Existe la posibilidad de establecer si la determinación de los montos por indemnización se defina a través de analogías a casos resueltos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) o por la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Ciudad de México, 31 de octubre (SinEmbargo).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó atraer la impugnación de una resolución emitida por la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) sobre a la concesión de medidas de reparación integral por el caso de la Guardería ABC.
Con ello, podría incorporarse el concepto de "daños punitivos" como parte de la reparación integral del daño en la legislación sustantiva de víctimas, según informó la SCJN en un comunicado.
Además, existe la posibilidad de establecer si la determinación de los montos por indemnización se defina a través de analogías a casos resueltos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) o por la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación.
La Primera Sala analizará la concesión de medidas de reparación integral por hechos ocurridos en guardería ABC. Se abre la posibilidad para incorporar el concepto de “daños punitivos” como parte de una reparación integral en la ley sustantiva de víctimas. pic.twitter.com/d5l7znK4Iz
— Suprema Corte (@SCJN) October 30, 2019
Asimismo, se resolverá si en las resoluciones debe distinguir entre víctimas "directas" e "indirectas" por violaciones graves a derechos humanos y proceder para implementar las medidas de reparación integral. Así como el contenido y alcance del principio de complementariedad.
"También podría llevar a definir si la medida de reparación por concepto de “daños físicos” se encuentra o no comprendida dentro de la implementación de medidas de rehabilitación", agregó en el documento.
La SCJN podrá determinar si la CEAV condene únicamente a autoridades federales o a otras de cualquier nivel.
Otro aspecto que se podrá aclarar "es la distinción entre la responsabilidad en la que puede incurrir el Estado en términos de la Ley General de Víctimas y su responsabilidad de carácter patrimonial".
También establecerá si la cuantificación de los daños ocasionados corresponde solo a la CEAV o si existe la posibilidad de que intervenga el Poder Judicial de la Federación, debido a la impugnación de sus resoluciones a través de la promoción de un juicio de amparo.