El pleno del Instituto instruyó a la SSPC realizar una búsqueda en todos sus archivos de los documentos que puedan dar cuenta del fundamento legal que permite el uso de gas lacrimógeno en los operativos.
Ciudad de México, 31 de agosto (SinEmbargo).- El pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) dar a conocer el fundamento legal en el que puede ocupar gas lacrimógeno en los operativos que realiza.
El Comisionado Adrián Alcalá Méndez presentó ante el pleno del Instituto el caso de una persona que solicitó la información de dónde se encuentra la justificación para que elementos de la SSPC y de la Guardia Nacional haga uso del gas lacrimógeno.
Alcalá Méndez resaltó que “si bien es prerrogativa del Estado mexicano y sus instituciones hacer uso de la fuerza pública para garantizar la seguridad de las y los habitantes de este país, ésta debe respetar siempre los derechos humanos y la integridad de las personas a quienes se aplica, por lo que, el conocer el fundamento que permite o autoriza a las instancias de seguridad pública, resulta de la mayor relevancia, máxime si consideramos los lamentables abusos de fuerza pública que se han presentado”.
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El Comisionado concluyó que la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana sí puede conocer de la información solicitada, al determinar que, al tener a su cargo la seguridad pública, le es aplicable lo que dispone la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, en donde se prevé el uso de medidas para garantizar la seguridad y el orden público, dentro de los que se encuentran la portación y uso de sustancias irritantes en aerosol, como lo es precisamente el gas lacrimógeno.
“Sobre este asunto quiero manifestar la importancia que reviste el conocer los fundamentos que permiten que se haga uso de mecanismos que pudieran otorgar u ocasionar alguna lesión a las personas y que, por lo mismo, deben apegarse a estos protocolos estrictos que impiden que se utilicen de una manera inadecuada y, obviamente, en abuso de los derechos humanos”, expresó.
El pleno del INAI informó que revocó la respuesta de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y le instruyó realizar una búsqueda en todos sus archivos de los documentos que puedan dar cuenta del fundamento legal que permite el uso de gas lacrimógeno en los operativos que realiza en toda la República mexicana.
Si bien es prerrogativa del Estado mexicano y sus instituciones hacer uso de la fuerza pública, ésta debe respetar siempre los derechos humanos y la integridad de las personas a quienes se aplica: @AdrianAlcala75
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Ayer, el pleno volvió a sesionar, con cuatro de siete comisionados y comisionadas, luego de que el organismo estuviera detenido por cinco meses ante la falta del quórum requerido.
La Comisionada presidenta, Blanca Lilia Ibarra Cadena, informó que, desde el momento en que dejaron de sesionar en el Instituto hasta el corte de del 28 de agosto, se recibieron siete mil 483 recursos de revisión e inconformidad, los cuales se suman a los que ya estaban en trámite.