Destaca que sin importar si se vivía en casa o departamento el terreno no se pierde, por lo que esté puede ser vendido con un precio de venta directo. Además si se contrato un seguro contra terremotos se puede reclamar el monto que corresponda.
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Ciudad de México, 5 de octubre (SinEmbargo).- El sismo del pasado 19 de septiembre dejó 369 víctimas mortales, daños en propiedades o en el peor de los casos el colapso o perdida total del inmueble, pero qué hacer si esta es su situación y no cuenta con las escrituras de la casa.
Según García-Villegas Sánchez-Cordero, académica del Departamento de Derecho de la Universidad Iberoamericana y Notaria 95 de la Ciudad de México, las personas propietarias de un departamento cuyo edificio colapsó son copropietarias del terreno en el que se construyó dicho inmueble, pero para que esto se aplique se deben realizar una serie de actos jurídicos.
En el régimen de un condominio los propietarios del inmueble declaran ante notario su voluntad para constituirlo, por lo que para poder hacer valer su derecho de copropiedad del terreno primero se debe terminar con el régimen de propiedad del condominio.
La Asamblea Extraordinaria de Condóminos establece que si el edificio desapareciera totalmente o en una proporción que represente el 35 por ciento de su valor, sin contar el terreno, se tienen tres opciones a realizar, una de ellas señala la reconstrucción o venta del espacio, la segunda ocurre cuando los condóminos pasan a ser copropietarios del terreno, o por último, la demolición y venta, refiere García-Villegas.
Cualquier tipo de trámite debe realizarse ante notario e inscribirse en el Registro Público de la Propiedad para cancelar así los documentos del régimen de condominio con el que se registra a los condóminos.
En el caso de las personas dueñas de una casa, el propietario del terreno es el dueño de la casa, al caerse la construcción esa persona continua siendo la propietaria por lo que puede proceder a la venta de lo que haya quedado del inmueble o del predio.
Destaca el hecho de que sin importar si se vivía en casa o departamento el terreno no se pierde por lo que este puede ser vendido con un precio de venta directo. Además si se contrato un seguro contra terremotos se puede reclamar el monto que corresponda.
La académica de la Universidad Iberoamericana señala que si la persona perdió las escrituras de su casa o departamento, puede acudir al notario con el que adquirió en primer momento las escrituras, si es que no han pasado 5 años de adquirir el inmueble en caso de ser así se debe solicitar su expedición al archivo general de notarías. En caso de no recordar los datos de la escritura se pedirá proporcionar nombre del propietario, dirección del inmueble para realizar una búsqueda en la base de datos y solicitar la expedición del documento.
Dentro de las aciones del Gobierno para apoyar a quienes perdieron sus viviendas, el Infonavit anunció un paquete con 10 acciones emergentes en apoyo a los derechohabientes entre ellos el otorgamiento inmediato de un segundo crédito. Además, como parte del Programa de Reconstrucción del de la Ciudad de México,se brinda apoyo económico para renta por 3 mil pesos mensuales.