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¿Qué autos no circulan este miércoles por la contingencia ambiental? Aquí la LISTA

30/03/2022 - 7:38 am

Las medidas llegan como parte del objetivo de disminuir emisiones, pues se recomienda facilitar y continuar el trabajo a distancia, realizar compras y trámites en línea para reducir viajes; evitar el uso de aromatizantes, aerosoles, pinturas, impermeabilizantes o productos que no contengan solventes, entre otras.

Ciudad de México, 30 de marzo (SinEmbargo).- La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) dio a conocer que algunos coches con engomado rojo no circularían debido a la contingencia ambiental provocada por la generación de contaminantes y la probabilidad de volver a alcanzar altas concentraciones de ozono en la Ciudad de México y Zona Metropolitana del Valle de México.

A través de un comunicado, se informó que la Fase 1 de contingencia ambiental por ozono se mantenía en la Zona Metropolitana del Valle de México, con base en la información del Sistema de Monitoreo Atmosférico de la Ciudad de México, que indica que las condiciones meteorológicas continuaban adversas para la dispersión de contaminantes.

“A las 16:00 horas del día 29 de marzo, se registraron concentraciones máximas de ozono de 162 ppb y 156 ppb en las estaciones de monitoreo Santa Fe y Merced respectivamente, ubicadas en las Alcaldías de Cuajimalpa y Cuauhtémoc de la Ciudad de México”, informó la Comisión.

La Fase 1 de contingencia ambiental por ozono se mantenía en la Zona Metropolitana del Valle de México. Foto: Victoria Valtierra, Cuartoscuro

Además de las restricciones que se aplican todos los miércoles, este 30 de de marzo los vehículos que deberán suspender su circulación de las 5:00 de la mañana a las 22:00 horas son:

-Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
-Los vehículos de uso particular con holograma de verificación tipo 1 cuyo último dígito numérico sea 2, 3, 4, 6, 8, y 0, así como aquellos cuya matrícula esté conformada sólo por letras.
-Los vehículos de uso particular con holograma de verificación “0 y 00”, engomado rojo, terminación de placa 3 y 4.
-Los vehículos con matrícula foránea de uso particular que no porten holograma de verificación o que tengan holograma tipo 1 o 2.
-Los vehículos con matrícula foránea de uso particular con holograma “00” ó “0” engomado rojo, terminación de placa 3 y 4.
-Las unidades que transportan gas licuado de petróleo (pipas y/o semi remolques) cuya matrícula sea PAR.
-Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la Ciudad de México o Estado de México.
-Los taxis con holograma de verificación “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos a) y b) les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

Sin embargo, habrá diversas exenciones:
-Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
-Vehículos que porten holograma “00” o “0” cualquiera que sea su uso, con excepción de los vehículos con hologramas “0 y 00” engomado color rojo, terminación de placa 3 y 4.
-Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica (incluye vehículos con personas que asisten a la vacunación por la COVID-19 y que porten folio de cita).
-Vehículos de uso particular de trabajadores y trabajadoras del sector salud en todas sus especialidades, paramédica y administrativa con credencial vigente.
-Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población
-Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental.
-Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
-Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
-Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
-Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas LP).
-Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
-Los vehículos que formen parte del Programa Paisano y porten la autorización correspondiente.
-Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.

Estas medidas llegan como parte del objetivo de disminuir emisiones, pues se recomienda facilitar y continuar el trabajo a distancia, realizar compras y trámites en línea para reducir viajes; evitar el uso de aromatizantes, aerosoles, pinturas, impermeabilizantes o productos que no contengan solventes; recargar gasolina después de las 18:00 horas y no cargar más combustible luego de que se libere el seguro de la pistola de llenado; revisar y reparar fugas de gas doméstico; reducir el uso de combustibles en casa acortando el tiempo de ducha a un máximo de cinco minutos y al cocinar, utilizar recipientes con tapa.

La CAMe expuso que se suspenderán las actividades que generen emisiones fugitivas al aire por uso de solventes y recubrimientos en los comercios y servicios (ejemplo uso de thinner, aguarrás, pintura, laca, barniz, tinta u otro tipo de recubrimiento base solvente), así como las actividades en los establecimientos que utilicen como combustible leña o carbón y que no cuenten con equipo de control de emisiones.

También serán suspendidas las actividades en el 20 por ciento de las estaciones de carburación, excepto las que cuenten con válvulas de desconexión seca, según corresponda a la integración de los grupos determinada por ASEA. Aplica Fase I para Grupo 5.

Se suspenderán actividades en el 20 por ciento de las plantas de distribución de gas L.P., excepto las que cuenten con válvulas de desconexión seca para el trasvase de combustible, llenado de autotanques y llenado de cilindros, según corresponda a la integración de los grupos determinada por ASEA. Aplica Fase I para Grupo 5, así como las labores de mantenimiento, reparación y trasvasado, que impliquen liberación de hidrocarburos a la atmósfera, con excepción de las realizadas en caso de emergencia o accidente en las plantas de almacenamiento de GLP y petrolíferos.

La operación de las estaciones de servicio (gasolineras) se suspenderá en un 20 por ciento, excepto las que cuenten con el sistema de recuperación de vapores con una eficiencia mínima del 90 por ciento, conforme al último dictamen de operación vigente y a la integración de los grupos determinada por ASEA. Aplica Fase I para Grupo 5.

Se reducirá en un 50 por ciento la operación de las calderas que no cuenten con sistemas de control de emisiones de precursores de ozono en los comercios y servicios, con excepción de hospitales.

Asimismo, se exhortó a la población a evitar llevar a cabo actividades cívicas, culturales, de recreo y ejercicio al aire libre entre las 13:00 y 19:00 horas; posponer los eventos al aire libre, deportivos, culturales o espectáculos masivos, programados entre las 13:00 y las 19:00 horas; no fumar, especialmente en espacios cerrados; y mantenerse informados.

Se dará el seguimiento a las 20:00 horas por medio del boletín informativo respectivo para comunicar las condiciones meteorológicas y de calidad del aire que prevalecerán en la Zona Metropolitana del Valle de México.

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