Gustavo Sosa Núñez
05/09/2021 - 12:02 am
Justicia intergeneracional y la Agenda 2030
El derecho a un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado cobra relevancia, pues el derecho al desarrollo no puede justificar la destrucción de los ecosistemas en aras del progreso material.
El derecho al desarrollo puede observarse como individual y colectivo. Junto con la paz, el desarrollo es indispensable para la plena realización de los derechos humanos. En este contexto, el derecho a un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado cobra relevancia, pues el derecho al desarrollo no puede justificar la destrucción de los ecosistemas en aras del progreso material. Esto trae como consecuencia otros temas que también son considerados como problemáticas globales y que son objetivos fundamentales de los derechos humanos. Tales son los casos de la disminución de la pobreza y la eliminación de inequidades, por citar dos ejemplos.
Esta múltiple problemática es agrupada por las Naciones Unidas y es así que está vigente la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. Comprende 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) con 169 metas de carácter integrado e indivisible que abarcan los ámbitos económico, social y ambiental; mostrando así una implícita relación con los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (DESCA). Los temas son: pobreza, hambre, salud, educación, género, agua, energía, trabajo y crecimiento, industria, desigualdad, ciudades, producción y consumo, clima, vida marina y terrestre, paz y justicia, y alianzas.
La Resolución de la Agenda 2030 hace referencia a la justicia intergeneracional al mencionar la decisión de proteger al planeta de la degradación y los efectos del cambio climático para que pueda satisfacer las necesidades de las generaciones presentes y futuras. En este contexto, se enfatiza la importancia de implementar la agenda en interés de todas las generaciones. El nivel de compromiso lleva a argumentar que se puede ser “la primera generación que consiga poner fin a la pobreza, y quizá [ser] también la última que todavía tenga posibilidades de salvar el planeta” (ONU, 2015, p. 14).
En esta tesitura, el mensaje que las Naciones Unidas quieren dar con la Agenda 2030 es uno de acción colectiva y urgente basada en la promoción del desarrollo sostenible para que se mejore la calidad de vida de las generaciones actuales, y que las futuras puedan tener condiciones similares de desarrollo. Las metas de ciertos ODS así lo demuestran. Poner fin a varias afectaciones actuales contempla mejoras al contexto en el cual las generaciones futuras podrían vivir, como es el caso de la erradicación de la pobreza, la malnutrición, de ciertas epidemias (sida, tuberculosis, y malaria), y del trabajo infantil.
Por otra parte, cabe destacar que hay un ODS específico sobre justicia (ODS 16), pero no hace referencia explícita a las generaciones futuras, pues su enfoque corresponde al contexto actual. Otro aspecto es que, al igual que con el derecho a la libre determinación de los pueblos y el uso de sus propios recursos naturales, y con el afán de ser incluyente, el texto de la Agenda 2030 da cabida a posturas que pueden ser contradictorias o que no muestran la asertividad necesaria para provocar los cambios trascendentales que la Agenda 2030 busca. Tal es el caso de “[…] procurar desvincular el crecimiento económico de la degradación del medio ambiente […]” (Meta 8.4); “[…] promoviendo la adopción de tecnologías y procesos industriales limpios y ambientalmente racionales […]” (Meta 9.4).
La laxitud sobre el tema es evidente al observar que el uso del lenguaje que caracteriza a las negociaciones internacionales es cuidadosamente revisado y acordado. Además, la mera referencia a la conexión entre crecimiento económico y degradación medioambiental no es suficiente para concientizar sobre la necesidad de lograr cambios sustanciales. En esa tesitura se encuentra la intención de “racionalizar los subsidios ineficientes a los combustibles fósiles que fomentan el consumo antieconómico” (Meta 12.c), cuando se supone que hay premura por transitar a energías renovables; pues se sabe del impacto que este tipo de combustibles tiene para fomentar el efecto invernadero que ocasiona el cambio climático y, por ende, empeorar las condiciones ambientales a futuro. Al respecto, se puede argumentar que el cambio de una economía fósil a una renovable no puede ser súbita porque perjudicaría a las sociedades, y ahí hay una disyuntiva importante que no se ha atajado lo suficiente. Mientras tanto, el incremento de dióxido de carbono es constante, a pesar de los compromisos que han presentado los gobiernos nacionales, tanto a la comunidad internacional como a sus propios ciudadanos.
Esta ambivalencia entre ideales para considerar a las generaciones futuras y el desarrollo de acciones retardantes para cambios urgentes y necesarios reduce el impacto que busca tener la Agenda 2030, además de que pareciera contradecir, o al menos ralentizar, la postura de sostenibilidad como medida crucial para apoyar a las generaciones futuras. Aun con esto en mente, la justicia intergeneracional está implícitamente incluida en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, pues busca tener un espíritu solidario y de cooperación entre los países del mundo y visualiza cambios para fechas a futuro.
Referencia:
ONU [Organización de las Naciones Unidas] (2015). Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. Resolución A/RES/70/1. 21 de octubre de 2015. Disponible en: https://unctad.org/system/files/official-document/ares70d1_es.pdf
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