La pensión a los padres y madres de los niños fallecidos en el incendio de la guardería ABC se pagará a partir de enero de 2025, con efectos retroactivos a partir de ayer sábado.
Ciudad de México, 29 de septiembre (SinEmbargo).– El Presidente Andrés Manuel López Obrador emitió un decreto por el que se otorgan diferentes apoyos extraordinarios, entre ellos una pensión vitalicia, para los padres y madres de los niños fallecidos en el incendio de la guardería ABC y para los que tienen hijos que resultaron lesionados de forma permanente en ese siniestro.
El decreto, publicado el sábado en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación, beneficiará a los familiares de los 49 menores que fallecieron y jóvenes sobrevivientes del incendio de la guardería ABC, ocurrido en 2009 en Hermosillo, Sonora.
El texto precisa que el Estado reconocen los siguientes conceptos:
–Medida vitalicia a todas las madres y a todos los padres de los niños y niñas que fallecieron en el incidente. En caso de fallecimiento, el importe de la medida que recibía se transferirá en favor del hijo o hijos que le sobrevivan, quienes la recibirán en la proporción que les corresponda, por sí mismos o, en el caso de menores de edad, por conducto de la persona que legalmente los represente;
–Medida vitalicia para los niños y niñas que resultaron lesionados de forma permanente que, al cumplir los 18 años, derivado de su condición de salud y de conformidad con los dictámenes médicos emitidos por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), tengan una lesión incapacitante por quemaduras.
–Medida equivalente a la Pensión Garantizada prevista en el artículo 170 de la Ley del Seguro Social, para las madres y padres de los niños y niñas que fallecieron, así como de los lesionados de forma permanente y de aquellos que inhalaron humo o tóxicos en el incidente
–Beca para la educación de los niños y niñas que resultaron lesionados de forma permanente, así como para aquellos que inhalaron humo o tóxicos producidos en el incidente a que se refiere el párrafo primero de este artículo, para que estudien los niveles educativos de primaria, secundaria, media superior y superior, en planteles oficiales o con reconocimiento oficial, en territorio nacional.
–Pago del consumo de la energía eléctrica que se genere en el domicilio en el que residan los niños y niñas y adultos que resultaron lesionados de forma permanente y aquellos infantes que inhalaron humo o tóxicos producidos en el incidente a que se refiere el párrafo primero de este artículo, durante el tiempo que, por prescripción médica, requieran del uso de equipos para el debido cuidado de su salud.
–Medida vitalicia para los padres de los niños y niñas que resultaron lesionados de forma permanente que, al cumplir los 18 años, derivado de su condición de salud y de conformidad con los dictámenes médicos (formato "DICTAMEN DE BENEFICIARIO INCAPACITADO ST-6") emitidos por el Instituto Mexicano del Seguro Social, tengan una lesión incapacitante por quemaduras, a partir de la entrada en vigor del presente decreto; siempre y cuando se encuentren a cargo del cuidado de su hija o de su hijo.
El decreto entró en vigor ayer, pero la pensión a los padres y madres se pagará a partir de enero de 2025, con efectos retroactivos a partir de ayer. También establece que a partir del ejercicio 2025 se debe considerar este recurso en el Presupuesto de Egresos de la Federación de cada ejercicio fiscal.