México

El Senado avala segundo dictamen del Plan B electoral; incluye polémica “Ley Chayote”

15/12/2022 - 11:12 am

Ahora lo aprobado por los senadores, la mayoría del partido oficialista, será turnado con modificaciones a la Cámara de Diputados para su trámite correspondiente.

Ciudad de México, 15 de diciembre (SinEmbargo).- Las modificaciones a la Ley General de Comunicación Social y la Ley General de Responsabilidades Administrativas en materia de propaganda, fueron aprobadas en lo general y en lo particular por el pleno del Senado de la República durante la sesión de este jueves.

La minuta con proyecto de decreto, por el cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de dichas leyes, fue avalada con 65 votos a favor, 52 en contra en lo general, mientras que en lo particular fue aprobada con 64 votos a favor y 48 en contra.

El presidente de la Mesa Directiva, el Senador Alejandro Armenta Mier, señaló que ahora será turnado con modificaciones a la Cámara de Diputados para su trámite correspondiente.

Se determinó que "no constituyen propaganda gubernamental las manifestaciones de las personas servidoras públicas que realicen en uso de su libertad de expresión y en el ejercicio de sus funciones públicas".

Además, establece que la propaganda gubernamental debe ser de carácter institucional y tener fines informativos o educativos; así como ser objetiva, oportuna, necesaria, accesible e incluyente. Asimismo, deberá abstenerse de incluir nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen la promoción personalizada de cualquier servidor público.

Tampoco "constituye propaganda gubernamental la información de interés público que realicen las personas servidoras públicas, conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, difundida en cualquier formato de manera gratuita".

El pasado 8 de septiembre de 2021, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Congreso de la Unión corregir las deficiencias de la Ley General de Comunicación Social, denominada coloquialmente “Ley Chayote”, y declaró su inconstitucionalidad.

De acuerdo con Artículo 19, la Ley incentiva el uso proselitista de la publicidad oficial, pues considera que las campañas de comunicación pueden tener como objeto la difusión de “logros de los gobiernos y sujetos obligados”, abriendo la posibilidad de que ésta se siga utilizando como una herramienta para promover figuras públicas o partidos políticos generando una sobrexposición de los mismos a la sociedad mexicana.

Además, la Ley General de Comunicación Social omite por completo la elaboración de controles descentralizados para vigilar y fiscalizar el uso de la publicidad oficial, ya que no dispone de transparencia y regulación de la medición de audiencia, circulación, visitas y rating, puntos medulares que debe contemplar una correcta regulación.

Las organizaciones prevén que con la reforma aprobada “persistirán malas prácticas en la asignación y contratación de la publicidad oficial”, puesto que se debería de revertir el “uso condicionado del gasto de comunicación social como forma de manipulación sobre las líneas editoriales de periodistas y medios de comunicación”.

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