Las comunidades indígenas de la península de Yucatán interpusieron el recurso de amparo por la ejecución de la consulta para la elaboración del Tren Maya que incumplió con convenios internacionales. El Poder Judicial concedió una suspensión provisional para el proyecto en tanto se determina una posible suspensión definitiva.
Ciudad de México, 28 de enero (SinEmbargo).- El Poder Judicial de la Federación concedió a la suspensión provisional del Tren Maya a comunidades indígenas de la península de Campeche , agrupadas en el Consejo Regional Indígena y Popular de Xpujil (CRIPX) por violaciones a derechos cometidas durante la consulta hecha por el Gobierno Federal.
El 14 de enero las comunidades indígenas pertenecientes al pueblo Maya Peninsular y Ch'ol, de la comunidad de Xpujil en Calakmul, recibieron el fallo de la autoridad judicial en el estado sureño de la República Mexicana. La suspensión consiste en la petición de abstenerse de realizar actos tendientes a la ejecución del proyecto.
Los integrantes del CRIPX se ampararon ante el Poder Judicial por la violación a sus derechos durante la consulta indígena, ordenada por el Ejecutivo, que calificaron de simulada y fraudulenta en un comunicado.
La resolución de suspensión provisional ordena a las autoridades evitar decretos que aprueben la construcción del Tren Maya hasta que se resuelva la suspensión definitiva sobre el proyecto.
El amparo fue interpuesto el 6 de enero por las comunidades indígenas debido a que consideraron que la consulta para la edificación de la vía férrea se simuló, puesto que estas se llevaron a cabo en asambleas informativas y consultivas en las que participaron representantes de las comunidades indígenas y buscaban, según el CRIPX, obtener la aprobación.
"La simulada y fraudulenta consulta indígena ordenada por el Ejecutivo federal y ejecutada en perjuicio de los pueblos indígenas de Campeche, Yucatán, Quintana Roo, Tabasco y Chiapas" y la "ilegal consulta y aprobación del proyecto denominado Tren Maya, cuya acción se realizó en flagrante violación a nuestro derecho humano a que se garantice una consulta previa, libre, informada, de buena fe y culturalmente adecuada", afirmaron las comunidades.
Con base en el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y las determinaciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), las comunidades indígenas denunciaron que la consulta incumplió estas normas.
El grupo de comunidades denunció que la consulta no cumplió con el carácter de informada ni previa. "No recibimos información detallada con antelación suficiente, ni se respetó nuestro derecho a la participación toda vez que la estructura de los foros de la supuesta fase informativa, de fecha 30 de noviembre de 2019, fue diseñada e implementada de manera unilateral", afirmaron.
Las comunidades se quejaron de que el método de consulta no fue acorde con las formas de deliberación y toma de acuerdos de las comunidades. Además denunciaron que sin previa consulta, el proyecto ya había sido anunciado aprobado por canales públicos de información. El CRIPX afirmó que la consulta no se realizó de buena fe y no fue culturalmente adecuada.
"Se repartieron papeletas electorales para depositar en casillas, a modo de votación, sin tomar en cuenta las formas de organización y toma de decisiones de la comunidad", señalaron las comunidades.
La demanda señaló como autoridades responsables al Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador; al Director del Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur), Rogelio Jiménez Pons; a la Secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, y al Director General del Instituto Nacional de Pueblos Indígenas (INPI), Adelfo Regino Montes.