En México nos encanta diseñar elefantes blancos que, a falta de diagnóstico, terminan sirviendo para muy poco. Por ejemplo tenemos un complejo sistema contra la corrupción sin pensar antes en mecanismos de rendición de cuentas y en el acotamiento de las prerrogativas de los funcionarios públicos: lo que mal llamamos “Fuero Constitucional”.
El “Fuero” existe para proteger el quórum de acusaciones hechas contra legisladores que tengan motivaciones políticas. Sin embargo, y como se ha dicho en este espacio, se encuentra tan mal acotado que sólo genera impunidad al convertirse en una especie de patente de corso.
Ayer, en entrevista en Excélsior, el presidente de la Mesa DIrectiva del Senado, Roberto Gil Zuarth, declaró que el Senador con licencia Adán Augusto López Hernández tiene “Fuero” para robar el servicio de luz a la Comisión Federal de Electricidad, porque el hecho de no estar activo en su escaño no quita la protección constitucional. ¿Es cierto?
En realidad no: dejemos a un lado el hecho de que en otros países la protección no opera en delito flagrante. El párrafo primero del artículo 112 constitucional dice: No se requerirá declaración de procedencia cuando alguno de los servidores públicos a que hace referencia el párrafo primero del artículo 111 cometa un delito durante el tiempo en que se encuentra separado de su encargo.
Puede discutirse si arrestarlo generaría problemas en Tabasco. Pero si desease tener amparo en el fuero debería estar en funciones.
Sin embargo, esta prerrogativa está hecha para que la clase política se proteja entre sí. O como se dice: si se va uno, ¿quién apaga la luz?