La iniciativa del Presidente insiste en la creación del Instituto Nacional de Elecciones y Consultas, que estará integrado por siete consejeros y consejeras electorales electos popularmente el primer domingo de junio de las elecciones ordinarias del año que corresponda. Lo mismo establece con los magistrados y magistradas electorales que integren la Sala Superior.
Ciudad de México, 6 de febrero (SinEmbargo).– Entre diciembre de 2022 y marzo de 2023, la oposición en el Congreso y la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazaron, en el primer caso impidiendo la mayoría calificada y en el otro dando entrada a una controversia constitucional, la intención del Presidente Andrés Manuel López Obrador de una iniciativa constitucional, primero, y luego una legal, conocida como "Plan B", para reformar al Instituto Nacional Electoral (INE).
Ahora, en la recta final de su mandato, López Obrador ha vuelto a poner sobre la mesa una reforma constitucional que “propone emprender una nueva etapa electoral para el país” al plantear “transformar la institucionalidad electoral al suprimir al INE y crear en su lugar el Instituto Nacional de Elecciones y Consultas (INEC) como autoridad electoral independiente”.
El texto de la iniciativa señala que el INEC sería la única autoridad administrativa electoral del país, por lo que sus funciones absorberían las de los órganos públicos locales (OPL), es decir, organizaría la totalidad de los procesos electorales de la República, a nivel nacional, estatal y municipal. Además, de llevar a cabo las Consultas Populares y de Revocación de Mandato, cuyo porcentaje para que sean vinculatorias bajará al 30 por ciento.
Esta mañana, la Secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde Luján, dijo que algo fundamental es que en el caso de las consultas, como la Revocación de Mandato. “Éstas se harán en las elecciones tanto intermedias como en las elecciones para Presidencia, se baja el umbral necesario para que estas consultas y esta revocación sean vinculantes, sean obligatorias. Antes esta Ley establecía 40 por ciento, hoy se establece una reducción al 30 por ciento”.
La propuesta refiere en su exposición de motivos que el INE, desde su creación hasta la fecha, ha ejercido cada vez más su facultad de atracción sobre las funciones de los OPL, “al grado de realizar o verificar prácticamente todas las actividades significativas que corresponden formalmente a dichos órganos, salvo la investigación y sustanciación de quejas; el registro de candidatos, cómputos y declaración de validez”. Pese a ello, indica que el costo de estos organismos locales asciende a más de 13 mil millones de pesos al año.
La iniciativa establece además que el INEC estará integrado por siete consejeros y consejeras electorales electos popularmente el primer domingo de junio de las elecciones ordinarias del año que corresponda. Lo mismo establece con los magistrados y magistradas electorales que integren la Sala Superior.
“Quien reciba más votos al momento de su elección ocupará su presidencia. Concurrirán, con voz pero sin voto, las personas representantes de los partidos políticos nacionales y una persona titular de la Secretaría Ejecutiva”, señala en el caso de los consejeros.
En cuanto a la organización administrativa del órgano electoral, señala primeramente que el INE actualmente se organiza mediante cuatro órganos centrales: el Consejo General como máxima instancia decisoria y su presidencia, la junta general ejecutiva, la Secretaria Ejecutiva y el órgano interno de control.
También se conforma por seis direcciones ejecutivas: del Registro Federal de Electores, del Servicio Profesional Electoral Nacional, de Prerrogativas y Partidos Políticos, de Capacitación Electoral y Educación Cívica, de Organización Electoral y de Administración. Y diez unidades técnicas: de comunicación social, de igualdad de género y no discriminación, de asuntos internacionales, contenciosa electoral, de servicios de informática, de vinculación con OPL, jurídica, de fiscalización, del secretariado y de transparencia y protección de datos personales.
De igual forma se compone de órganos delegacionales y de vigilancia en cada una de las entidades federativas, además existen comisiones permanentes y temporales, comités y grupos de trabajo del Consejo General.
El nuevo INEC, en contraparte, “se conformará de órganos temporales y auxiliares, en especial en los periodos electorales, que concentren las funciones que han sido fragmentadas en innumerables unidades administrativas, a efecto de contar con la estructura indispensable para garantizar las funciones asignadas en la legislación”.
ELECCIÓN DE CONSEJEROS Y MAGISTRADOS
La iniciativa enviada este lunes señala cómo el actual INE y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) “fueron integrados por cuotas partidistas y cooptados por grupos de poder, en detrimento de su imparcialidad en favor de la democracia” por lo que ahora se plantea la elección mediante voto popular de los consejeros y magistrados.
Este esquema involucra a los tres Poderes de la Unión, pues a partir de candidaturas presentadas por las Cámaras de Diputados y Senadores, la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Ejecutivo Federal, se propone que el voto popular decida la integración de la Sala Superior del TEPJF y del Consejo General del INEC.
“Dichos cargos serán ocupados por un periodo de seis años improrrogables. La jornada electiva para definir a las personas titulares de estos órganos se celebraría el primer domingo de junio, cada seis años, con excepción de la primera jornada efectiva”, refiere la propuesta.
Para ello, la Cámara de Diputados emitirá la convocatoria para la jornada electiva de las personas titulares de las consejerías electorales del INEC, y el Senado de la República, la de magistraturas.
Cada uno de los Poderes de la Unión postulará a diez personas de manera paritaria para la integración del Consejo General del INEC, y a diez para las magistraturas electorales. En ambos casos, el INEC organizaría el proceso electivo.
Durante la campaña, las candidatas y candidatos tendrán derecho de acceso de manera igualitaria a radio y televisión con el fin de exponer sus propuestas y programa de trabajo. Asimismo, se establece la obligación del INEC de organizar foros de debate en tiempos brindados gratuitamente por medios de comunicación, bajo el principio de equidad.
La iniciativa señala que estará prohibido la contratación de espacios en radio y televisión por persona física o moral, “para evitar injerencias indebidas que atenten contra la imparcialidad que deben tener ambos órganos” además prohíbe a los partidos políticos realizar actos de proselitismo y emitir propaganda a favor o en contra de candidatura alguna.
“Una vez efectuada la jornada de votación, el INEC realizará los cómputos de la elección y los comunicará a la Cámara que corresponda para que ésta realice y publique la suma: ésta la remitirá a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que tendrá la facultad de resolver las impugnaciones, calificar el proceso y declarar sus resultados”.
Para la integración del INEC, se elegirán a siete personas consejeras y presidirá el organismo aquélla que haya obtenido la mayor votación.
En lo que respecta a la Sala Superior del TEPJF, se elegirán también a las siete personas magistradas; la presidencia se definirá por elección de sus integrantes y se ocupará por un periodo de cuatro años.
En caso de falta absoluta de una persona consejera, la Cámara de Diputados designará quien deberá sustituirla por una mayoría calificada. En caso de que sea la persona presidenta, su lugar será ocupado por quien le haya seguido en número de votos.
Para el caso de defunción, renuncia o ausencia definitiva de las magistraturas del TEPJF la SCJN someterá al Senado de la República una terna para que elija entre ellas a la persona interina.
ABRE PUERTA A RECURSOS PRIVADOS
La propuesta de Reforma Electoral del Presidente critica el sostenimiento de la estructura burocrática de los partidos durante tiempos no electorales porque “nunca ha terminado de justificarse socialmente, dada la proliferación de élites partidistas ajenas al interés público y representatividad ciudadana”. Expone en ese sentido los partidos políticos fueron la institución pública más desacreditada, entre otras razones por el costo económico que significan para la sociedad mexicana en la última Encuesta Cívica realizada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en 2020.
Por eso mismo, la iniciativa propone reducir a la mitad el financiamiento público a los partidos políticos respecto de sus actividades ordinarias y para el gasto de campañas durante la contienda electoral. “Lo anterior obedece a la necesidad de que nuestro régimen de partidos no genere costos injustificados ni incongruentes”.
De igual forma plantea la obtención de recursos privados, tanto para el sostenimiento de sus actividades ordinarias, como para sufragar gastos de campaña durante los procesos electorales. Por ello se establecen reglas precisas, ordenando que los partidos políticos identifiquen y reporten la fuente de todo recurso obtenido, sin exceder los topes señalados en la legislación;.
Los recursos provistos no serán deducibles de impuestos, se prohíbe que una misma persona física done en un año calendario a más de un partido o candidatura independiente y que se apliquen recursos obtenidos para el sostenimiento de actividades ordinarias en gastos de campaña o al pago de deudas contraídas para cubrir procesos electorales anteriores.
REDUCCIÓN LEGISLADORES
La propuesta refiere que dada la crisis de representación política, “en México, desde hace décadas, se cuestiona la legitimidad de las personas legisladoras en general, pero marcadamente de las plurinominales”.
“En la presente iniciativa se propone un método de elección que busca mejorar la representación ciudadana depositada en las Cámaras del Congreso de la Unión con la reducción del número de sus integrantes y su elección mediante el sistema de mayoría relativa uninominal, votados de manera directa y secreta por la ciudadanía en cada uno de los distritos electorales”, se lee en el texto.
De esta manera, la Cámara de Diputados quedaría conformada por 300 curules, es decir, se eliminarían 200 diputaciones plurinominales; aunque en ningún caso la representación de una entidad federativa puede ser menor de dos diputados.
Por su parte, el Senado de la República quedaría integrado por 64 escaños; la mitad de los que actualmente tiene. De igual modo, serían elegidos de manera directa y secreta por la ciudadanía mediante el sistema de mayoría relativa por entidad federativa, correspondiendo dos escaños por cada estado.
Asimismo, se propone que los Congresos de las entidades federativas se integren por diputadas y diputados electos de manera directa y secreta conforme al sistema de mayoría relativa.
La iniciativa propone establecer un criterio poblacional para la definición del número de representantes en cada uno de los congresos locales, así como de los ayuntamientos y las alcaldías de la Ciudad de México.
El número de representantes en las legislaturas de los estados no podrá exceder de 15 diputaciones en aquellas entidades federativas cuya población sea menor a 1 millón de personas, y por cada 500,000 habitantes adicionales, podrá incrementarse en un diputado o diputada hasta un máximo de 45 diputadas y diputados.
En relación con los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, el mismo criterio poblacional debe prevalecer en la integración de los ayuntamientos y las alcaldías.