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¿Cómo se votarán jueces?

#PuntosyComas ¬ La boleta judicial dirá qué candidatos propone cada Poder de la Unión

02/01/2025 - 9:03 pm

¿De qué manera podrán orientarse los ciudadanos para decidir por qué candidatos votar en los comicios del domingo primero de junio del 2025, cuando se renovará a la mitad de los integrantes del Poder Judicial de la Federación y se votará en toda la República por 5 mil 379 aspirantes? ¿Cómo podrá la gente saber quienes son los candidatos más idóneos para ocupar los cargos de ministros, magistrados y jueces federales?

Ciudad de México, 2 de enero (SinEmbargo)- En la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales se establece que en todas las boletas que se elaborarán para la elección judicial habrá un punto de referencia, muy claro, para que los ciudadanos sepan quienes son los candidatos postulados por el Poder Ejecutivo, que está depositado en la Presidenta de la República; quienes fueron postulados por el Poder Legislativo, es decir, por las cámaras de diputados federales y senadores, en las cuales el partido Morena y sus aliados del Partido del Trabajo y del Partido Verde Ecologista de México tienen Mayoría Calificada; y qué aspirantes llegaron a las boletas impulsados por el Poder Judicial, a través de la mayoría en el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Habría que tomar en consideración que, para cada cargo disponible de ministro de la Suprema Corte, de Magistrado del Tribunal de Disciplina Judicial y de Magistrado del Tribunal Electoral, habrá 9 candidatos, pues cada uno de los poderes de la Unión, Ejecutivo, Legislativo y Judicial, pondrá proponer tres aspirantes cada uno.

En tanto que, para cada uno de los cargos disponibles de Magistrados de Tribunales Colegiados de Circuito, Tribunales Colegiados de Apelación y Jueces de Distrito, habrá seis candidatos, pues cada uno de los tres Poderes de la Unión, Ejecutivo, Legislativo y Judicial, podrán proponer dos aspirantes cada uno, respectivamente.

En el reformado artículo 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se establece que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se integrará con nueve Ministras y Ministros, y funcionará en Pleno. Su presidencia se renovará cada dos años de manera rotatoria en función del número de votos que obtenga cada candidatura en la elección respectiva, correspondiendo la presidencia a quienes alcancen mayor votación. Las Ministras y Ministros de la Suprema Corte de Justicia durarán en su encargo doce años improrrogables.

Mientras que el artículo 97 constitucional señala que las Magistradas y los Magistrados de Circuito, así como las Juezas y los Jueces de Distrito durarán en su encargo nueve años y podrán ser reelectos de forma consecutiva cada que concluya su periodo. No podrán ser readscritos fuera del circuito judicial en el que hayan sido electos, salvo que por causa excepcional lo determine el Tribunal de Disciplina Judicial.

Por su parte el artículo 99 constitucional explica que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación se integrará por siete Magistradas y Magistrados Electorales, que durarán en sus cargos seis años. Igual periodo durarán las Magistradas y Magistrados integrantes de las cinco salas regionales (tres por cada una de ellas) del Tribunal Electoral. En todos los casos, los Magistrados Electorales durarán en sus cargos seis años improrrogables. Cada dos años se renovarán la presidencia de la Sala Superior y de las Salas Regionales del Tribunal Electoral, de manera rotatoria, en función del número de votos que obtenga cada candidatura en la elección respectiva, correspondiendo la presidencia a quienes alcancen mayor votación.

Con respecto al nuevo Tribunal de Disciplina Judicial, el artículo 100 de nuestra Carta Magna precisa que se integrará por cinco personas electas por la ciudadanía a nivel nacional. Durarán seis años en su encargo, serán sustituidos de manera escalonada y no podrán ser electos para un nuevo periodo. Cada dos años se renovará la presidencia del Tribunal de manera rotatoria en función del número de votos que obtenga cada candidatura en la elección respectiva, correspondiendo la presidencia a quienes alcancen mayor votación.

En los comicios del primero de junio del 2025 se renovarán los titulares de 881 cargos en el Poder Judicial de la Federación, pero los espacios territoriales en los que votará la gente serán diferenciados. En los casos de algunos funcionarios, como los ministros de la Suprema Corte, se votará por ellos en todo el país y en otros casos, sólo sufragarán los ciudadanos que vivan en sus correspondientes Circuitos Judiciales (equivalentes a uno por cada estado del país) y las Cinco Circunscripciones Electorales en las que está dividida la República.

El artículo 495 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales señala que la elección de las personas ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, magistradas de la Sala Superior del Tribunal Electoral y magistradas del Tribunal de Disciplina Judicial se llevará a cabo a nivel nacional.

Advierte el mismo artículo que las personas magistradas de los Tribunales Colegiados de Circuito y Tribunales Colegiados de Apelación, así como las personas juezas integrantes de los Juzgados de Distrito del Poder Judicial de la Federación, serán electas por circuito judicial, de acuerdo con la entidad federativa que corresponda.

Con respecto a las personas magistradas integrantes de las Salas Regionales del Tribunal Electoral serán electas por circunscripción plurinominal, con base en las cinco regiones elecgtorales que cubre cada una de esas salas.

El punto clave para los ciudadanos que votarán en los comicios judiciales del domingo primero de junio del 2025 es identificar cuáles serían los candidatos más idóneos y en ese momento tendrá especial importancia cuál de los tres poderes los postula: si la Presidencia de la República de la que es titular Claudia Sheinbaum Pardo; si fueron seleccionados por el Poder Legislativo, en el cual Morena y sus aliados PT y PVEM tienen mayoría; o sin son propuestas del Poder Judicial.

El artículo 515 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece que las boletas con las cuales se votará, además del nombre y cargo para el cual compite el candidato, tendrá que señalar con claridad cuál de los tres poderes lo postuló. Y es claro que en la postulación de candidatos a ministros, magistrados y jueces, Morena y sus aliados tendrán una influencia determinante y mayoritaria.

Pedro Mellado Rodríguez
Periodista que durante cinco décadas ha sido un acucioso y crítico observador de la vida pública en el país. Ha cubierto todas las fuentes informativas y ha desempeñado todas las responsabilidades posibles en medios de comunicación. Ha trabajado en prensa, radio, televisión y medios digitales. Su columna Puntos y Contrapuntos se ha publicado desde hace cuatro décadas, en periódicos como El Occidental, Siglo 21 y Mural, en Guadalajara, Jalisco. Tiene estudios de derecho por la Universidad de Guadalajara y durante una década fue profesor de periodismo en el ITESO, la Universidad Jesuita de Guadalajara. Es autor del libro Las Naves Nodrizas de la Comunicación y el Periodismo (Taller Editorial La Casa del Mago, Guadalajara, 2022).
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