nueva cuenta la posibilidad de sancionar sino para que, en uso de sus atribuciones, impusiera la que considerara pertinente atendiendo a la gravedad de la conducta”, agregó.
González Flores argumentó además “que se violó la suspensión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), sin embargo, se consideró inatendible el planteamiento al no ser de la competencia de este órgano judicial, puesto que la autoridad competente para realizar tal pronunciamiento sería el pleno de la Corte”.
En la segunda de las resoluciones, la Sala Superior confirmó “el acuerdo por el cual la Sala Regional Especializada determinó la suspensión temporal del cumplimiento de dicha sentencia, por la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19, como causa de fuerza mayor para poderla cumplimentar el pasado 24 de abril. Ante ello, las y los magistrados ratificaron la validez de la suspensión decretada por la Sala Regional Especializada por la emergencia sanitaria”.
En septiembre de 2019, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que el Congreso local de Nuevo León debía sancionar al Gobernador Jaime Heliodoro Rodríguez Calderón por desviar recursos para juntar las firmas que lo llevaron a la boleta presidencial en 2018.
“El 21 de junio de 2018, la Sala Regional Especializada del TEPJF dictó sentencia al tener acreditado que 572 servidoras y servidores públicos y Jaime Heliodoro Rodríguez Calderón, en su calidad de Gobernador, faltaron al principio de neutralidad e imparcialidad del servicio público para influir en la competencia entre quienes aspiraban a una candidatura independiente a la Presidencia de la República”, recordó la Sala Superior del Tribunal en un comunicado.
“Debido a que las normas electorales no prevén la posibilidad de que la Sala Especializada pueda imponer de manera directa una sanción a este tipo de servidores públicos, ordenó comunicar la determinación al Congreso del Estado de Nuevo León”, añadió.
Jaime Heliodoro Rodríguez Calderón y Manuel Florentino González Flores, su Secretario de Gobierno, “pretendían revocar y que no se le ordene al Congreso local que les imponga una sanción, al argumentar que no se les dio el debido derecho de audiencia, que el Congreso local no es su superior jerárquico y que la Sala Especializada se extralimitó al ordenar la determinación de una sanción”.
Sin embargo, durante una sesión pública, la magistrada y los magistrados determinaron confirmar la sentencia impugnada.
“En otro asunto, la Sala Superior confirmó una multa por 115 mil pesos contra Rodríguez Calderón por no reportar aportaciones en especie en los informes de campaña correspondientes al proceso electoral local 2014-2015 en Nuevo León, consistentes en más de 570 mil mensajes de texto vía telefonía celular, que le beneficiaron”.