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El costo de la democracia

#PuntosYComas ¬ Institutos locales electorales representarán gasto de 27 mil 515 mdp

31/01/2024 - 9:14 pm

Los institutos electorales más caros del país (OPLES) son, Estado de México que en 2024 ejercerá un presupuesto de 3 mil 541 millones de pesos; el segundo OPLE más caro es el de la Ciudad de México, con 2 mil 974 millones de pesos de presupuesto; y en la tercera posición está el Instituto Electoral de Nuevo León, con 1 mil 565 millones de pesos. Luego aparecen entre los más caros Jalisco, Veracruz y Puebla.

Ciudad de México, 31 de enero (SinEmbargo).- La duplicidad de funciones y el sometimiento pleno de los Organismos Públicos Locales (OPLES), que organizan los procesos electorales estatales, a las decisiones del Instituto Nacional Electoral (INE), hacen obligada una reforma en la materia, para racionalizar el gasto y aligerar la carga a los contribuyentes. En 2024, los 32 instituto electorales estatales, conocidos como OPLES, representarán un gasto de 27 mil 515 millones de pesos, que rebasan por mucho los 22 mil 323 millones de pesos que ejercerá el INE para la realización de los comicios federales de Presidente de la República, Senadores y Diputados Federales en todo el país.

El sometimiento de los Organismos Públicos Locales al Instituto Nacional Electoral lo determina el artículo 41 de la Constitución General de la República, al establecer que el INE puede asumir directamente la realización de las actividades propias de la función electoral que corresponden a los OPLES, así como atraer a su conocimiento cualquier asunto de la competencia de los institutos electorales estatales, cuando su trascendencia así lo amerite o para sentar un criterio de interpretación.

La misma Constitución establece que corresponde al Instituto Nacional Electoral designar y remover a los integrantes del órgano superior de dirección de los Organismos Públicos Locales. Todas estas atribuciones del INE convierten a los organismos electorales estatales en meras oficialías de partes y oficinas administrativas en materia electoral, que en cualquier momento pueden ser relegadas y sustituidas por la autoridad electoral nacional.

La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales reitera en su Artículo 98 que “el consejero presidente y los Consejeros Electorales de los Organismos Públicos Locales (OPLES) serán designados por el Consejo General del Instituto, por un periodo de siete años, conforme al procedimiento previsto por esta Ley”. Y además agrega que, “los consejeros Electorales de los Organismos Públicos Locales podrán ser removidos por el Consejo General [del INE]”, por incurrir en causas graves, que serán determinadas por el propio Instituto Nacional Electoral.

Este sometimiento de los OPLES al INE está claro también en lo que dispone la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electoralse en su artículo 104, cuando advierte que “corresponde a los Organismos Públicos Locales ejercer funciones, entre otras, en las siguientes materias: a).- Aplicar las disposiciones generales, reglas, lineamientos, criterios y formatos que, en ejercicio de las facultades que le confiere la Constitución y esta Ley, establezca el Instituto [Nacional Electoral]”.

Más adelante, en su Artículo 119, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales reitera que “la coordinación de actividades entre el Instituto y los Organismos Públicos Locales estará a cargo de la Comisión de Vinculación con los Organismos Públicos Locales y del Consejero Presidente de cada Organismo Público Local, a través de la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, en los términos previstos en esta Ley”.

Y agrega el mismo enunciado: “Para la realización de las funciones electorales que directamente le corresponde ejercer al Instituto en los procesos electorales locales, de conformidad con las disposiciones establecidas en la Constitución y en esta Ley, y en concordancia con los criterios, lineamientos, acuerdos y normas que emita el Consejo General del Instituto, la Secretaría Ejecutiva del Instituto presentará a consideración del Consejo General, el proyecto de Plan Integral que contenga los mecanismos de coordinación para cada proceso electoral local”.

CARGOS EN JUEGO

El domingo 2 de junio del 2024 se disputarán en el país 20 mil 375 cargos públicos, de los cuales 629 serán del ámbito federal y 19 mil 746 correspondientes a elecciones locales organizadas por los Organismo Públicos Locales.

Los institutos electorales más caros del país (OPLES) son, Estado de México que en 2024 ejercerá un presupuesto de 3 mil 541 millones de pesos; el segundo OPLE más caro es el de la Ciudad de México, con 2 mil 974 millones de pesos de presupuesto; y en la tercera posición está el Instituto Electoral de Nuevo León, con 1 mil 565 millones de pesos. Luego aparecen entre los más caros Jalisco, Veracruz y Puebla.

En los nueve estados del país donde habrá elecciones de gobernador y de jefatura de gobierno, habrá por lo menos una coalición. Y en el caso de Morelos, habrá tres.

Hasta el momento están anunciadas coaliciones en por lo menos 14 estados para postular candidatos a diputados locales y candidatos a presidentes municipales.

Pedro Mellado Rodríguez
Periodista que durante más de cuatro décadas ha sido un acucioso y crítico observador de la vida pública en el país. Ha cubierto todas las fuentes informativas y ha desempeñado todas las responsabilidades posibles en medios de comunicación. Ha trabajado en prensa, radio, televisión y medios digitales. Su columna Puntos y Contrapuntos se ha publicado desde hace casi cuatro décadas, en periódicos como El Occidental, Siglo 21 y Mural, en Guadalajara, Jalisco. Tiene estudios de derecho por la Universidad de Guadalajara y durante una década fue profesor de periodismo en el ITESO, la Universidad jesuita de Guadalajara.
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