En una conferencia de prensa conjunta, los representantes de los tres partidos de la alianza opositora anunciaron la acción de inconstitucionalidad contra la reforma de pensiones del Presidente López Obrador.
Ciudad de México, 28 de mayo (SinEmbargo).- Diputados de los partidos Acción Nacional (PAN), de la Revolución Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD) interpusieron este martes una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra el Fondo de Pensiones para el Bienestar, aprobada por la mayoría del Congreso de la Unión en abril pasado.
"El día de hoy con las firmas de todos los diputados de los tres partidos, se presento la accion de incostitucionalidad ante la SCJN y nosotros esperamos un procedimiento rápido para evitar que Morena se quede con 40 mil millones de pesos de cuentas inactivas de personas mayores de 70 años", comenzó Rubén Moreira, coordinador del grupo parlamentario del PRI.
En una conferencia de prensa conjunta, los representantes de los tres partidos anunciaron dicha acción. "Como ustedes saben, el Gobierno se decidió quedarse con los recursos de los y las trabajadores de este país y, antes de cerrar el periodo ordinario de sesiones, lanzo varias iniciativas", acusó Moreira.
La mayoría de las y los diputados de oposición presentamos ante la @SCJN la Acción de Inconstitucionalidad para frenar la #ReformaPensiones que pretende apropiarse de los ahorros de las y los mexicanos.
Acompáñanos en la #ConferenciaDePrensa https://t.co/kwhhXYB3IW— Jorge Romero Herrera (@JorgeRoHe) May 28, 2024
El legislador se refirió a la reforma del Fondo de Pensiones para el Bienestar, a la Ley de Amparo y la Ley de Amnistía. Destacó que sólo la primera ha sido publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), pero aseguró que esperan a impugnar las otras dos cuando salgan.
El panista Jorge Romero Herrera, presidente de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados explicó que la Acción de inconstitucionalidad se basa en el Artículo 14 de la Carta Magna, el cual establece que nadie podrá ser privado de sus propiedades, sino mediante un juicio. También mencionó el Artículo 16 constitucional, que se refiere a que nadie podrá ser molestado en su persona, en sus bienes, en sus posesiones, sino mediante un acto de autoridad escrito que funde el procedimiento. Asimismo, mencionó al Artículo 22 de la Constitución, el cual prohíbe en México la confiscación de los bienes.
"Es absoluta la equivalencia a que mañana te enteraras de que el Gobierno sustrae tus ahorros de tu cuenta bancaria para llevarlos a un fondo público. Así como aquellos tuvieron los números para ganar la iniciativa, nosotros defendiéndote a ti, tenemos los números para presentar una acción de inconstitucionalidad", expresó Herrera.
Mari Nieves Lanzagorta, vicepresidenta de vinculación de la Asociación Mexicana de Afores (Amafore), denunció desde la presentación y discusión de la reforma que es falso que el Fondo de Pensiones para el Bienestar pretenda confiscar los ahorros para el retiro de los trabajadores mexicanos, pues los recursos de estas cuentas inactivas que no fueron reclamados sólo se transferirían a éste, pero seguirán generando intereses y los beneficiarios podrán reclamar la devolución de los recursos en cualquier momento.
En el caso de los trabajadores que cotizan ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), garantiza que quienes ganan hasta el salario promedio del Instituto se jubilen con el 100 por ciento mediante un complemento solidario. Es decir, si un trabajador gana 10 mil pesos, se podrá jubilar con la misma cantidad, la cual saldrá de su pensión (seis mil pesos) y del complemento solidario (cuatro mil pesos).
Los recursos que financiarán este Fondo saldrían de cinco fuentes, una de ellas de los ahorros para el retiro y la vivienda del IMSS de trabajadores de 70 años de edad o más que no han sido reclamados. Se aclara que sólo serían tomados los fondos de cuentas que ya no están activas.
Otra de las fuentes para el Fondo saldrá del 75 por ciento de los ingresos de los bienes incautados por el Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado (INDEP). Una parte más saldrá de la liquidación de Financiera Rural. Otros recursos provendrán del 25 por ciento de las utilidades del Tren Maya, del Tren del Itsmo de Tehuantepec, de Mexicana de Aviación, entre otras empresas operadas por la Secretaría de Marina y la Sedena y, finalmente, de los adeudos de entes públicos al Servicio de Administración Tributaria (SAT) e Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
El Fondo de Pensiones será un fideicomiso público en el que el Banco de México (Banxico) actuará como fiduciario y será constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), además contará con un comité técnico que deberá emitir las reglas sobre la recepción, administración, inversión, reservas, rendimientos y reversión de los recursos.
Los recursos del Fondo de Pensiones para el Bienestar no podrán ser usados para el equilibrio presupuestario, es decir, para financiar un déficit público, y tampoco puede usarse para gastos que no estén relacionados con las pensiones.
-Con información de Guadalupe Fuentes López.