La Barra Mexicana de Abodados consideró que el IFT debe promover una nueva controversia constitucional en contra del decreto con la finalidad de defender a los usuarios de telefonía móvil.
Ciudad de México, 8 de mayo (SinEmbargo).- La Barra Mexicana de Abogados (BMA) exhortó al Gobierno federal a respetar la división de poderes y la independencia de los jueces y magistrados involucrados en la tramitación de amparos y la resolución de suspensiones contra el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut).
En ese sentido, la BMA reiteró su rechazo a cualquier medida de presión e intimidación que puede interferir la voz judicial de cualquier juzgador y de manera especial del titular del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica Radiodifusión y Telecomunicaciones, Juan Pablo Gómez Fierro.
Ya que el Juez otorgó el pasado 20 de abril la primera suspensión provisional contra la Panaut a un ciudadano identificado como Óscar González, por considerar que puede afectar los derechos humanos de los usuarios. La medida solo beneficiará a este usuario.
Asimismo, a través de un documento, la BMA señaló que la obligatoriedad del registro del número de una línea telefónica móvil en el Panaut y su cancelación en caso contrario es inconsistente con el artículo 6° de la Constitución mexicana, ya que el Estado debe garantizar el derecho de los servicios de telecomunicaciones, los cuales deberán ser prestados de manera libre y sin injerencias arbitrarias.
Además, la Barra Mexicana de Abogados recordó que para el registro al Panaut se requiere proporcionar datos biométricos, es decir, datos personales y únicos del usuario, lo cual implica una medida excesiva y desproporcionada en contra del artículo 16 de la Constitución, "ello solamente ocurre en países con regímenes cuestionables en materia de derechos humanos", sentenció.
Posicionamiento de la @BMA_Abogados sobre la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que crea el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil. pic.twitter.com/W3U8pPvx4f
— Barra Mexicana, Colegio de Abogados A.C. (@BMA_Abogados) May 8, 2021
La finalidad del Panaut, agregó la BMA, consistente en colaborar con las autoridades en materia de seguridad y justicia en asuntos relacionados con la comisión de delitos es contrario al principio de la presunción de inocencia en términos del artículo 20 de la Constitución.
Ante ello indicó que, de acuerdo con el artículo 28 de la Constitución, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) tiene como principal objeto el desarrollo eficiente de la radiodifusión y las telecomunicaciones más no comprende la operación de Panaut, por lo que consideró que el IFT debe promover una nueva controversia constitucional en contra del decreto con la finalidad de defender a los usuarios de telefonía móvil.
Las declaraciones de la BMA se hacen luego de que el decreto fuera publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) como requisito para que el funcionamiento del padrón de usuarios de telefonía móvil se oficializara.
El decreto publicado en la edición vespertina del DOF establece que sobre cada línea telefónica móvil, el Padrón Nacional incluirá el número de línea telefónica móvil; la fecha y hora de la activación de la línea adquirida en la tarjeta SIM, y nombre completo o, en su caso, denominación o razón social del usuario.
También tendrá otros datos como la nacionalidad del dueño de la línea; su número de identificación oficial con fotografía o Clave Única de Registro de Población del titular de la línea; datos Biométricos del usuario; domicilio del usuario, además de datos del concesionario de telecomunicaciones.
El IFT tendrá que usar su presupuesto actual para administrar el Padrón. “El Instituto Federal de Telecomunicaciones realizará las acciones necesarias para que las erogaciones que se generen con motivo de instalar, operar, regular y mantener el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, se realicen con cargo a su presupuesto aprobado en el presente ejercicio fiscal y subsecuentes”, se lee en el decreto.