El INE resolvió como improcedentes las denuncias contra el Presidente López Obrador por presunta coacción del voto en una de sus conferencias matutinas.
Ciudad de México, 17 de mayo (SinEmbargo).- La Comisión de Quejas del Instituto Nacional Electoral (INE) rechazó este miércoles aplicar medidas cautelares contra el Presidente Andrés Manuel López Obrador por supuesta coacción del voto durante una de sus conferencias matutinas.
La solicitud de medidas cautelares de los partidos de la Revolución Democrática (PRD) y Acción Nacional (PAN), así como de los diputados Jorge Álvarez Máynez y Federico Döring Casar, señala que el presunto delito electoral cometido por el titular del Ejecutivo deriva de las manifestaciones realizadas el 9 y 11 de mayo de este año.
"El colegiado declaró improcedente otorgar la cautelar solicitada y ordenar el retiro parcial de 'La Mañanera' denunciada, toda vez que no se advierte urgencia o peligro en la demora que justifique la medida, ya que el Proceso Electoral Federal dará inicio hasta el último cuatrimestre del presente año, aunado a esto, se tratan de publicaciones realizadas en fecha pasada en páginas oficiales y redes sociales, a las que debe mediar la voluntad para acceder y buscar el contenido específico", determinó la Comisión.
"Bajo la apariencia del buen derecho, las expresiones vertidas se encuentran vinculadas con una posible reforma constitucional al Poder Judicial y con los porcentajes de integración de una nueva legislatura federal, no así con los procesos electorales locales que actualmente se llevan a cabo en el Estado de México y Coahuila", aclaró.
Asimismo, negó la tutela preventiva correspondiente a ordenar al Presidente López Obrador que se abstenga de formular pronunciamientos encaminados a solicitar el voto a favor o en contra de alguna fuerza política, al tratarse de hechos futuros de realización incierta.
Sin embargo, se consideró necesario emitir un pronunciamiento dirigido al mandatario federal, con el objetivo de que ajuste -en todo tiempo- sus actos y conductas a los límites y parámetros constitucionales, recalcando la obligación a su cargo de conducirse con imparcialidad y neutralidad con el propósito de no afectar en la equidad en la contienda, respetando los tiempos establecidos por la ley en materia de campañas y precampañas.
NIEGAN MEDIDAS CAUTELARES A MORENISTAS
La Comisión del INE también declinó otras siete solicitudes de medidas cautelares en contra de los secretarios de Gobernación y Relaciones Exteriores, Adán Augusto López y Marcelo Ebrard Casaubón; de la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum Pardo; y dos senadores de la República "por actos anticipados de campaña y precampaña, presunta promoción personalizada y el probable uso indebido de recursos públicos en el marco del Proceso Electoral Federal (PEF) 2024".
En ningún caso se otorgaron las medidas solicitadas por no presentar peligro o urgencia en la demora que justifique la eliminación de los materiales denunciados, pues si bien se tiene certeza de la celebración del Proceso Electoral Federal 2024, el mismo dará inicio hasta el último cuatrimestre del presente año.
Además, también se negó el retiro de las publicaciones en las redes sociales de Twitter, Facebook, YouTube e Instagram, ya que para su consulta debe mediar la voluntad de las personas para acceder a dichos contenidos. "En todos los asuntos se negó la tutela preventiva, al tratarse de hechos futuros de realización incierta", determinó el órgano electoral.
Aunque ahora Morena denunció al PRD, por presunta calumnia y uso indebido de la pauta derivado de la difusión de los promocionales denominados "EDUCACION V1 y EDUCACION RA V1, versiones televisión y radio, por "pretender responsabilizar de hechos o delitos falsos a ese instituto político y a su candidata a la gubernatura del Estado de México, con la finalidad de dañar la imagen de la referida candidata de cara a la Jornada Electoral del próximo 4 de junio del presente año".
No obstante, también fue negado el retiro de los spots porque no constituye un acto de calumnia, porque el medio denunciado en modo alguno realiza una imputación específica de un hecho o delito falso de forma clara y sin ambigüedades a alguna persona y en el contexto en que se emite, ante lo cual debe ser considerado como una fuerte crítica política o electoral.
Sobre el probable uso indebido de recursos públicos, será la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que analice el fondo del asunto.