Las y los senadores tenían hasta este miércoles 16 de octubre como límite para aprobar y emitir la convocatoria, según las modificaciones a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. Los Poderes de la Unión integrarán los Comités de Evaluación a más tardar el 31 de octubre de 2024,
Ciudad de México, 15 de octubre (SinEmbargo).- El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó la convocatoria del Senado para la primera elección de jueces, magistrados y ministros del Poder Judicial en México, la cual ocurrirá el 1 de junio de 2025, según establece la Reforma constitucional en la materia.
"La Cámara de Senadores del Congreso de la Unión emite la convocatoria pública para integrar los listados de personas candidatas que participarán en la elección extraordinaria de las personas juzgadoras que ocuparán los cargos de de ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, magistradas y magistrados de las salas superiores y regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación...", se lee en el DOF.
En total, serán elegidos por voto popular 881 cargos del Poder Judicial, entre ellos: nueve ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), dos magistraturas vacantes del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), cinco magistrados del nuevo Tribunal de Disciplina Judicial, y 15 magistrados de salas regionales del país.
Asimismo, se elegirán a 464 magistrados de circuito y 386 jueces de distrito que fueron insaculados el sábado pasado en el Senado.
Las y los senadores tenían hasta este miércoles 16 de octubre como límite para aprobar y emitir la convocatoria, según las modificaciones a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. Las candidaturas serán aprobadas por los Poderes de la Unión y remitidos al Senado de la República, a más tardar, el 8 de febrero de 2025.
"Puede afirmarse además que la elección de juzgadoras y juzgadores, será el ejercicio más republicano que autorice la ciudadanía, pues frente a las instituciones anteriores de nombramiento y duración de los encargos, en los cuales existía, además, nepotismo; ahora esos servidores públicos serán nominados periódicamente con la posibilidad de ser refrendados, en un acto de consulta equivalente al de un referéndum ratificatorio del buen y correcto desempeño judicial", dice la convocatoria.
FECHAS DEL PROCESO ELECTORAL
De acuerdo con lo que establece la convocatoria, el Senado de la República emitirá la convocatoria general dirigida a los Poderes de la Unión para integrar el listado de candidaturas a que hace referencia el numeral 1 del artículo 499, a más tardar este 16 de octubre del 2024; Los Poderes de la Unión instalarán sus respectivos Comités de Evaluación a más tardar el 31 de octubre de 2024, y publicarán las convocatorias para participar en el proceso de evaluación y selección de postulaciones antes del 4 de noviembre de 2024.
El plazo para que las personas interesadas se inscriban en las convocatorias emitidas por los Comités de Evaluación comprenderá del 5 de noviembre al 24 de noviembre de 2024.
"Los Comités de Evaluación verificarán que las personas aspirantes que hayan concurrido a la convocatoria reúnan los requisitos constitucionales de elegibilidad a través de la documentación que presenten, en los términos del numeral 4 del artículo 500, a más tardar el 14 de diciembre de 2024, y publicarán el listado de las personas que hayan cumplido con los requisitos constitucionales de elegibilidad el 15 de diciembre de 2024", detalla la convocatoria.
Posteriormente, los Comités de Evaluación calificarán la idoneidad de las personas elegibles y tendrán hasta 31 de enero de 2025 como límite para publicar los resultados. En consecuencia, los Comités depurarán dicho listado mediante insaculación pública para ajustarlo al número de postulaciones para cada cargo por cada Poder "atendiendo a su especialidad por materia y observando la paridad de género; publicarán los resultados en los estrados habilitados y los remitirán a más tardar el 4 de febrero de 2025 al Poder que corresponda para su aprobación en términos del artículo 96 de la Constitución Federal y el numeral 8 del artículo 500 de esta Ley a más tardar el 6 de febrero de 2025", explica el Diario Oficial de la Federación.
Los listados aprobados entonces serán remitidos al Senado de la República. La fecha límite es 8 de febrero de 2025. El Senado integrará los listados definitivos y expedientes de las personas postuladas por cada Poder de la Unión antes del 12 de febrero de 2025 a efecto de que organice el proceso electivo."
REQUISITOS PARA POSTULARSE
Para el registro de personas candidatas a Ministra o Ministro de la SCJN; Magistradas y Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, Magistradas y Magistrados de las Salas Superior y Regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la convocatoria del Senado establece que se deberá entregar:
-Acta de nacimiento en copia certificada o, en su caso, documento que acredite la nacionalidad mexicana por nacimiento.
-Exhibir original o copia certificada por autoridad competente o fedatario público de la credencial para votar con fotografía vigente, expedida por el INE.
-Título o cédula que acredite que la o el aspirante cuenta con licenciatura en derecho.
-Certificado de estudios o de historial académico que acredite los promedios correspondientes establecidos en los requisitos constitucionales.
-Documentos u otros elementos de prueba que acrediten fehacientemente la actividad jurídica o práctica profesional en el ejercicio de la actividad jurídica, de cuando menos cinco años.
-Constancia de residencia en el país de al menos dos años, que podrá acreditarse con el documento anterior.
-Carta bajo protesta de decir verdad de que se goza de buena reputación, que no ha sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión; ni condenado por robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro delito que lastime seriamente la buena fama en el concepto público; que no se encuentre suspendido de sus derechos políticos en términos del artículo 38 de la Constitución; que no ha sido titular de una Secretaría de Estado, Fiscal General de la República, senadora o senador, diputada o diputado federal, ni titular del Poder Ejecutivo de alguna entidad federativa, durante el año previo al día de la publicación de esta Convocatoria.
-Ensayo de tres cuartillas donde justifiquen los motivos de su postulación.
-Cinco cartas de referencia de sus vecinos, colegas o personas que respalden su idoneidad para desempeñar el cargo.