Los Ministros se aprobaron su haber por retiro vitalicio conforme al sueldo tabular actual, pero si hubieran tomado de base los sueldos para 2025 el monto que se debería pagar por concepto de haber retiro sería inferior en un 12.8 por ciento, denunció la Ministra Lenia Batres.
Ciudad de México, 22 de noviembre (SinEmbargo).– El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó este jueves un acuerdo con el que se define el haber de retiro vitalicio que se pagará a los ocho ministras y ministros que presentaron su renuncia y anunciaron que no participarán en la elección de personas juzgadoras para 2025, informó en un comunicado la Ministra Lenia Batres Guadarrama que sí contenderá en junio próximo por su lugar en el máximo tribunal de justicia del país.
El pleno de la Corte autorizó que el haber de retiro para los ministros Luis María Aguilar Morales, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek. Norma Lucía Piña Hernández, Juan Luis González Alcántara Carrancá y Ana Margarita Ríos Farjat se calcule de manera proporcional conforme al sueldo tabular actual.
“Si el Pleno hubiera tomado de base los sueldos de ministras y ministros que renunciaron al cargo autorizado para 2025 conforme al presupuesto de egresos aprobado por el propio Pleno, el monto que se debería pagar por concepto de haber retiro sería inferior en un 12.8 por ciento”, refiere la Ministra Batres.
“La fecha en la que tendrá efecto la renuncia no sirvió de base para calcular el sueldo tabular, pero sí para contabilizar mayor antigüedad suponiendo que todos trabajarán hasta el 31 de agosto de 2025”.
Con esto, suman 31 los ministros en retiro que cobrarán una pensión o haber de retiro, además de 23 familiares que perciben el 50 por ciento del monto acordado originalmente para el ministro, reveló la Ministra Batres. De esta manera, se desembolsarán al año 129 millones 521 mil 752 pesos para pagar estas pensiones vitalicias.
“Los conceptos expuestos permiten constatar que los pagos a ministras y ministras en retiro constituyen cantidades exorbitantes muy alejadas de los pagos ordinarios que, por concepto de pensión, perciben las personas servidoras públicas con motivo de su separación del trabajo”, denunció la Ministra Batres. “Estos pagos exagerados derivan de las percepciones ordinarias que ministras y ministros jubilados y en retiro obtuvieron durante el ejercicio ordinario de sus funciones, los cuales contravienen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.
El Artículo 163 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación señala que “al retirarse del cargo, las y los ministros tendrán derecho a un haber por retiro de carácter vitalicio, el cual será equivalente al cien por ciento durante los dos primeros años y al ochenta por ciento durante el resto del tiempo, del ingreso mensual que corresponda a las y los ministros en activo”.
La Ley establece, además, que durante los dos primeros años de haberse retirado del cargo, reciben las prestaciones relativas a aguinaldo, pago por riesgo y prima vacacional, después de esos dos años, la única prestación que reciben anualmente es el aguinaldo. De acuerdo con el Manual que regula las remuneraciones de las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación para el ejercicio fiscal de 2024, el aguinaldo para este año asciende a 445 mil 334 pesos y el pago por riesgo a 416 mil 754 pesos.
Además de las remuneraciones señaladas, la SCJN cuenta con un área dedicada a la atención de las y los Ministros. Conforme a la solicitud de información 330030523000519, la Dirección General de Logística y Protocolo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación informó que las personas ministras jubiladas y en retiro, así como sus familias, reciben la atención a solicitudes de apoyo especiales que han involucrado la participación de 25 personas servidoras públicas adscritas a dicha área que, de 2003 a febrero de 2023, ascienden a 16 mil 636 diligencias.
Los datos aportados por la Ministra Batres indican que a partir del próximo año se destinarán 27 millones 266 mil 236 pesos al pago anual de los ocho ministros que se han opuesto a la Reforma Judicial y que presentaron en semanas pasadas su renuncia que se hará efectiva hasta agosto de 2025.
A este monto se suman los 36 millones 359 mil 131 pesos que se desembolsan al año para los ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Genaro David Góngora Pimentel, Mariano Azuela Güitrón, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Juan N. Silva Meza, Olga María del Carmen Sánchez Cordero, José Ramón Cossío Díaz, Margarita Beatriz Luna Ramos, Eduardo Tomás Medina Mora Icaza y José Fernando Franco González-Salas, quienes dejaron la Corte entre 1995 y 2024.
De igual forma se pagan cada año 32 millones 280 mil 833 pesos a los 13 ministros que dejaron la Corte a partir de la Reforma emprendida por Ernesto Zedillo Ponce de León en 1994. Es el caso de Carlos García Vázquez, Carlos Sempe Minvielle, Clementina Gil Guillen, Diego Valades Ríos, Irma Cue Sarquis, J Jesus Duarte Cano, José Antonio Llanos Duarte, José Martínez Delgado, Luis Felipe López Contreras, Luis Gutiérrez y Vidal, Sergio Hugo Chapital Gutiérrez, Ulises Sergio Schmill Ordóñez y Victoria Adato Green También desde la Corte se destinan 29 millones 956 mil 304 pesos a 23 familiares pensionados.
Antes de la reforma publicada el 15 de septiembre de 2024, el penúltimo párrafo del artículo 94 de la Constitución establecía: “Los Ministros de la Suprema Corte de Justicia durarán en su encargo quince años, solo podrán ser removidos del mismo en los términos del Título Cuarto de esta Constitución y, al vencimiento de su periodo, tendrán derecho a un haber por retiro”.
Sin embargo, recordó la Ministra Batres, la Reforma al Poder Judicial publicada el 15 de septiembre pasado suprimió dicha prerrogativa y estableció en su artículo séptimo transitorio: “Las Ministras y Ministros (...) que concluyan su encargo por no postularse o no haber sido electos en la elección extraordinaria del año 2025, no serán beneficiarias de un haber por retiro, salvo cuando presenten su renuncia al cargo antes de la fecha de cierre de la convocatoria señalada en la fracción I del artículo 96 de este Decreto, misma que tendrá efectos al 31 de agosto de 2025”.
Por lo mismo, sostuvo, “el haber de retiro que cobren los ocho ministros y ministras que han renunciado constituirá el último que se cobre en el Poder Judicial de la Federación”.