“La salud pública debe enfrentarse a la Gran Industria de Alimentos y a la Gran Industria de Refrescos... Estas industrias odian las regulaciones y se protegen usando las mismas tácticas… El poder en el mercado se transforma en poder político. Pocos gobiernos dan prioridad a la salud sobre las grandes empresas”
Dra. Margaret Chan. Secretaria General de la Organización Mundial de la Salud.
Finlandia, 2013.
Los criterios establecidos por la Comisión Federal para la Prevención de Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) como parte de la Estrategia para Prevenir y Combatir el Sobrepeso, la Obesidad y la Diabetes, para un etiquetado frontal obligatorio que deberán portar los alimentos y bebidas procesadas, el distintivo nutrimental que otorgará la Secretaría de Salud para que los consumidores podamos distinguir las mejores opciones en alimentos y bebidas, y para regular la publicidad de estos productos en los horarios infantiles de televisión, fueron elaborados por la industria. Esta información la sostenemos exponiendo las mentiras de COFEPRIS al señalar que estos criterios vienen del Codex Alimentario, de la Organización Mundial de la Salud y de la Unión Europea. En las dos entregas anteriores expusimos las definiciones del Codex y la OMS sobre etiquetado e ingesta de azúcar demostrando que los criterios de COFEPRIS van en sentido totalmente contrario a los de estos organismos.
Funcionarios de COFEPRIS han declarado públicamente y establecido en sus comunicados que sus criterios están al más alto nivel de las prácticas internacionales y son los que se aplican en Europa. El desaseo en este proceso marcado por la intervención de la industria quedó registrado en el propio documento de la Estrategia Nacional para la Prevención y el Control del Sobrepeso, la Obesidad y la Diabetes donde se explica que en el distintivo nutrimental: “la propuesta es utilizar los criterios hoy aceptados por el “Pledge” de la Unión Europea. Usted podrá pensar que se trata de criterios establecidos por la Unión Europea, pero no es así. Lo invito a visitar la página de esta iniciativa poniendo en el buscador: EU Pledge. En esa página encontrara que los criterios que retomó COFEPRIS vienen de “una iniciativa voluntaria de compañías de alimentos y bebidas”. Y ahí mismo, en la primera página podrá ver quienes elaboraron estos criterios:
COFEPRIS no sólo ha retomado los criterios de autorregulación elaborados por la industria y marginado de su elaboración a los institutos nacionales de salud y a la academia mexicana, ha llegado al extremo de tomar estos criterios y debilitarlos, volverlos más laxos, permitir mucho más de lo que las propias empresas se permiten a sí mismas. Se han atrevido a darles mayores beneficios a la industria de lo que se estas empresas se dieron a sí mismas en Europa.
Los favores que ha hecho COFEPRIS por un lado valen millones de pesos para la industria y, por otro, millones de pesos en gastos para salud. Se sabe que los etiquetados útiles para los consumidores y la regulación efectiva de la publicidad de alimentos y bebidas reduce el consumo de productos altos en azúcares, grasas y sal. Bajan los ingresos de los fabricantes de esos productos y bajan los costos en salud para los servicios el Estado y las familias. Al contrario, si los etiquetados engañan y no se regula de manera efectiva la publicidad, se mantienen o incrementan las ventas de estos productos, ganando las empresas, y aumentan los daños en salud, perdiendo el sistema de salud pública y las personas y familias. Esto último es lo que estará pasando en México con los nuevos criterios de etiquetado y publicidad.
¿Cómo podemos afirmar lo anterior? No sólo se trata de que COFEPRIS retomó criterios desarrollados por las empresas totalmente permisivos si son comparados con las regulaciones impuestos por gobiernos. Se trata del hecho de que COFEPRIS incorporó productos que el “EU Pledge” (las industrias) habían retirado de la publicidad dirigida a niños por su daño a la salud. Es bien conocido que el consumo de bebidas con alto contenido energético es una de las principales causas de sobrepeso, obesidad y diabetes. De ahí que se justificara la aplicación de un impuesto a las bebidas azucaradas en México. Por estas evidentes razones, las empresas al elaborar el “EU Pledge” no incluyeron los néctares y jugos como productos que pudieran ser anunciados para los niños. Los néctares son productos con altas cantidades de azúcares añadidos y los jugos, por su alta concentración de calorías, libres de toda la fibra de la fruta, son considerados como azúcares añadidos por la Organización Mundial de la Salud. COFEPRIS retoma los criterios del “EU Pledge” e incluye a los néctares y los jugos no sólo para que se publiciten en horarios infantiles de televisión sino también para que varios de ellos puedan portar el distintivo nutrimental. COFEPRIS crea así otra situación insostenible: una bebida con impuesto como los néctares puede cumplir con los criterios para el distintivo nutrimental y anunciarse para niños. Para Del Valle (propiedad de Coca Cola) y para Jumex, estos criterios resultan de maravilla, No para la salud pública.
Otro caso es el de los panes, pastelillos y barras de cereal. El “EU Pledge”, como puede consultarse en su página electrónica, establece que el criterio para que estos productos se puedan publicitar para niños es que no excedan el contenido de 13.5 gramos en una porción de 100 gramos. A COFEPRIS este criterio elaborado por la propia industria no le pareció adecuado, incrementó el contenido de 13.5 a ¡30 gramos de azúcar por cada 100 gramos para pan dulce! y ¡35 gramos de azúcar por cada 100 gramos de barra de cereal!. Para Bimbo y Pepsico-Gamesa-Quaker este criterio también es maravilloso, No para la salud pública.
Sólo para que el lector se lleve una idea de lo que deberían ser estos criterios desde una fundamentación científica, impuesta por el gobierno en protección dela salud pública, presentamos el caso del pan. El sello distintivo desarrollado por Dinamarca, Noruega y Suecia como orientación nutricional, sólo puede otorgarse al pan que tiene menos 5 gramos de azúcar por 100 gramos del producto. Este es el mismo criterio del etiquetado inglés del semáforo, el verde corresponde a los alimentos que tienen menos de 5 gramos de azúcar por 100 gramos de producto. Recordamos: para COFEPRIS el pan puede tener hasta 30 gramos de azúcar por 100 gramos de producto para tener el sello y poder publicitarse. A través del “EU Pledge” las empresas se habían atrevido a subir ese criterio a 13.5 gramos por 100 gramos de producto. COFEPRIS se atreve a más, mucho más, no para proteger a la población contra riesgos sanitarios.
Un elemento más que explica esta situación es la información que ha trascendido en varios diarios de circulación nacional en la que se comenta que los investigadores de institutos de salud pública de nuestro país han recibido órdenes de no declarar. En un medio se le llamó la Ley Mordaza de la Secretaría de Salud. Sin duda, el origen de esta situación se origina en los criterios que elaboró COFEPRIS sin ninguna consulta con los institutos y el medio académico.
Para concluir, citemos el muy reciente informe del Relator Especial de Naciones Unidas por el Derecho a la Salud, Anand Grove, presentado recientemente al Consejo de Derechos Humanos de la Asamblea General de Naciones Unidas en el que expone como la comercialización a escala mundial de alimentos altamente procesados, su etiquetado y publicidad engañosa, entre otros elementos, es la principal causa de la epidemia global de obesidad y diabetes. Citamos, por su trascendencia, la referencia a la intromisión de los intereses empresariales en la política pública y sus consecuencias:
“Como alternativa a la autorregulación, se ha recomendado la colaboración entre gobiernos y empresas de alimentación. Uno de los principales motivos invocados en pro de la asociación entre empresas privadas de alimentos y gobiernos es que esas empresas tienen la capacidad de fomentar hábitos alimentarios más sanos y, por lo tanto, pueden contribuir a reducir y prevenir la epidemia de obesidad. No obstante, el conflicto de intereses entre la obligación del Estado de promover la salud pública y la responsabilidad de las empresas de aumentar los beneficios de sus accionistas hace que la asociación de lo público y lo privado no inspire confianza. Además, la estrecha relación entre las empresas de alimentos y bebidas y los organismos públicos puede redundar en una falta de transparencia e independencia de los organismos reguladores, que llegue a socavar la eficacia de la asociación entre los sectores público y privado en los esfuerzos del Estado por reducir las enfermedades no transmisibles vinculadas a la alimentación”.