El acoso sexual y los ataques con ácido o sustancias corrosivas serán más castigados después de las reformas al Código Penal Federal que fueron remitidas a la Cámara de Diputados.
Ciudad de México, 4 de noviembre (SinEmbargo).- El Senado de la República aprobó este viernes las reformas al Código Penal Federal (CPF) para tipificar el acoso sexual y prevenir que ocurra por medios informáticos, en espacios públicos o privados; con una sentencia de uno a cinco años de cárcel y, en su caso, incluir destitución o inhabilitación si el responsable el servidor público.
La conducta de «acoso sexual» fue incorporada por primera vez en esta modificación a la ley que hasta ahora lo reconocía como «hostigamiento».
A diferencia de la disposición vigente, el acoso sexual será tipificado como tal sin ser necesaria una relación de subordinación (laboral o doméstica); si se realiza con fines lascivos y se concreta en el espacio público o privado, además de la modalidad de vía informática.
Las modificaciones al Artículo 259 Ter del CPF fueron avaladas por 71 votos, y remitidas a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.
🔴 Sesión de la Cámara de Senadores, del 3 de noviembre de 2022. https://t.co/KWo5nqCRwR
— Senado de México (@senadomexicano) November 3, 2022
Además, se incrementarían las sanciones si la persona acosadora es servidora pública o utiliza los medios o circunstancias que el encargo le proporcione, adicionalmente a la prisión será destituido del cargo e inhabilitado para ocupar otro cargo público hasta por un año.
AUMENTAN SANCIONES POR ATAQUES CON ÁCIDO
El Senado de la República también aprobó sancionar hasta con 13 años de prisión a quienes ataquen con ácido o corrosivos a una mujer, provocando un daño o enfermedad incurable.
Con 79 votos a favor y cero en contra, se acreditó la reforma del Código Penal Federal en su artículo 85 y la adición del 297 Bis en materia de sanciones, para establecer una sentencia de siete a 13 años de prisión y multa de 300 a 700 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a quien por sí o por interpósita persona cause a otro lesiones con cualquier tipo de agente o sustancia corrosiva, cáustica, irritante, tóxica o inflamable, álcalis, ácidos y sustancias similares, incluyendo las que necesiten de otro agente para reaccionar.
La pena aumentará en dos terceras partes cuando exista o haya existido entre el agresor y la víctima una relación de parentesco, sentimental, afectiva, laboral o de confianza, según plantea la reforma.
“Esta reforma es el resultado de la exigencia social efectuada por mujeres que han vivido la escalada de violencia y la forma en cómo se manifiesta. Cada vez son más los casos de agresiones con sustancias corrosivas o ácidos. Por ello, la exigencia de justicia y de visibilizar este tipo de actos inhumanos es prioritario”, aseguró la Senadora María Graciela Gaitán del Partido Verde Ecologista de México (PVEM).
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Mientras que, la Senadora del Partido del Trabajo (PT), Geovanna Bañuelos de la Torre, aseguró que mediante la adecuada tipificación de delitos como estos, «se da un paso firme y contundente para garantizar la seguridad e integridad física de las mexicanas», pues reveló que hasta el pasado agosto, se registraron 47 agresiones con sustancias químicas contra mujeres, es decir, cada semana se producen entre uno o dos atentados de esta naturaleza.
Por su parte, la Senadora del Partido Acción Nacional (PAN), Kenia López Rabadán, informó que el 80 por ciento de las personas atacadas con ácido o con algún componente corrosivo son mujeres; y que nueve de cada 10 casos, son agredidas por una persona con la que tienen o tuvieron una relación: “Lo que hoy votamos es un avance para detener la violencia sistemática en contra de las mujeres”.