Francisco Javier Pizarro
23/06/2019 - 12:05 am
Filosofando acerca de la 4ta Transformación
La filosofía como forma teórica-racional (conciencia social cognoscitiva) no tiene nada que ver con la religión que incluso es una conciencia social valorativa, no sólo ajena al conocimiento científico, sino también al sentido común, ya que tiene por fundamento los dogmas religiosos y como vía de conocimiento la creencia.
República impulsó a lo largo de su campaña electoral, me he preguntado a cuál conciencia social apela: la valorativa o la cognoscitiva.
En búsqueda de una respuesta fundada, apelé a la filosofía, fundamento de toda concepción del mundo racional y coherente a diferencia de las concepciones mitológicas y religiosas.
Y es que como bien lo señala Antonio Gramsci en su extraordinaria obra La formación de los intelectuales, la filosofía es un “método intelectual”, una concepción coherente del mundo a diferencia del sentido común que es disgregado, no organizado intelectualmente, compuesto de fragmentos de diversas concepciones, con frecuencia contradictorias.
La filosofía como forma teórica-racional (conciencia social cognoscitiva) no tiene nada que ver con la religión que incluso es una conciencia social valorativa, no sólo ajena al conocimiento científico, sino también al sentido común, ya que tiene por fundamento los dogmas religiosos y como vía de conocimiento la creencia.
Nunca me imaginé que la 4ta transformación en varios de los temas complejos que enfrenta el nuevo Gobierno, como los de la crisis migratoria, la austeridad republicana, que se ha convertido en franciscana; la reconstrucción del tejido social, la pacificación del país, la seguridad y la gobernabilidad, se sustente en tres virtudes teológicas como la fe, la esperanza y la caridad.
Infortunadamente esa es la realidad. De ello da cuenta un reportaje especial de aristeguinoticias.com, a cargo de Maru Jiménez Cáliz y Luis Guillermo Hernández, el cual aporta información relevante de acciones que se contraponen con el principio de laicidad y la separación del Estado y las iglesias contemplados en los artículos 24, 130, 40 y 3o constitucionales.
El reportaje -- que hasta ahora no ha sido desmentido--, señala que la Subsecretaría de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos, que preside Daniela Álvarez Maury, el ex sacerdote Chiapaneco, Héctor Miranda Anzá y el abogado en derecho eclesiástico, Jorge Lee, convocaron a mediados de marzo a representantes de la Iglesia Católica, Anglicana, Evangélica, Luz del Mundo y de la Cienciología y también de las iglesias luteranas, budista, Musulmana, Sikh y la judía que forman parte del Consejo Interreligioso de México, a participar en las Mesas Sectoriales de Trabajo para recoger sus opiniones respecto al Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024.
Los fines de esa convocatoria- según declararon los funcionarios convocantes- son dos:
a) Aprovechar su influencia y penetración social de asociaciones, grupos y movimientos religiosos, de todos los credos, de los cuales, según la Dirección de las Asociaciones Religiosas, están registradas 9,359, la mayoría de ellas católicas y evangélicas, que cuentan con alrededor de 95 millones de seguidores conforme a las estadísticas del Inegi.
b) Contribuir a la gobernabilidad, prevención social, y reconstrucción del tejido social en los ámbitos familiar, comunitario, laboral y ciudadano.
Diría al respecto un entrañable amigo: “Esta bien, pero esta mal” porque -- lo acepten o no-- están violando la normatividad constitucional.
Tan lo saben que para taparle “el ojo al macho”, aducen que este proyecto “no contempla la participación activa de las iglesias en la vida política y mexicana ni su intromisión en el diseño de políticas públicas”.
¿Acaso no es una participación activa e intromisión en la vida pública el abrir las puertas a las iglesias para contribuir a la gobernabilidad, prevención social y reconstrucción del tejido social?
Por supuesto que lo es. Corresponde al Estado, no a los cultos religiosos diseñar y ejercer las políticas públicas del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024.
Pero eso no es todo. Para dar sustento legal a la participación de las Asociaciones religiosas en el Plan Nacional de Desarrollo, el Presidente de la República expidió el 31 de mayo pasado un nuevo Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, el cual contempla en el Artículo 83, Inciso XIX: “proponer y coordinar estrategias colaborativas con las asociaciones religiosas, iglesias, agrupaciones y demás instituciones y organizaciones religiosas para que participen en proyectos de reconstrucción del tejido social y cultura de paz, que coadyuven a la consecución de las atribuciones que son materia de la Subsecretaría de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos”.
En este nuevo reglamento se añade un cumulo de nuevas actividades como las de “realizar, participar y auspiciar cursos, seminarios, simposios, foros, diplomados, actos culturales, programas, proyectos y acciones que coadyuven a la difusión de la normativa en materia de culto público, fomento de la tolerancia religiosa” y desde luego, la multicitada “reconstrucción del tejido social.
Dos observaciones al respecto. La primera es que de conformidad con el articulo 130 constitucional “corresponde exclusivamente al Congreso de la Unión legislar en materia de culto religioso y de iglesias y agrupaciones religiosas. La ley reglamentaria respectiva, que será de orden público desarrollará y concretará condiciones y requisitos para el registro constitutivo de las mismas”.
La segunda, el articulo 24 constitucional es otro eje o principio del laicismo que se está vulnerando. Y es que más allá de la separación de la Iglesia y el Estado, la laicidad elevó a rango constitucional la libertad de profesar todo tipo de creencias, sean religiosas o no, con los cual “Se reconoce la protección de ateos, agnósticos y quienes definen otro tipo de convicciones éticas. La separación entre política y religión, se refuerza con la restricción constitucional expresa, en la que se establece que “los discursos religiosos han de excluirse de la esfera política y electoral”.
El ejercicio de las libertades de religión, consciencia y convicciones éticas, corresponde al ámbito privado y no al público, que es donde se toman las decisiones del Estado.
En un Estado laico, como lo es en México, “debe haber autonomía no interferencia, para que todos los ciudadanos e instituciones ejerzan una actitud proactiva de mutuo respeto—por separado- y asuman su obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los Derechos Humanos” (Dixti Javier Martín Reyes, abogado de la UNAM y politólogo del CIDE).
Y agregaría un servidor: la de “respetar, proteger y garantizar también, la libertad de consciencia.
Norberto Bobbio, nos enseño --como bien dijo Claudio Magris, en su artículo “Derecho y Libertad” publicado en la revista Nexos, en conmemoración y homenaje a su fallecimiento-- que “la laicidad no es un credo filosófico específico, sino la capacidad de distinguir las esferas de las diversas competencias; lo que es demostrable racionalmente de lo que es objeto de fe, para prescindir de la adhesión a dicha fe”.
Estoy convencido que esa es la ruta adecuada para que la 4ta transformación de el salto de la conciencia social valorativa, en que está inmersa, a la conciencia social cognoscitiva.
Veremos y diremos.
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