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"La prevención no son silbatos", dice Sheinbaum, y lanza reforma contra impunidad en feminicidios

09/07/2019 - 4:58 pm

El Gobierno de la Ciudad de México entregó ayer al Congreso local un proyecto de reforma al Código Penal que incluye adecuaciones al Artículo 148 Bis sobre el delito de feminicidio.  En el documento actual se prevé una pena de entre 20 y 50 años de prisión por el delito de feminicidio y se considera como agravante si entre el activo y la víctima existió una relación sentimental, afectiva o de confianza, así como parentesco, laboral o docente.

La reforma propone que se tipifique como feminicidio cuando existan antecedentes o datos que establezcan que “el sujeto activo ha cometido amenazas, acoso, violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar de la víctima”; cuando “haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza”; o cuando entre haya existido una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato, sociedad de convivencia, noviazgo o cualquier otra relación de hecho o amistad.

Ciudad de México, 9 de junio (SinEmbargo).– La administración de Claudia Sheinbaum Pardo busca ampliar en el Código Penal de la Ciudad de México las razones de género para tipificar un asesinato de una mujer como feminicidio. Estas incluyen las desigualdades de género, el parentesco y la relación del victimario con la víctima, así como las condiciones de vulnerabilidad en las que se encontraba la mujer. La mandataria capitalina consideró que la violencia contra la mujer no se previene consilbatos.

El Gobierno de la Ciudad de México inauguró las “Mesas técnicas de acceso a la justicia para mujeres y niñas en casos de muertes violentas de la Ciudad de México”, que son organizadas por el Instituto de las mujeres del Gobierno de México y se han realizado también en otros estados del país. Durante la ceremonia, la Jefa de Gobierno Claudia Sheinbaum destacó que en ellas se va a discutir lo que se está haciendo en la Ciudad de México y lo que falta por hacer para erradicar la violencia contra las mujeres.

Recordó que en su Gobierno se han realizado acciones diversas acciones de prevención y ejemplificó con el despliegue de abogadas de las mujeres en todos los Ministerios Públicos. Aseguró que esta red ha llevado a que 2 mil 500 carpetas de investigación, “que nunca se hubieran abierto por violencia de género” porque antes no se hubieran considerado como delito penal, se abrieron en el período de marzo a junio de este año; aseguró que se elevó también en 300 por ciento, comparado con 2018, las medidas de protección para mujeres en la capital del país.

Para erradicar la impunidad en casos de feminicidios, Sheinbaum Pardo detalló que la Procuraduría ha judicializado al menos 15 feminicidios, “algunos que se recibieron y otros nuevos”. Detalló que en cinco casos ya hay sentencias; que ha habido al menos 6 carpetas de investigación reclasificadas como feminicidio, detalló que en unos casos se investigaba como suicidio.

“La Procuraduría está atacando la impunidad, porque en la medida que logremos generar las condiciones de prevención y erradicar la impunidad […] estaremos erradicando la violencia de género en nuestra Ciudad”, aseguró.

En lo que va de 2019, según los Datos Abiertos de la Ciudad de México, se han cometido al menos 10 feminicidios; en 2018 se cometieron un total de 39.

LOS SILBATOS NO SON PREVENCIÓN: SHEINBAUM

La Jefa de Gobierno también consideró que la prevención de la violencia de las mujeres no se trata de entregar silbatos, como en 2016 lo hico el entonces Jefe de Gobierno Miguel Ángel Mancera, quien anunció la entrega de silbatos rosas para combatir el acoso en el transporte público.

"Como anunciamos hoy, nosotros nos tomamos en serio la prevención, la prevención no son silbatos, la prevención es realmente prevenir la violencia de género", dijo Claudia Sheinbaum a pregunta de los reporteros durante su conferencia de prensa de esta mañana.

Y recalcó que en tema de prevención su gobierno tiene el programa de abogadas en cada Ministerio Público que acompañen a las mujeres y el aumento de la protección.

“Muchas veces como ustedes saben, es histórico en nuestro país y en particular en la Ciudad, en donde una mujer llegaba al Ministerio Público, denunciaba violencia de su pareja o violencia de alguna persona cercana o no cercana, y los ministerios públicos decía: ‘eso no se configura en delito, no es suficiente, mejor regrese la próxima vez o vaya al Instituto de la Mujer a que le den asesoría’”, señaló.

Aseveró que ahora las mujeres son apoyadas por las abogadas y los hechos de violencia quedan asentados en las carpetas de investigación.

BUSCAN REFORMA AL CÓDIGO PENAL

El Gobierno de la Ciudad de México entregó ayer al Congreso local un proyecto de reforma al Código Penal que incluye adecuaciones al Artículo 148 Bis sobre el delito de feminicidio.

En el Código Penal de la capital del país actual se considera como feminicidio cuando por razones de género se prive de la vida a una mujer, y especifica que existen razones de género cuando la víctima presenta signos de violencia sexual, cuando se le hayan infligido lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones previas o posteriores a la privación de la vida.

Cuando existen datos que establezcan que se han cometido amenazas, acoso, violencia o lesiones del sujeto activo contra la víctima; cuando el cuerpo de la víctima sea expuesto, depositado o arrojado en un lugar público o la víctima haya sido incomunicada.

En el documento actual se prevé una pena de entre 20 y 50 años de prisión por el delito de feminicidio y se considera como agravante si entre el activo y la víctima existió una relación sentimental, afectiva o de confianza, así como parentesco, laboral o docente.

La reforma propone que se tipifique como feminicidio cuando existan antecedentes o datos que establezcan que “el sujeto activo ha cometido amenazas, acoso, violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar de la víctima”.

Cuando “haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza”; o cuando entre haya existido una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato, sociedad de convivencia, noviazgo o cualquier otra relación de hecho o amistad.

También se incluye como razón de género para considerar un asesinato de una mujer como feminicidio cuando “exista o haya existido entre el activo y la víctima una relación laboral, docente o cualquier otra que implique confianza, subordinación o superioridad”.

Además se propone incluir como otra razón de género para tipificar como feminicidio cuando “la víctima se haya encontrado en un estado de indefensión, entendiéndose éste como la situación de desprotección real o incapacidad que imposibilite su defensa, ya sea por la dificultad de comunicación para recibir auxilio, por razón de la distancia a un lugar habitado o porque exista algún impedimento físico o material para solicitar el auxilio”.

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