Por Edmundo del Pozo
La decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) del pasado 21 de enero sobre una controversia constitucional en torno al Acueducto Independencia tiene graves consecuencias para la subsistencia cultural de la Tribu Yaqui. Aun cuando la resolución parece dirimir un conflicto entre los Municipios de San Ignacio Río Muerto y Cajeme, del Estado de Sonora con el Gobierno Federal, en el fondo se encuentran en juego los derechos humanos del pueblo Yaqui, que han sido afectados por la construcción de este megaproyecto desde 2010 y su posterior operación en 2013.
El fallo, lejos de poner fin al funcionamiento ilegal del Acueducto y resolver el meollo del conflicto, garantiza su continuidad a pesar de ser declarada la invalidez del procedimiento de impacto ambiental por la propia Corte. Este proceder sienta un muy mal precedente para el Estado de derecho en el país, ya que el máximo Tribunal permite que una obra opere sin contar con un permiso básico como es la autorización de Impacto Ambiental. En otras palabras, la SCJN valida una ilegalidad y lejos de garantizar el imperio de la ley, como es su papel, lo vulnera.
La operación ilegal e ininterrumpida del Acueducto Independencia se reafirma ahora por esta decisión de la SCJN, lo cual agudiza la situación de desabasto de agua de la Tribu, tanto para su consumo humano como para su desarrollo agrícola, del cual provienen sus fuentes principales de alimentos. Paradójicamente, fue la SCJN quien ordenó al Gobierno mexicano, por medio del Amparo en Revisión (631/2012), consultar a las comunidades Yaquis para determinar los impactos que la operación del trasvase tenía en los derechos de las comunidades Yaqui. Advirtió, en ese entonces, que en caso de ocasionarse un daño irreparable hacia la Tribu, el Acueducto debía suspender su funcionamiento.
A la fecha, sin embargo, la ejecución de dicha sentencia sigue pendiente debido a que el proceso de consulta se interrumpió el 5 de julio de 2014 por cinco pueblos de la Tribu, debido a que el Gobierno no ha cumplido con los requisitos fundamentales de la consulta establecidos por la SCJN. No se ha dado en forma libre, ni de buena fe, ya que algunos de los representantes de la Tribu que iniciaron el diálogo con las dependencias federales están hoy encarcelados por delitos fabricados por el Gobierno de Sonora, entre ellos Mario Luna Romero y Fernando Jiménez Gutiérrez. En estos últimos meses, además, otros integrantes de la Tribu han sufrido constantes agresiones y amenazas de las autoridades estatales por oponerse de forma pacífica a la obra estrella del Gobernador Guillermo Padrés.
Por otra parte, la autoridades federales tienen pendiente entregar información a la Tribu que permite demostrar con mayor claridad los impactos que le ocasiona la operación del Acueducto, por ejemplo, el estudio sobre el caudal ecológico que indica la cantidad agua se puede extraer de la cuenca del Rio Yaqui. No obstante, durante el periodo que estuvo vigente la consulta, la Tribu Yaqui mostró suficiente evidencia ante las autoridades de SEMARNAT y PROFEPA de los daños irreparables que han sufrido por la actividad ilegal de dicha obra, y han exigido, con base en el criterio de la SCJN, que sea suspendido. Sin embargo, dichas dependencias no han dado una respuesta efectiva y la operación continúa pasando por encima de los derechos de la Tribu Yaqui.
Estos antecedentes no debieron ser ignorados por la SCJN antes de emitir una sentencia de ésta magnitud. Por más que en la formalidad estuviera resolviendo un caso “distinto”, si la Corte está comprometida con la reforma en derechos humanos y ha elaborado Protocolos especiales para la aplicación de justicia para pueblos indígenas, es para que en casos como este los aplique con todo rigor y no les niegue, como ha sucedido, el acceso efectivo a la justicia a la Tribu Yaqui. En esta coyuntura, lo menos que la SCJN debió considerar era que concluyera la ejecución de la sentencia sobre la Tribu Yaqui e indicar medidas eficaces para que la consulta que ella misma ordenó tuviera credibilidad y sirviera de garantía efectiva para el goce de los derechos del pueblo Yaqui. Sin embargo, con este nuevo resolutivo se deja en situación de extrema fragilidad a la Tribu Yaqui. Al cerrarse esta nueva oportunidad para hacerle verdadera justicia apenas quedan las vías internacionales ante el sistema interamericano que suelen ser mucho más lentas.
A pesar del crítico panorama, la Tribu Yaqui tiene una tradición histórica de defensa de su territorio que siempre sale a relucir en momentos como este. Al mismo tiempo, cuenta con el apoyo de las organizaciones en México y a nivel internacional, así como del movimiento ciudadano No al Novillo. Precisamente, en los próximos días la Misión Civil de Observación, que ha reaccionado frente a ésta lamentable sentencia, presentará mayores evidencias ante la opinión pública sobre las violaciones a los derechos de la Tribu en el marco del proceso de consulta. Sigamos vigilantes para impedir que se consume el despojo de los derechos del pueblo Yaqui.