MEXICO, DF, 6 de marzo (apro).- Un juez federal ordenó a autoridades federales y estatales definir de inmediato si investigan el feminicidio en el Estado de México y, eventualmente, declaran la alerta de violencia de género (AVG) en la entidad.
Sergio Méndez, abogado de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de Derechos Humanos (CMDPDH), detalló que el juez noveno en materia administrativa, José Eduardo Alvarado Ramírez, concluyó que las autoridades que integran el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujeres “no revisaron la petición que hicimos para se declarara la alerta de género”.
El sistema está presidido por el secretario de Gobernación y los titulares de las secretarías de Seguridad Pública, Educación, Salud, Desarrollo Social, Procuraduría General de la República (PGR), DIF nacional e Instituto Nacional de las Mujeres, así como por representantes de los estados.
En diciembre de 2010, recordó Méndez Silva, la CMDPDH y el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) recurrieron a ese mecanismo para exigir que se investigara el cúmulo de homicidios de género ocurridos en el Estado de México.
El 11 de enero de 2011, el sistema declaró improcedente la solicitud y, el 3 de febrero de ese año, ambas ONG pidieron la intervención de la justicia federal.
“En enero lo que discutieron los funcionarios públicos no fue si procedía o no declarar una alerta de género en el Estado de México, sino que interpretaron nuestra solicitud como una estrategia política para desprestigiar al entonces gobernador Enrique Peña Nieto, y por eso no pasó”, recordó Méndez Silva.
Advirtió que en el reglamento de operación del mecanismo nacional para la declaratoria de alerta de género “no se menciona que las organizaciones solicitantes tengamos que demostrar nuestro dicho, sino que son las autoridades quienes tienen que averiguar si es que estamos en lo cierto”.
El abogado consideró “histórica” la resolución de amparo que contraviene la respuesta “política que tuvieron las autoridades ante una tragedia como es el feminicidio, porque el juez les dijo que no habían completado el procedimiento, y éste era precisamente realizar la investigación”.
Explicó que en la sentencia, con los elementos entregados por las ONG, las minutas y la trascripción de la sesión del 11 de enero de 2011, se demuestra que “las autoridades ni siquiera leyeron la solicitud de las organizaciones, ni siquiera revisaron la pruebas, sólo votaron en contra de la petición y declararon improcedente realizar una investigación por violencia feminicida”.
El abogado resaltó que como resultado del amparo, el acuerdo tomado por el sistema a principios del año pasado queda sin efectos, y ordenó que las autoridades lleven a cabo una sesión en la que “estudien y resuelvan de manera fundada y motivada la procedencia de la investigación”.
Al destacar que el ordenamiento del juez noveno es que las autoridades federales y estatales revisen las pruebas aportadas por las organizaciones, Méndez Silva añadió que próximamente la CMDPDH y el OCNF presentarán otro amparo contra la decisión del sistema de no indagar si en Nuevo León hay violencia feminicidad, como solicitaron las mismas ONG.
“Tenemos confianza en que el Poder Judicial va a responder de la misma forma en que lo hizo en el Estado de México,”, concluyó el abogado.
VÍA HACIA LA JUSTICIA
La coordinadora del OCNF, María de la Luz Estrada, destacó que a dos días de que se celebre el 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, el amparo abre el camino para que las mexiquenses puedan acceder a la justicia.
La activista enfatizó, en rueda de prensa, que la resolución del juicio de amparo indirecto 98/2011-VII deja en claro que son las autoridades las que tienen la obligación de investigar los 922 asesinatos dolosos de mujeres ocurridos durante la gestión del entonces gobernador y ahora precandidato presidencial por el PRI, Enrique Peña Nieto.
Recordó que la AVG es un mecanismo derivado de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia ante casos de extrema violencia contra la población femenina en una localidad o entidad federativa.
El artículo 36 del reglamento de esa ley, detalló, estipula que si el sistema nacional resuelve que procede la solicitud, se conformará un grupo interinstitucional y multidisciplinario para la investigación, estudio y análisis de la posible emisión de la alerta de género.
Por último, hizo un llamado a todas las organizaciones del país que consideren necesario activar la alerta de género en sus estados, que presenten sus solicitudes ante el sistema nacional, y adelantó que ya están listas las peticiones para solicitar ese mecanismo en Veracruz y Colima, debido a que el número de mujeres desaparecidas y asesinadas en ambas entidades va en aumento. (Con información de Gladis Torres Ruiz)