Por Mariana Mora, investigadora del área de Derechos Humanos de Fundar.
"Condenamos todo lo que ha hecho el Ejército. Exigimos que nos traten como ciudadanos. Nosotros como pueblos indígenas somos ciudadanos de tercera. Los de primera son las Fuerzas Armadas, porque los derechos están hechos para protegerlos a ellos, a sus intereses. Las leyes no están hechas para nosotros los ciudadanos y mucho menos para los que somos indígenas, que hablamos otra lengua y vivimos en regiones pobres. Pero aquí estamos luchando por la justicia".
Así fue como Don José Rubio, hermano de Bonfilio Rubio —hombre indígena nahua asesinado en junio de 2009 por miembros del Ejército en un retén militar en Guerrero—, denunció los privilegios que hasta la semana pasada gozaban las Fuerzas Armadas. Durante una conferencia de prensa en mayo de 2012, Don José detalló su experiencia con las instancias de justicia militar que imposibilitaban la investigación imparcial de los responsables de la muerte de su hermano. Se refería específicamente al sistema de jurisdicción militar que se regía bajo marcos que establecían que todo acto cometido por miembros del Ejército, incluidos aquellos cometidos contra civiles, se investigaba y juzgaba bajo el sistema de justicia militar.
Esto quiere decir que en los distintos momentos en que las Fuerzas Armadas han cometido atrocidades contra la población mexicana —como el periodo de los operativos de contrainsurgencia durante la guerra sucia de las décadas de 1960-1980, las represiones contra poblaciones indígenas en respuesta al levantamiento del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN) en 1994 y más recientemente, en el marco de la guerra contra el narcotráfico—, han actuado como juez y parte a la hora de investigar y juzgar estos hechos. Dichos parámetros han servido para nutrir la impunidad de los integrantes del Ejército y permitir que se cometan actos de desaparición forzada, tortura sexual, ejecuciones extrajudiciales, entre otros actos que violan los derechos fundamentales de las personas. Tan solo en años recientes, de acuerdo a una carta publicada por la organización estadounidense Human Rights Watch, entre enero de 2007 hasta mediados de 2013, existen por lo menos 5,500 casos de violaciones a los derechos humanos cometidos por presuntos militares contra civiles y cuyas investigaciones fueron iniciadas por la Procuraduría General de Justicia Militar.
Con estos antecedentes fue que el pasado 30 de abril, durante el último día de sesiones en el Congreso, los diputados y diputadas aprobaron por unanimidad —428 votos a favor, sin votos en contra ni abstenciones— reformas al Código de Justicia Militar, al Código Federal de Procedimientos Penales y a la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados. Con la decisión queda excluido de la justicia castrense todo delito contra civiles cometido por militares. Ningún acto que viola los derechos humanos de civiles podrá ser investigado o juzgado por las instancias castrenses: ahora son de competencia de los tribunales civiles.
Ello representa un paso indispensable para establecer mecanismos de control democrático de las Fuerzas Armadas en México. Esto significa una victoria para Don José Rubio y otras miles de víctimas y sus familiares, incluidas Tita Radilla, Inés Fernández, Valentina Rosendo, Rodolfo Montiel y Teodoro Cabrera; cuyos casos resultaron en sentencias contra el Estado mexicano en la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
La votación unánime a favor fue el último paso de una cadena de acciones colectivas, a lo largo de más una década, que implicaron en primera instancia a las víctimas y a sus familiares; mismas que decidieron judicializar sus casos y exigir su derecho a la justicia. También es un reconocimiento al trabajo incansable de los defensores de derechos humanos que los acompañan y las redes de derechos humanos en el ámbito internacional en las que se insertan. Y en esta última etapa, vale la pena señalar el papel decisivo que jugaron algunos integrantes del Senado.
Si bien las reformas asientan una base imprescindible para contar con controles democráticos de las Fuerzas Armadas, quedan aún tareas pendientes por atender. Una de ellas es extender la jurisdicción civil a los casos de violaciones a los derechos humanos cometidos por militares contra integrantes de la misma institución castrense.
Más allá de las reformas establecidas, falta regresar las funciones de las Fuerzas Armadas a su tarea exclusiva de defensa de la seguridad nacional; es decir, excluir a la institución castrense de las funciones de seguridad pública. Lo anterior es una de las recomendaciones que el Sistema Interamericano identifica como prioritario para prevenir más violaciones graves a los derechos humanos de la población. A su vez, las víctimas —como Inés Fernández y José Rubio— siguen insistiendo en desmilitarizar la vida cotidiana de sus regiones como un sentido más amplio de justicia. A estos reclamos se suman las hermanas González, mujeres Tseltales violadas por soldados en un retén militar en el ejido Morelia, Chiapas, en 1994, que ofrecieron sus testimonios durante un encuentro público en el marco del Tribunal Popular de los Pueblos (TPP) realizado en San Cristóbal de las Casas en marzo de 2012.
Las hermanas González insistieron que su lucha por la justicia no es solo para ellas mismas, ni para la población de Chiapas, sino para todo México: "Exigimos al gobierno mexicano que salgan los militares de las comunidades, que responda y respete nuestros derechos. Para eso nos tenemos que organizar". Sus palabras no solo nos recuerdan el horizonte que marca las tareas pendientes, sino un hecho muy importante: la responsabilidad de eliminar el trato de "ciudadanos de tercera" nos corresponde a todos.