De ser aprobado el dictamen de reforma de ley por el Senado de la República, a donde fue turnado para su análisis y eventual ratificación, las aerolíneas tendrán que informar y compensar a los pasajeros las demoras de sus vuelos, así como informarles de los derechos a los que tienen como usuarios.
Ciudad de México, 18 de abril (SinEmbargo).- Las aerolíneas tendrán la obligación de informar a los pasajeros las causas de las demoras de sus vuelos, así como las políticas de compensación y los derechos a los que tienen como usuarios, de acuerdo con un dictamen de reforma de la Ley Federal de Protección al Consumidor aprobado hoy por la Cámara de Diputados y turnada al Senado de la República para su análisis y eventual ratificación.
En un comunicado emitido por la Cámara de Diputados, se informa que el nuevo artículo 65 Ter señala que las aerolíneas “deberán publicar, a través de medios electrónicos o físicos, en el área de abordaje y en los módulos de atención al pasajero las causas o razones por la que los vuelos se vean demorados”.
También, tienen la obligación de poner a disposición de los usuarios “toda la información relativa para presentación de quejas y denuncias, en cada una de las terminales donde operen”.
El artículo 65 Ter 1 dice que las aerolíneas “deberán informar a los consumidores, al momento de la compra del boleto y en los módulos de atención al pasajero, acerca de los términos y condiciones del servicio contratado, las políticas de compensación, así como el listado de los derechos de los pasajeros contenidos en la Ley de Aviación Civil”.
Además, será obligación de las aerolíneas publicar listados de los derechos de los pasajeros en mostradores, sillas de aeronaves y en sus páginas de Internet.
Esta reforma de ley fue propuesta por los diputados Jorge Enrique Dávila Flores (PRI) y Miguel Ángel Salim Alle (PAN), presidente y secretario de la Comisión de Economía, respectivamente.