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DOF: En enero de 2021 subirán costos de cigarros, refrescos y combustibles por ajuste en IEPS

25/12/2020 - 7:56 pm

Las cuotas estarán vigentes a partir del 1 de enero de 2021, de acuerdo con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

Ciudad de México, 25 de diciembre (SinEmbargo).- El Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) de cigarros, refrescos y gasolinas se actualizará a partir del próximo 1 de enero de 2021, de acuerdo con información de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

Las cuotas aplicables a los tabacos labrados, combustibles automotrices, bebidas saborizadas, combustibles fósiles y las cuotas aplicables a las gasolinas y al diésel que se destinan a las entidades federativas, se actualizarán anualmente y entrarán en vigor a partir del 1 de enero de cada año, recordó la autoridad en un acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF)

Dichas cuotas fueron actualizadas por última vez mediante el "Acuerdo por el que se actualizan las cuotas que se especifican en materia del impuesto especial sobre producción y servicios”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2019.

“El factor de actualización aplicable para el año de 2021 a las cuotas a las que se refiere la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, es de 1.0333, resultado de dividir el Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes de noviembre de 2020, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de diciembre de 2020, que fue de 108.856 puntos, y el Índice Nacional de Precios al Consumidor correspondiente al mes de noviembre de 2019, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de diciembre de 2019, que fue de 105.346 puntos, procedimiento establecido conforme a lo dispuesto por el artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación”, informó Hacienda.

“Conforme al factor de actualización mencionado en el artículo Primero del Acuerdo, la cuota por cigarro aplicable a tabacos labrados que estará vigente a partir del 1 de enero de 2021, es de 0.5108 centavos por cigarro”, detalló en el Diario Oficial.

Las cuotas aplicables a los combustibles automotrices que estarán vigentes a partir del 1 de enero de 2021, son las siguientes: Gasolina menor a 91 octanos, 5.1148 pesos por litro; gasolina mayor o igual a 91 octanos, 4.3192 pesos por litro; diésel, 5.6212 pesos por litro; combustibles no fósiles, 4.3192 pesos por litro.

La cuota por litro aplicable a bebidas saborizadas que estará vigente a partir del 1 de enero de 2021 es de $1.3036 por litro.

Mientras que las cuotas aplicables a los combustibles fósiles que entrarán en vigor son las siguientes: Propano, 7.7291 centavos por litro; butano, 10.0023 centavos por litro; gasolinas y gasavión, 13.5569 centavos por litro; turbosina y otros kerosenos, 16.1918 centavos por litro; diésel, 16.4501
centavos por litro; combustóleo, 17.5558 centavos por litro; coque de petróleo, 20.3767 pesos por tonelada; coque de carbón, 47.7695 pesos por tonelada; carbón mineral, 35.9692 pesos por tonelada; otros combustibles fósiles, 51.9957 pesos por tonelada de carbono que contenga el combustible.

Por último, las cuotas aplicables a las gasolinas y el diésel previstas y que estarán vigentes a partir del 1 de enero de 2021, son las siguientes: gasolina menor a 91 octanos, 45.1449 centavos por litro; gasolina mayor o igual a 91 octanos, 55.0852 centavos por litro; diésel 37.4675 centavos por litro.

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