El Tribunal devolvió a Morena concejalías en Coyoacán, Cuajimalpa, Cuauhtémoc y Magdalena Contreras, que habían sido asignadas a Movimiento Ciudadano, y le confirmó una más en Álvaro Obregón.
Ciudad de México, 1 de octubre (SinEmbargo).- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó las sentencias que modificaban la asignación de concejalías de representación proporcional que hicieron los respectivos consejos distritales del Instituto Electoral de la Ciudad de México en cinco alcaldías.
Las sentencias de la Sala Regional Ciudad de México restaban una concejalía a Morena en las alcaldías de Coyoacán, Cuajimalpa, Cuauhtémoc y Magdalena Contreras, asignándoselas a Movimiento Ciudadano.
Por mayoría de seis votos, con el voto particular en contra del Magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón, fueron considerados los agravios fundados en contra de las sentencias impugnadas por ciudadanos y el partido Morena.
«La Sala Regional realizó indebidamente un ejercicio de asignación de concejalías por representación proporcional, sin tomar en cuenta el requisito de tres por ciento de la votación contenido en el acuerdo del Instituto Electoral local que ya había quedado firme, con la calidad de cosa juzgada», expuso el Tribunal en videoconferencia.
Las magistradas Janine Otálora Malassis y Mónica Soto Fregoso, así como los magistrados Felipe de la Mata Pizaña, Felipe Fuentes Barrera, Indalfer Infante Gonzales y José Luis Vargas Valdez, se pronunciaron por confirmar la sentencia del Tribunal Electoral de la Ciudad de México que validó la asignación de concejalías de representación proporcional, realizada originalmente por los consejos distritales del Instituto Electoral local.
BOLETÍN | El #TEPJF revocó las sentencias de la @TEPJF_SRCDMX sobre la asignación de concejalías de representación proporcional en las alcaldías de Coyoacán, Cuajimalpa, Cuauhtémoc, Magdalena Contreras y Álvaro Obregón.
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— TEPJF (@TEPJF_informa) October 1, 2021
En este sentido, los y las magistradas de la Sala Especializada, vincularon al Instituto Electoral de la Ciudad de México para el cumplimiento de los proyectos de resolución correspondientes para las cuatro alcaldías presentados respectivamente por las ponencias de la Magistrada Janine Otálora Malassis (Magdalena Contreras) y los magistrados Felipe de la Mata Pizaña (Coyoacán), Felipe Fuentes Barrera (Cuajimalpa) e Indalfer Infante Gonzales (Cuauhtémoc).
Por su parte, el Magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón consideró que «no existía un tema de constitucionalidad sobre el cual la Sala Superior debiera pronunciarse ni tampoco un supuesto de importancia y trascendencia», argumentando que «el problema común en estos asuntos consiste en determinar si fue correcto que la Sala Regional Ciudad de México inaplicara un requisito creado por el Instituto Electoral de la Ciudad por considerar que no se encontraba previsto en la legislación estatal».
Asimismo, el pleno de la Sala Superior rechazó por una mayoría de cinco votos -la Magistrada Janine Otálora Malassis se excusó- el proyecto de sentencia de la ponencia del Magistrado presidente Reyes Rodríguez correspondiente a recursos de consideración interpuestos para controvertir una sentencia dictada por la Sala Regional de la CdMx relacionada con la asignación de concejalías por el principio de representación proporcional en la Alcaldía Álvaro Obregón.
👩⚖️👨⚖️Se levanta la sesión convocada este día, 30 de septiembre.
⚖️La #SalaSuperior del #TEPJF finalizó la resolución de los medios de impugnación.
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En dicha sentencia se proponía desechar la demanda pues «no cumplía con el requisito especial de procedencia al no analizar algún planteamiento de constitucionalidad o convencionalidad que pudiera ser revisado por la Sala Superior, ya que la responsable sólo analizó aspectos de legalidad».
El Tribunal descartó el proyecto que se envió a la Magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso y revocó la resolución controvertida en lo que fue materia de impugnación para los efectos precisados en la ejecutoria; confirmó la sentencia del Tribunal Electoral local y vinculó al Instituto Electoral de la Ciudad de México para los efectos precisados.