El Instituto destacó que las autoridades pueden desarrollar modelos predictivos de delincuencia e identificar dónde y cuándo es probable que ocurran delitos, permitiendo que los cuerpo de seguridad desplieguen los recursos de manera más eficiente.
Ciudad de México, 14 de febrero (SinEmbargo).- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) hacer público el número de incidentes de seguridad reportados por sus servidores públicos y encuestadores entre 2012 y 2023, precisando en cuántos intervino el crimen organizado.
Durante la sesión del Pleno del INAI de este miércoles, la Comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena enfatizó que la apertura de estos datos ayudaría a que las autoridades desarrollen modelos predictivos de delincuencia, para identificar dónde y cuándo es probable que ocurran delitos, y así las fuerzas de seguridad puedan desplegar sus recursos de manera más eficiente.
Este asunto fue resuelto, luego de que se presentó un recurso de revisión ante el Instituto, mediante el cual se manifestó la inconformidad de un ciudadano o ciudadana, quien obtuvo una respuesta incompleta del sujeto obligado al no entregar todos los datos solicitados.
“Conocer las dificultades cotidianas de una institución como el Inegi es primordial porque, como advierte la UNAM, la información estadística fiable y disponible para todos es uno de los fundamentos de los Estados democráticos; además, la disponibilidad de información imparcial es importante para la intervención ciudadana, de ahí que este caso, considero, que es significativo, porque cuando se combinan el acceso a la información pública y la estadística, puede configurarse una herramienta poderosa en la lucha contra la inseguridad”, expresó la Comisionada del INAI, Blanca Lilia Ibarra Cadena.
Al respecto, la Comisionada Ibarra Cadena recordó que el año pasado, en una comparecencia ante la Cámara de Diputados, el personal del Inegi dio a conocer que, en ocasiones, se tiene que pagar para que su personal entre a zonas controladas por las organizaciones delincuenciales.
El recurso de revisión presentado derivó de la solicitud en la que un particular pidió al Inegi detalles, entre 2012 y noviembre de 2023, acerca de cuántos incidentes de seguridad han reportado sus servidores públicos y encuestadores, precisando por cada caso, el nombre y cargo del servidor público que hizo el reporte; el Estado y municipio donde se suscitó el incidente; en qué consistió éste;si se trató de una amenaza, extorsión, privación ilegal de la libertad, lesiones, desaparición, cobro de derecho de piso, o robo, entre otros; cuánto tuvo que pagar el servidor público; si el crimen organizado estuvo involucrado y a qué grupo se le adjudica; la fecha del evento y si éste se presentó durante el levantamiento de alguna encuesta o censo.
Al momento de dar respuesta, el sujeto obligado entregó en formato PDF información de 2019 a 2023, con el tipo, número y total de incidentes de seguridad desglosada por año, e indicó que no está obligado a generar documentos ad hoc para la atención de solicitudes de información.
En el análisis del caso, a cargo de la ponencia de la Comisionada Ibarra Cadena, se determinó que no fue posible validar la respuesta del sujeto obligado, debido a que no hubo pronunciamientos sobre todos los contenidos de la solicitud en el periodo que abarca de 2012 a 2018.
📃 #INAIalMomento@INEGI_INFORMA debe informar sobre incidentes de su personal, precisando los relacionados con el crimen organizado: INAI.
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— INAI (@INAImexico) February 14, 2024
El Inegi también omitió turnar la solicitud a dos de sus direcciones generales que dirigen los procesos de los censos, así como el levantamiento de la información que se genera, por lo que podrían contar con los reportes de incidentes en contra de sus encuestadores o servidores públicos. Tampoco turnó la solicitud a la Coordinación General de Asuntos Jurídicos, quien conoce y da seguimiento a las denuncias ante el Ministerio Público y, por ende, el sujeto obligado no garantizó el carácter exhaustivo de la búsqueda de la información.
A esto, se le sumó que el Inegi omitió dar acceso a la información en formatos abiertos que permiten el filtrado y procesamiento de la información.
De acuerdo con lo anterior, por unanimidad, el Pleno del INAI determinó modificar la respuesta del sujeto obligado, y le ordenó hacer una nueva búsqueda exhaustiva de lo solicitado, entregándolo preferentemente en formato abierto.