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La base del segundo piso

#PuntosYComas ¬ Sheinbaum llega a 100 días con reformas aprobadas y alta popularidad

10/01/2025 - 9:29 pm
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Tres encuestas, publicadas por las consultoras Mendoza y Márquez, De las Heras, y el periódico El Financiero reflejan la alta aprobación con la que la presidenta llega a sus primeros 100 días de gobierno y el optimismo de la gente con respecto a la buena marcha de la actual administración.

Ciudad de México, 10 de enero (SinEmbargo).- Cien días de cambios profundos han marcado el inicio de la gestión de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, que se reflejan en 35 reformas a 21 artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para profundizar el combate a la delincuencia, fortalecer la rectoría del Estado en áreas estratégicas, concretar los comicios para la renovación de la mitad de los funcionarios del Poder Judicial, ampliar los programas sociales en apoyo a los más desvalidos y garantizar derechos y protección fundamentales para las mujeres.

Además, la presidenta Sheinbau Pardo llegó a sus primeros 100 días de gobierno este miércoles 8 de enero del 2025 con una aprobación del 77 por ciento, según la consultora Buendía y Márquez; con el 80 por ciento de respaldo en el balance de la consultora De las Heras-Demotecnia y con un marcado optimismo del 87 por ciento que espera que el 2025 sea un año muy bueno para los mexicanos, reflejado en un estudio demoscópico del periódico El Financiero.

Una de las más importantes reformas concretadas en los primeros 100 días del gobierno de Claudia Sheinbaum Pardo se publicó en el Diario Oficial de la Federación el martes 31 de diciembre del 2024. La reforma al segundo párrafo del Artículo 19 constitucional, sobre la Prisión Preventiva Oficiosa, inicia en los siguientes términos:

“El Ministerio Público sólo podrá solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos y de la comunidad, así como cuando el imputado esté siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso”.

¿Por cuáles delitos se podrá solicitar a los jueces Prisión Preventiva?

“El juez ordenará la prisión preventiva oficiosamente, en los casos de abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, extorsión, delitos previstos en las leyes aplicables cometidos para la ilegal introducción y desvío, producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de precursores químicos y sustancias químicas esenciales, drogas sintéticas, fentanilo y derivados, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, así como los delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, de la salud, del libre desarrollo de la personalidad, contrabando y cualquier actividad relacionada con falsos comprobantes fiscales”.

Y para evitar riesgos de malas interpretaciones, así cierra el segundo párrafo del reformado artículo 19 constitucional:

“Para la interpretación y aplicación de las normas previstas en este párrafo, los órganos del Estado deberán atenerse a su literalidad, quedando prohibida cualquier interpretación análoga o extensiva que pretenda inaplicar, suspender, modificar o hacer nugatorios sus términos o su vigencia, ya sea de manera total o parcial”.

También es trascendente la reforma al Artículo 21 constitucional, publicada en el Diario Oficial de la Federación el martes 31 de diciembre del 2024, que atribuye mayores facultades a Omar Hamid García Harfuch, titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana del gobierno federal.

“La investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público, a la secretaría del ramo de seguridad pública del Ejecutivo Federal, a la Guardia Nacional y a las policías, en el ámbito de su competencia, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquél en el ejercicio de esta función”.

El último párrafo del reformado Artículo 21 constitucional le confiere al secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, Omar Hamid García Harfuch, la autoridad y el poder para coordinar todas las tareas y diseñar las políticas del gobierno federal en el combate al crimen organizado:

“La secretaría del ramo de seguridad pública formulará, coordinará y dirigirá la Estrategia Nacional de Seguridad Pública, así como los programas, las políticas y acciones respectivos; auxiliará a la persona titular de la Presidencia de la República en el ejercicio de las funciones en materia de seguridad nacional; le corresponderá la coordinación del Sistema Nacional de Inteligencia en materia de seguridad pública […] y podrá coordinar las acciones de colaboración de los tres órdenes de gobierno, a través de las instituciones de seguridad pública, los cuales además deberán de proporcionar la información de que dispongan o que recaben en la materia […]. Podrá solicitar información a las instituciones y dependencias del Estado para la identificación y esclarecimiento de los hechos presuntamente constitutivos de delitos”.

El pasado viernes 15 de noviembre del 2024 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación reformas al Artículo Cuarto Constitucional orientadas a fortalecer los derechos de las mujeres y poner freno a la violencia que cotidianamente les afecta. La reforma advierte: “La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de las familias. El Estado garantizará el goce y ejercicio del derecho a la igualdad sustantiva de las mujeres. Toda persona tiene derecho a vivir una vida libre de violencias, el Estado tiene deberes reforzados de protección con las mujeres, adolescentes, niñas y niños”.

Ese mismo día se publicó la reforma al artículo 41 constitucional que precisa y promueve la igualdad: “Los nombramientos de las personas titulares en la administración pública del Poder Ejecutivo Federal y sus equivalentes en las entidades federativas y Municipios, deberán observar el principio de paridad de género”.

Además, se modificaron también algunos párrafos del artículo 116 constitucional para obligar a los gobiernos estatales a proteger mejor a las mujeres: “Para proteger el derecho de las mujeres a una vida libre de violencias, las instituciones de procuración de justicia deberán contar con fiscalías especializadas de investigación de delitos relacionados con las violencias de género contra las mujeres”.

Y por supuesto, además de oportunidades y protección, se reformó el Artículo 123 constitucional con un sentido de justicia para las mujeres: “A trabajo igual corresponderá salario igual, sin tener en cuenta sexo, género ni nacionalidad. Las leyes establecerán los mecanismos tendientes a reducir y erradicar la brecha salarial de género”.

El jueves 31 de octubre de 2024 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación reformas al artículo 25 constitucional en las cuales el gobierno de Claudia Sheinbaum deja muy clara la supremacía del Estado Mexicano en algunas áreas estratégicas: “El sector público tendrá a su cargo, de manera exclusiva, las áreas estratégicas […] manteniendo siempre el Gobierno Federal la propiedad y el control sobre los organismos y empresas públicas del Estado. […] Tratándose de la planeación y el control del sistema eléctrico nacional, y del servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, así como de la exploración y extracción de petróleo y demás hidrocarburos” la Nación se reserva la exclusividad sobre esas actividades.

En las reformas constitucionales publicadas en el Diario Oficial de la Federación del miércoles 30 de octubre del 2024 se recupera la supremacía del Estado en áreas fundamentales y se establece en el Artículo 28 de la Carta Magna:

“La comunicación vía satélite y los ferrocarriles, tanto para transporte de pasajeros como de carga, son áreas prioritarias para el desarrollo nacional; […] el Estado al ejercer en ellas su rectoría, protegerá la seguridad y la soberanía de la Nación, y al otorgar asignaciones, concesiones o permisos mantendrá o establecerá el dominio de las respectivas vías de comunicación de acuerdo con las leyes de la materia”. A este artículo se le adiciona un párrafo: “El Estado Mexicano retoma el derecho de utilizar las vías ferroviarias para prestar el servicio de transporte de pasajeros. Para ello, el Ejecutivo Federal podrá otorgar asignaciones a empresas públicas o concesiones a particulares”.

Sobre el tema de los amparos para tratar de detener o revertir reformas a la Constitución del país, las modificaciones al Artículo 107 constitucional advierten: “Las sentencias que se pronuncien en los juicios de amparo sólo se ocuparán de personas quejosas que lo hubieren solicitado, limitándose a ampararlas y protegerlas, si procediere, en el caso especial sobre el que verse la demanda. Tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las sentencias que se dicten fijarán efectos generales. No procederá el juicio de amparo contra adiciones o reformas a esta Constitución”.

Y además, para evitar tentaciones a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la cual por lo menos siete ministros, encabezados por la ministra Norma Lucía Piña Hernández, han mostrado afanes golpistas al tratar de detener las reformas al Poder Judicial, el jueves 31 de octubre del 2024 se publicaron reformas al Artículo 105 aque establecen: “Son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a esta Constitución”.

Tres encuestas, publicadas por las consultoras Mendoza y Márquez, De las Heras, y el periódico El Financiero reflejan la alta aprobación con la que la presidenta llega a sus primeros 100 días de gobierno y el optimismo de la gente con respecto a la buena marcha de la actual administración. Este domingo 12 de enero, a las 10 de la mañana, Claudia Sheinbaum Pardo ofrecerá en el Zócalo de la Ciudad de México un informe sobre los primeros 100 días de su gobierno.

Pedro Mellado Rodríguez
Periodista que durante cinco décadas ha sido un acucioso y crítico observador de la vida pública en el país. Ha cubierto todas las fuentes informativas y ha desempeñado todas las responsabilidades posibles en medios de comunicación. Ha trabajado en prensa, radio, televisión y medios digitales. Su columna Puntos y Contrapuntos se ha publicado desde hace cuatro décadas, en periódicos como El Occidental, Siglo 21 y Mural, en Guadalajara, Jalisco. Tiene estudios de derecho por la Universidad de Guadalajara y durante una década fue profesor de periodismo en el ITESO, la Universidad Jesuita de Guadalajara. Es autor del libro Las Naves Nodrizas de la Comunicación y el Periodismo (Taller Editorial La Casa del Mago, Guadalajara, 2022).
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