Leopoldo Maldonado, director regional de Artículo 19, indicó que la propuesta de reforma de la llamada "Ley Chayote" que se discutirá en el Senado mantiene abierta la puerta a que la publicidad oficial sea asignada a medios de comunicación sin criterios claros, de manera arbitraria y como premio o castigo según su línea editorial.
Ciudad de México, 14 de diciembre (SinEmbargo).– La minuta que busca reformar artículos de la Ley General de Comunicación Social, denominada coloquialmente "Ley Chayote", contiene criterios "insuficientes" para regular la asignación de publicidad oficial a medios de comunicación, lo cual abre las puertas a "mayor arbitrariedad y mayor discrecionalidad" en el reparto de dinero público bajo este rubro, advirtió Artículo 19.
En entrevista para SinEmbargo, el director regional de la organización que promueve la libertad de expresión explicó que la iniciativa que está en discusión en el Senado de la República como parte del llamado Plan B del paquete de Reforma Electoral indicó que el Congreso de la Unión no ha obedecido la sentencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que exhortó a los legisladores a poner "directrices claras y precisas" para la asignación de propaganda gubernamental que eviten que el dinero sea un método de presionar o castigar a medios de comunicación por el contenido publicado.
"Esta propuesta [de ley] prohíbe expresamente el uso [de la publicidad oficial] para presionar o para castigar a medios de comunicación, y eso está muy bien que se reconozca en la ley; pero la ley, como ya les ordenó la Suprema Corte, debe establecer las directrices claras y precisas para evitar ese tipo de presiones", expresó Leopoldo Maldonado. "Las consecuencias de ello es que otra vez, la secretarías de Estado, las autoridades –o unidades administradoras, como lo está planteando ahora esta ley– del gasto de comunicación social establezcan sus propios lineamientos, y eso rompe totalmente con el espíritu de lo que resolvió la Corte".
El titular de las oficinas de México y Centroamérica de Artículo 19 detalló que las reformas propuestas establecen que los entes públicos hagan sus propios lineamientos para asignar la publicidad oficial a medios de comunicación, cuando estos criterios deberían de ser resueltos por el Poder Legislativo desde un inicio. Además, no se reconoce un principio de equidad en la pluralidad mediática, lo cual cae en una discriminación de ciertos medios de comunicación tales como los impulsados por comunidades indígenas.
Otra de las consecuencias de esta discrecionalidad en la asignación de recursos oficiales, dijo Maldonado, es la hiperconcentración de la publicidad oficial en un puñado de medios de comunicación. Si bien el gasto en este rubro durante la administración de Andrés Manuel López Obrador ha sido casi una quinta parte de lo empleado por Enrique Peña Nieto en el mismo periodo de su Gobierno, el 53 por ciento del dinero administrado se concentra en 10 medios, mientras que más de 700 medios reciben el restante, sin que existan criterios claros y transparentes bajo los cuales se tomaron las decisiones de asignación.
"Ausentes en esta minuta son los concesionarios de uso social, y particularmente a los concesionarios de uso social indígena, que siguen siendo los grandes castigados por esta arbitrariedad y esta discrecionalidad en la asignación de la pauta [de publicidad] (...) otra vez se va a afectar la pluralidad mediática y la posibilidad de que actores emergentes –medios pequeños– puedan tener ingresos a través de la publicidad gubernamental para poder echar a andar sus proyectos periodísticos", expuso. "No se favorece la pluralidad mediática, no se está democratizando la relación con los medios, y se mantiene la posibilidad del uso de la publicidad gubernamental o del gasto de comunicación social como una forma de premio o castigo a las líneas editoriales".
Por otro lado, en un inicio la legislación en la materia prohibía ciertas expresiones de funcionarios públicos para que no constituyan propaganda encubierta o actos anticipados de campaña; sin embargo, la reforma que propuso el grupo parlamentario de Morena cambia la interpretación para "permitir lo que ellos llaman la libertad de expresión de los funcionarios públicos", un debate que se agudizó durante el proceso de Revocación de Mandato en abril de este año, cuando el Presidente López Obrador, entre otros morenistas como Claudia Sheinbaum Pardo, se enfrentaron con el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación por emitir discursos que difundían la consulta popular.
En esta categoría de información gubernamental que la Ley permitiría difundir independientemente de procesos electorales, sumó el director regional de Artículo 19, están obras de infraestructura, programas de desarrollo económico y programas sociales. "Lo que se tiene que aclarar, en términos de una adecuada definición de la publicidad oficial, es que no es para promocionar a un Gobierno, sino que hablar de obras de infraestructura es para comunicar a la población los impactos que va a tener sobre sus derechos, y eso no se especifica. Eso puede ser una trampa si no se ponen límites adecuados", advirtió.
"FALTA VOLUNTAD POLÍTICA"
Leopoldo Maldonado recordó que el litigio en torno a la "Ley Chayote" comenzó cuando Artículo 19, Fundar, y otras organizaciones de la sociedad civil interpusieron un amparo que llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en el cual el Poder Judicial ordenó al Legislativo que revisara la legislación que se promulgó durante el sexenio del priista Enrique Peña Nieto (2012-2018).
Al inicio, el equipo de transición de Andrés Manuel López Obrador se acercó con los integrantes de la sociedad civil y le aseguró que cambiaría la legislación "en aras de democratizar la relación con los medios", lo cual no se realizó a cabalidad.
"Nos fuimos a un segundo amparo, que otra vez llegó a la Corte, y apenas en septiembre del 2021 la Primera Sala de la Suprema Corte le volvió a decir al Congreso: 'Sí, ya regulaste, ya cumpliste esa parte, pero regulaste mal porque no estableciste los criterios de asignación claros y objetivos de la pauta y publicidad oficial'".
Las deficiencias en este aspecto, señaló Maldonado, son la falta de pautas específicas para el reparto objetivo de la Comunicación Social a partir de elementos como la medición de audiencias, el tiraje de un medio impreso y el impacto del rating; elementos que ya en sí solos son materia de disputa por ser definidos según la empresa consultora que realice el procedimiento, razón por la cual Artículo 19 había propuesto en años anteriores que se conformara un órgano técnico independiente y público, como el Instituto Nacional de Geografía y Estadística (Inegi), para generar un criterio parejo y evitar disputas entre medios de comunicación.
El abogado acusó que todos los partidos políticos, no sólo Morena, han sido renuentes a regular la publicidad oficial a pesar de la sentencia de la Suprema Corte porque representa un instrumento de presión contra medios de comunicación a disposición del Gobierno en turno, lo cual se refleja en que legislen "sobre las rodillas" y de forma inadecuada. Por esto, Artículo 19 hizo un llamado a que el Poder Legislativo instale mecanismos de Parlamento abierto en el cual participen medios de comunicación, miembros de la sociedad civil y de la academia, para que se mejore la Ley de Comunicación Social.
"No puede ejercerse [el dinero de publicidad oficial] de esta manera: sin transparencia, sin objetividad, sin claridad en cómo se está repartiendo este dinero; pero además, adicionalmente utilizando este dinero para generar mecanismos de censura sutil, como históricamente se han generado en sucesivos gobiernos con este tema de la publicidad oficial. Sí vemos que persiste esta problemática, que no es menor y que evidentemente tiene que ser erradicada si queremos avanzar en una relación más sana, o menos tensa, o más abierta y transparente, entre Gobierno y medios de comunicación privados", concluyó.