Author image

Pedro Mellado Rodríguez

10/01/2025 - 12:04 am

Ante un Congreso tibio, el golpista Poder Judicial vuelve a la Carga

"La misma Cámara de Diputados podría promover el Juicio Político contra los seis ministros golpistas, empecinados en violar la Constitución, y podría presentar la acusación respectiva ante la Cámara de Senadores".

Los líderes de las mayorías parlamentarias, en la Cámara de Diputados, Ricardo Monreal Ávila, y en el Senado, Adán Augusto López Hernández, al igual que la presidenta de la República, titular del Poder Ejecutivo, Claudia Sheinbaum Pardo, han sido demasiado tolentes y permisivos con la Suprema Corte de Justicia y en particular, con la ministra presidenta Norma Lucía Piña Hernández, que siguen poniendo piedritas al proceso de renovación del Poder Judicial, que por mandato constitucional se llevará a cabo en los comicios del domingo primero de junio del 2025.

Es obvio que la ministra Piña Hernández, presidenta de la Suprema Corte, y por lo menos cinco ministros golpistas que la secundan, siguen operando o permitiendo que sigan adelante procesos judiciales sin sustento jurídico, para ponerle obstáculos a la reforma judicial, lo que tendría que ser motivo suficiente para que fueran sometidos a Juicio Político y destituidos de sus cargos sin ninguna consideración, compensación y privilegio, a más tardar en el próximo periodo de sesiones del Congreso de la Unión que se iniciará el sábado primero de febrero del 2025.

Apenas este miércoles 8 de enero del 2025, el Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación emitió un comunicado en el que informó que suspendía toda actividad relacionada con la postulación de candidatos para los cargos de ministros de la Suprema Corte, magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, magistrados electorales, magistrados de circuito y jueces de distrito, cuya lista definitiva tendría que estar seleccionada a más tardar el viernes 31 de enero del 2025.

A más tardar el 4 de febrero del 2025, todos los integrantes de esas listas de perfiles idóneos, tendrían que ser insaculados por los  comités de evaluación de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, para obtener los nombres de los candidatos que finalmente aparecerán en las boletas de los comicios del domingo primero de junio del 2025.

El Comité de Evaluación del Poder Judicial, en el cual tiene influencia definitiva la Ministra Presidenta de la Suprema Corte, Norma Lucía Piña, explicó que suspendía sus tareas en cumplimiento de una resolución del juzgado primero de distrito de Michoacán, que el pasado 20 de diciembre ordenó como medida cautelar suspender este proceso de selección de candidatos para el proceso electoral del Poder Judicial en junio próximo. Sin embargo, el mismo miércoles 8 de enero del 2025 la presidenta de México, Claudia Sheinbaum, y el presidente del Senado, Gerardo Fernández Noroña, advirtieron que los comités de evaluación de los poderes Ejecutivo y Legislativo seguirán adelante con la selección de los candidatos que propondrán para los próximos comicios extraordinarios del Poder Judicial.

Entre el miércoles 8 y jueves 9 de enero del 2025, tres ministras que no secundan los afanes golpistas de la presidenta Piña Hernández y sus secuaces, anunciaron que exigirán al Comité de Evaluación del Poder Judicial que siga adelante con el procedimiento establecido en la ley para designar los candidatos que le corresponde proponer. En ese sentido publicaron mensajes en la red social “X” las ministras Lenia Batres Guadarrama, Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf.

Siempre ha estado claro que, bajo ninguna circunstancia, son procedentes los amparos contra la reforma constitucional que determinó que el personal del Poder Judicial debe ser electo por voto directo de los ciudadanos.

Así está claramente establecido en el Artículo 61 de la Ley de Amparo que advierte: “El juicio de amparo es improcedente: I.- Contra adiciones o reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; IV.- Contra resoluciones dictadas por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; VII.-Contra las resoluciones o declaraciones del Congreso Federal o de las Cámaras que lo constituyen, de las Legislaturas de los Estados o de sus respectivas Comisiones o Diputaciones Permanentes, en declaración de procedencia y en juicio político, así como en elección, suspensión o remoción de funcionarios en los casos en que las Constituciones correspondientes les confieran la facultad de resolver soberana o discrecionalmente”.

Sobre el tema de los amparos para tratar de detener o revertir reformas a la Constitución del país, las modificaciones al Artículo 107 constitucional publicadas en el Diario Oficial de la Federación el jueves 31 de octubre de 2024 advierten: “Las sentencias que se pronuncien en los juicios de amparo sólo se ocuparán de personas quejosas que lo hubieren solicitado, limitándose a ampararlas y protegerlas, si procediere, en el caso especial sobre el que verse la demanda. Tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las sentencias que se dicten fijarán efectos generales. No procederá el juicio de amparo contra adiciones o reformas a esta Constitución”.

Y además, para evitar tentaciones a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la cual por lo menos seis ministros, encabezados por la ministra Norma Lucía Piña Hernández, han mostrado afanes golpistas al tratar de detener las reformas al Poder Judicial, el jueves 31 de octubre del 2024 se publicaron también las reformas al Artículo 105 que establecen: “Son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a esta Constitución”.

Son permanentes, reiteradas, las provocaciones de la ministra Piña Hernández y de los cinco ministros que hacen causa común con ella, Javier Laynez Potisek, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Margarita Ríos Farjat y Jorge Mario Pardo Rebolledo, al aceptar y estimular acciones jurídicas que carecen de sustento legal, con el propósito de frenar la aplicación de la reforma ya consumada.

Existen sobradas y probadas razones para que los seis ministros golpistas de la Suprema Corte sean sometidos a Juicio Político, destituidos e inhabilitados para el servicio público. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su Artículo 110 que pueden se sujetos de Juicio Político los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los consejeros de la Judicatura Federal, los magistrados de Circuito y los jueces de Distrito.

Mientras que la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos precisa en su artículo 6 que es procedente el juicio político cuando los actos u omisiones de los servidores públicos redundan en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho, como serían, el ataque a las instituciones democráticas; el ataque a la forma de Gobierno republicano, representativo, federal y la usurpación de atribuciones o cualquier infracción a la Constitución o a las leyes federales cuando cause perjuicios graves a la Federación, o motive algún trastorno en el funcionamiento normal de las instituciones.

La misma Cámara de Diputados podría promover el Juicio Político contra los seis ministros golpistas, empecinados en violar la Constitución, y podría presentar la acusación respectiva ante la Cámara de Senadores, previa declaración de la mayoría absoluta del número de los legisladores presentes en la sesión respectiva, después de haber sustanciado el procedimiento y con audiencia del inculpado. Morena tiene votos de sobra para cumplir con este primer trámite.

Una vez que el Senado de la República recibe la acusación formulada por la Cámara de Diputados en contra del servidor público sometido a Juicio Político, se convierte en Jurado de sentencia para aplicar la sanción que corresponda mediante resolución de las dos terceras partes de los miembros presentes en la sesión, una vez practicadas las diligencias correspondientes y con audiencia del acusado. Morena y sus aliados tienen, sin problemas, la mayoría calificada en el Senado. Por mandato constitucional, las declaraciones y resoluciones de las Cámaras de Diputados y Senadores son inatacables.

La renovación del Poder Judicial y la llegada de los nueve ministros que serán electos en junio del 2025, se consumará hasta que tomen protesta ante el Senado de la República el primero de septiembre del 2025. Si el Congreso de la Unión sigue siendo permisivo y tibio, Norma Piña y sus secuaces seguirán buscando en los próximos siete meses la manera de llevar a la práctica sus afanes golpistas, incluso contra la presidenta de la República Claudia Sheinbaum Pardo.

 

Pedro Mellado Rodríguez
Periodista que durante cinco décadas ha sido un acucioso y crítico observador de la vida pública en el país. Ha cubierto todas las fuentes informativas y ha desempeñado todas las responsabilidades posibles en medios de comunicación. Ha trabajado en prensa, radio, televisión y medios digitales. Su columna Puntos y Contrapuntos se ha publicado desde hace cuatro décadas, en periódicos como El Occidental, Siglo 21 y Mural, en Guadalajara, Jalisco. Tiene estudios de derecho por la Universidad de Guadalajara y durante una década fue profesor de periodismo en el ITESO, la Universidad Jesuita de Guadalajara. Es autor del libro Las Naves Nodrizas de la Comunicación y el Periodismo (Taller Editorial La Casa del Mago, Guadalajara, 2022).

Los contenidos, expresiones u opiniones vertidos en este espacio son responsabilidad única de los autores, por lo que SinEmbargo.mx no se hace responsable de los mismos.

en Sinembargo al Aire

Lo dice el Reportero

Opinión

Opinión en video