México, 28 Sep. (Notimex).- La posición del Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, en la discusión sobre la prohibición del aborto en Baja California, dejaría vigentes las reformas a la Constitución de ese estado que establecen la protección de la vida desde el momento de la concepción.
Para invalidar esta reforma, la Suprema Corte de Justicia de la Nación necesitaba que los tres ministros restantes por exponer su postura, respaldaran la propuesta de Fernando Franco, sin embargo Pardo Rebolledo se apartó de esta posición.
De esta manera el juicio que promovió el ombudsman de baja California contra la reforma a la constitución de la entidad que prohíbe el aborto, se desestimaría y por lo tanto quedaría vigente en el sistema jurídico, aunque la mayoría del Alto Tribunal se haya pronunciado en contra a estas modificaciones.
Pardo Rebolledo afirmo al exponer su postura que la Constitución Federal si prevé la protección del derecho a la vida. Así como la declaración universal de los derechos humanos de 1948 que establece que todo individuo tiene derecho a la vida.
Dijo que incluso el derecho a la nacionalidad de todos los individuos es posterior al derecho a la vida y dijo estar en desacuerdo con Fernando Franco acerca de que el producto de la concepción no es objeto de protección constitucional, y que se privilegie los derechos a la salud y reproductivos de las mujeres.
Si Jorge Mario Pardo sostiene su posición hasta el final de la discusión, incluso si los dos ministros que restan por exponer sus posturas, la Suprema Corte no alcanzaría los ocho votos necesarios para invalidar la reforma de Baja California.
Cabe recordar que el máximo Tribunal del país tiene pendiente por abordar el juicio contra la reformas a la Constitución de San Luis Potosí en el mismo sentido, pero se espera que se obtenga el mismo resultado que en el tema de Baja California.
De acuerdo con la ley correspondiente para invalidar una norma a través de acciones de inconstitucionalidad es necesario el voto de ocho de los 11 ministros que integran el Pleno de la SCJN para invalidar una ley.