Mis lectores con más de 4 décadas cumplidas recordarán el programa radial de “La tremenda Corte”; con ese esquema reproduzco lo que sucedió cuando nuestra Suprema resolvió sobre las facultades del Gobierno de rescindir a los maestros que no aprueben el examen docente.
El Juez– ¿Qué caso tenemos hoy secretario?
El Secretario– Un educacidio senor.
QUE PASE EL ACUSADOR, EL LICENCIADO CHAFFA-ET.
Lic. Chaffa-Et– Vengo a acusar a los profesores mexicanos de robarse lo que les pagamos porque no aprueban sus exámenes de evaluación.
QUE HABLE EL ACUSADO.
Profesor– Hace 40 años que nos contrataron y no era obligatorio aprobar los exámenes para seguir siendo maestro, sólo debíamos enseñar lo que estaba en el programa. Además, no nos robamos nada y trabajamos día a día para ganar nuestro sal...
Lic. (interrumpe)– Yo no los contraté, fue Miguel de la Madrid, Carlos Salinas y demás presidentes, reclámenles a ellos.
Prof.– Pero fue el Gobierno...
Lic.– Fueron los emisarios del pasado y la bruja de Elba Esther, vayan con aquellos.
Prof.– No hay tal Reforma Educativa, es una Reforma Laboral para despedir legalmente a los maestros sin justificación legal.
Lic.– ¿Cómo que no es legal? Si ya hasta está en la Constitución. Sí es legal.
Prof.– Pero nuestro contrato de trabajo fue hecho con otra ley y otra Constitución, y no puede cambiarse un contrato con nuevas leyes. No se pueden aplicar en perjuicio de los trabajadores.
El Juez– A ver, díganme, ¿la obligación de evaluarse está en la Constitución?
Lic.– Sí.
Prof.– Sí.
El Juez– ¿Está en la ley?
Lic.– Sí.
Prof– Sí.
El Juez– Entonces la obligación es legal.
Prof.– Pero es anticonstitucional.
Lic.– No señor juez, porque la evaluación también está en la Constitución.
Prof.– Pero el respeto a la antigüedad laboral está en el Artículo 123 de la Constitución.
El Juez– ¿Y en qué artículo está la evaluación?
Lic.– En el tercero.
El Juez– Bueno, si empezamos a contar del uno al 123, ¿Cuál artículo aparece primero señor profesor?
Prof.– El tercero señor.
El Juez– Entonces es más importante que el 123 porque está primero, así también la evaluación es más constitucional que los derechos de los trabajadores. Porque primero es lo primero y segundo es lo segundo.
Prof–. Pero señor juez, la ley no se puede aplicar retroactivamente según el Artículo 14 constitucional.
Lic.– En este caso sí.
El Juez– ¿Por qué?
Lic.– Porque sí.
El Juez– ¿Cómo?
Lic.- Sí se puede, porque sí, sí, sí.
Prof.– Eso es absurdo señor juez. El principio de no retroactividad además está en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en el Pacto de San José; es un principio fundamental del debido proceso. Eso de sí, sí, sí es absurdo.
El Juez (enojado)– Usted señor profesor le ha faltado el respeto a la Corte con el uso de malas palabras, ¡aquí nadie es zurdo, todos somos derechos! Pero además quiere que violemos la soberanía aplicando leyes extranjeras, ¡así que mejor desaloje la sala!
SACAN AL PROFESOR DE LA SALA.
El Juez– Explíqueme eso de la retroactividad Licenciado Chaffa-Et, ¿es el uso de una retroexcavadora para hacer escuelas?
Lic.– Más o menos señor juez, pero se usa para aplicar el Derecho en algunos casos.
El Juez– ¿Cuándo?
Lic.- Cuando así lo dicen los empresarios y nuestro presidente.
El Juez- Ah Licenciado Chaffa-Et, por ahí hubiera empezado, ¿para qué perder tanto tiempo? ¡Escriba Secretario!
El Secretario– ¡Venga la sentencia!!!
El Juez– Se declara que la ley de evaluación es obligatoria y que los profesores que no la aprueben, a los tres intentos serán despedidos sin derecho a reclamar, y además se ordena una colecta para pagar los honorarios del Licenciado Chaffa-Et.
GOLPE DE MARTILLO Y SE LEVANTA EL TOGADO.