Para la Comisión de Derechos Humanos de la capital del país, la prolongada demora en la investigación del caso Narvarte, la negligencia e irregularidades en la recolección y realización de pruebas, así como la falta de exhaustividad en el seguimiento de las líneas de investigación, constituyen violaciones al derecho al debido proceso y debida diligencia.
Para los abogados representantes de las familias, por su parte, representan un riesgo de impunidad debido a que, si bien el Poder Judicial de la Ciudad de México aceptó las acusaciones del ministerio público con tales deficiencias, a dos años del multihomicidio –donde asesinaron a cuatro mujeres y un hombre– un tribunal federal puede no considerarlas.
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Ciudad de México, 31 de julio (SinEmbargo).– Las versiones que han dado los detenidos por el asesinato de cinco personas en un edificio de la colonia Narvarte, en la Ciudad de México, son contradictorias y ninguna establece el rol que habría tenido cada implicado en la mecánica del crimen ocurrido hace dos años.
De acuerdo con Daniel Pacheco Gutiérrez, que se dedicaba a pulir carros y fue el primero en ser arrestado, él llegó al departamento en el que ocurrieron los hechos junto con Omar Martínez Zendejas, en Metro y taxi, y a invitación de Abraham Torres Tranquilino, quien ya se encontraba en las inmediaciones del edificio y quien le había invitado a sostener ahí relaciones sexuales con su amiga Mile Virginia Martin, de nacionalidad colombiana.
También, que ésta bajó a abrirles la puerta y que, una vez concluido el encuentro sexual, él salió primero del departamento y luego Abraham, quien le dio una mochila para que la cargara. Del crimen, agregó Pacheco, se enteró la noche del martes 4 de agosto y sólo por los medios.
“Al llegar a la puerta principal nos detuvimos, le pregunté a Abraham que cómo podía salir y éste se regresó por las llaves (…) una vez que llegó Abraham con las llaves, abrió la puerta principal y me salí a la calle caminando hacia el coche de Abraham, y como yo llevaba las llaves de su Megane, procedí a echar la mochila y a esperar a que llegara Abraham, por espacio de 15 minutos que para esto ya eran como las 2:55 horas”, dijo Pacheco en su declaración inicial, del 5 de agosto de 2015.
El ex policía preventivo Abraham Torres Tranquilino, por su parte, declaró que el plan de ir al departamento en la colonia Narvarte fue de Daniel Pacheco, quien quería ir a recoger “lo que tenía Nicole, ya que ella le dijo que había ido por un embarque al aeropuerto; es decir, iba a ir por un embarque de perico”, y que, junto con Omar Martínez Zendejas, lo forzaron a fingir un pretexto para que les abriera la puerta del edificio.
“Cuando llegamos se metieron Omar y Pacheco, y me quedé sentado afuera de las escaleras, vi cuando entró la señora gordita, supongo que la de la limpieza, y ya después salió Pacheco y ya traía la maleta (…) entonces me avienta las llaves, señalando que ellos se tardaron como 40 minutos en el interior, pero este tiempo no se escuchó nada, ni gritos ni nada, sólo los disparos los escuché cuando yo ya estaba prendiendo el Mustang, y recuerdo que fueron cinco, además de que el que traía el arma de fuego era Omar”, dice la declaración inicial de Torres Tranquilino.
Omar Martínez Zendejas, por su parte, declaró sólo haber conocido a Torres Tranquilino por su esposa pero no tener relación alguna con el crimen en la colonia Narvarte “ya que no estuve en el lugar”.
Pese a las diferencias en las tres versiones, y aun cuando Pacheco se desdijo de su declaración inicial en diciembre de 2015, en enero del año siguiente fue calificada como el “principal sustento probatorio” para la acusación contra Abraham Torres tranquilino, sentenciado a 315 años por los cinco asesinatos calificados.
“En tal virtud, y no obstante que el procesado (Pacheco) no realice algún señalamiento respecto a la actividad que él y sus copartícipes desplegaron para privar de la vida a los pasivos, no menos cierto es que aporta elementos probatorios de carácter idóneo que permiten concluir que, en efecto, en la fecha y hora señalada como la de los hechos, al encontrarse en el interior del departamento (…) desplegaron las conductas ilícitas que se les atribuyen. Ello es así en virtud de que posterior a su estancia en dicho sitio es que encontraron sin vida a los hoy occisos…”, dice la sentencia, dictada por el Juzgado 25 en materia Penal de esta ciudad.
“Ello es así no obstante que ante la suscrita, en audiencia de desahogo de pruebas, Daniel Pacheco Gutiérrez no haya ratificado sus declaraciones vertidas ante el ministerio público investigador ni aquellas emitidas ante este juzgado en las diligencias de declaración preparatoria y audiencia de desahogo de pruebas (…) aduciendo que (…) fue objeto de amenazas con causar algún daño a su familia, siendo objeto de violencia física ya que le propinaron golpes en diferentes partes del cuerpo, siendo forzado a firmar las declaraciones con golpes y amenazas”, agrega la sentencia.
La misma explica que “prevalecen sus declaraciones iniciales” debido a que su retractación “no se corrobora con ningún elemento de prueba existente en la presente causa”.
La declaración inicial de Pacheco, sin embargo, tampoco se corrobora, debido a que, como señalaron los abogados coadyuvantes desde los primeros meses, no existe evidencia de que, como lo narró, alguna de las mujeres víctimas haya tenido la actividad sexual.
Tampoco, dice el auto de formal prisión, aportó información sobre la participación que cada imputado habría tenido en el crimen y, en cambio, establece que “en un momento determinado por alguna situación desconocida y omitida por el inculpado, de manera dolosa en forma conjunta”, los tres inculpados determinaron acabar con la vida de las cinco personas hoy víctimas.
La versión de Torres tranquilino, por su parte, tampoco se encuentra reforzada con otros elementos que confirmen si, como dijo, fueron al departamento por algún cargamento de cocaína, si participaron más personas o si, como también afirmó, Omar Martínez Zendejas trabaja para un grupo de la delincuencia organizada.
No hay tampoco, explica el abogado Leopoldo Maldonado, pruebas de balística que indiquen quién disparó el arma calibre 9 milímetros con la que se perpetraron las cinco ejecuciones, ni para saber quién ató a las víctimas y ni aun más huellas dactilares que una de Pacheco encontrada en uno de los clóset.
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La única prueba pericial, explica el abogado de la organización Articulo 19 y que representa a la familia del fotorreportero Rubén Espinosa Becerril, es el análisis de las redes telefónicas que indican que los tres inculpados se encontraban en un radio de un kilómetro alrededor del departamento.
“Se determina que estuvieron en el lugar, pero no se determina quién hizo qué, ni se determina la participación de más personas”, dice Maldonado. “Lo que hay en la escena son pisadas que no corresponden con el número de ninguno de ellos; hay un ADN masculino que no es de ninguno de ellos tres ni de Rubén”, agrega.
La escena del crimen, además, fue contaminada por agentes de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México, que no registraron su primer ingreso, como mostró la investigación realizada por la Comisión de Derechos Humanos.
La misma revisión a la averiguación previa reportó también que fue sólo en una segunda inspección ministerial, entre los días 2 y 4 de agosto de 2015, que se realizaron nuevas intervenciones en el lugar y encontraron elementos para sustentar la narrativa que cerró la línea de investigación alrededor del círculo de la víctima Mile Virginia Martin, como la factura de un vehículo Mustang color rojo.
“Es así que, los días 2 y 4 de agosto de 2015 se realizaron nuevas intervenciones en el lugar de la investigación, en las que se encontraron otros indicios fundamentales para la investigación, entre otros, equipos de cómputo pertenecientes a las víctimas, componentes de equipos de telefonía, dispositivos de almacenamiento masivo de datos, facturas de los vehículos relacionados con los hechos, así como documentales privadas pertenecientes a las víctimas”, dice la recomendación de la Comisión de Derechos Humanos (CDH) de la capital del país, difundida el 21 de junio pasado.
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EL CRIMEN QUE CIMBRÓ A LA CDMX
El crimen se cometió el 31 de julio de 2015, dejando como víctimas mortales a Mile Virginia Martin, de 31 años y de nacionalidad colombiana; a Yesenia Quiroz Alfaro, de 18 y originaria de Baja California; Olivia Alejandra Negrete Avilés, de 40 años y originaria de la Ciudad de México; Nadia Dominique Vera Pérez, de 32 años, nacida en el estado de Chiapas, y a Rubén Espinosa Becerril, de 31 años y originario de la Ciudad de México.
Por el trabajo periodístico de Rubén Espinoza en el Estado de Veracruz, el contexto de reporteros asesinados en México, así como el activismo político de Nadia Vera en esa entidad y a las amenazas que ambos denunciaron de parte del entonces Gobernador Javier Duarte de Ochoa, familiares y organizaciones exigieron la ampliación de la investigación hacia ese contexto.
La Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México, por su parte, lo consideró sólo bajo exigencia de las familias y redujo la indagatoria desde el primer día alrededor del círculo de Mile Virginia Martin.
También desde los primeros días, la Procuraduría capitalina, entonces a cargo del abogado Rodolfo Ríos Garza, mostró un patrón de actuación que, como determinó la CDH, criminalizó a las víctimas.
Esto, debido a que se permitió la filtración a los medios de comunicación de datos sobre las sustancias que habían consumido dos de las cinco la noche previa, pero “sin ningún contexto social ni personal, lo que desvió la atención hacia su propia responsabilidad por estar realizando actividades inadecuadas, dejando de lado las amenazas de las que previamente había sido objeto”.
Para la CDH, la prolongada demora en la investigación, la negligencia e irregularidades en la recolección y realización de pruebas, así como la falta de exhaustividad en el seguimiento de las líneas de investigación, constituyen violaciones al derecho al debido proceso y debida diligencia.
Para los abogados representantes de las familias, por su parte, representan un riesgo de impunidad debido a que, si bien el Poder Judicial de la Ciudad de México aceptó las acusaciones del ministerio público con tales deficiencias, un tribunal federal puede no considerarlas.
“Por como se ha ido construyendo la verdad jurídica, a raíz de la declaración de los inculpados, tres declaraciones que son contradictorias entre sí y, bueno, ya hay una sentencia dictada contra Abraham en la que prácticamente la jueza da por cierto lo que dice la confesión”, dijo Karla Micheel Salas, representante de las familias de Nadia Vera, Mile Virginia Martin y Yesenia Quiroz Alfaro.
“Y lo interesante va a ser cuando dicte las sentencias contra los otros inculpados, donde la historia y la dinámica de lo que ocurrió el 31 de julio varía de manera importante, o radicalmente, de la detención de Abraham, y vamos a tener tres sentencias condenatorias, las tres sentencias darán por ciertos hechos que no tienen ningún tipo de coincidencia, eso es el absurdo del sistema de procuración de justicia”, agregó la abogada.