El SAT da a conocer el programa de Regularización Fiscal 2025 para que personas y empresas que tuvieron ingresos hasta por 35 millones de pesos, obtengan una disminución del 100 por ciento en multas.
Ciudad de México, 22 de enero (SinEmbargo).- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) presentó recientemente el Programa de Regularización Fiscal 2025, a fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, cuyos ingresos no superen los 35 millones de pesos.
De acuerdo con el organismo, el programa está destinado para personas físicas y morales con adeudos fiscales correspondientes al año de 2023 y anteriores. Este consistirá en la disminución del 100 por ciento de los cobros asociados a un adeudo fiscal, donde los aspirantes que cumplan con los requisitos podrán ser perdonados en el pago de multas, recargos y gastos de ejecución.
Asimismo, se puede solicitar pagar un adeudo en hasta seis parcialidades. Los contribuyentes interesados podrán acceder al programa desde el 1 de enero hasta el 30 de septiembre de 2025.
El SAT da a conocer el programa de Regularización Fiscal 2025 para que personas y empresas que tuvieron ingresos hasta por 35 millones de pesos, obtengan una disminución de 100% en multas, incluidas las multas con agravantes, recargos y gastos de ejecución; no… pic.twitter.com/B5IUKvmQ45
— SATMX (@SATMX) January 14, 2025
¿Quiénes pueden participar?
Personas físicas y morales con ingresos totales de hasta 35 millones de pesos en el ejercicio fiscal a corregir, que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:
- Contar con un cargo de contribuciones que no hayan sido determinadas por la autoridad federal o cuotas compensatorias omitidas.
- Estar sujeto a facultades de comprobación
- Estar pagando créditos fiscales a plazos
- Tener a su cargo créditos fiscales firmes determinados por la autoridad federal
¿Qué requisitos debes cumplir?
- Que no hayas recibido alguna condonación en el monto del pago de créditos fiscales, con base en los programas generalizados y masivos de 2000, 2007 y 2013.
- Que los créditos fiscales sobre los cuales se aplique el estímulo fiscal correspondan a ejercicios fiscales en los que los ingresos totales no hayan excedido de 35 millones de pesos.
- No haber sido condenado por delitos fiscales mediante sentencia firme.
- No estar publicado en los listados de los artículos 69-B y 69-B bis del Código Fiscal de la Federación.
¿A qué adeudos aplica?
- Recargos y gastos de ejecución relacionados con contribuciones federales propias, retenidas, trasladadas o con cuotas compensatorias.
- Multas impuestas por la comisión de las infracciones señaladas en las leyes fiscales, aduaneras y de comercio exterior.
- Multas derivadas del incumplimiento de obligaciones fiscales distintas a las de pago.
- Multas con agravantes.
Finalmente, el SAT determinó que la aplicación de la disminución fiscal a través del programa no se considera como ingreso acumulable para los efectos de la Ley del Impuesto sobre la Renta; asimismo, no dará lugar a devolución, deducción, compensación, acreditamiento o saldo a favor alguno.
"Con estas acciones, el SAT reafirma su compromiso de brindar acompañamiento a los contribuyentes en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y seguir fortaleciendo la recaudación tributaria en beneficio de las finanzas públicas de México", concluyó.