Ayer discutía con mi papá acerca de un correo que me envió en el que venía una carta de una madre a la que le habían matado a su hijo y que ahora le escribía a la madre del asesino. Evidentemente la carta era muy dolorosa y explicaba todos los sentimientos que puede tener una víctima que pierde a su hijo. Sin embargo, el correo terminaba con una frase que es la bandera y el pensamiento de muchos mexicanos con los que no concuerdo: los derechos humanos son para los humanos que son derechos.
Me recordó entonces las pláticas que tenía con mi jefe cuando trabajaba en la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, quien me decía que mucha gente le hacía comentarios haciendo alusión a que los derechos humanos defendían a los delincuentes.
Primero que nada, para no entrar en conflictos –aunque seguramente entraré, porque es un tema muy debatible sobre todo en la actualidad–, hay que decir que la Organización de las Naciones Unidas en ningún momento establece que existen diferencias cualitativas entre seres humanos, pero los individuos tendemos a clasificar entre ciudadanos honrados, delincuentes, agresores, víctimas, buenos, malos, desviados, normales, marginados, integrados, etc. Y se puede llegar a pensar que algunos de estos grupos no merecen ser garantes de dichos derechos.
Los derechos humanos son universales, para todos sin diferencia alguna, y no dependen de la calidad del sujeto ni de su conducta; de otra forma todos estaríamos expuestos a sufrir vejaciones simplemente por pertenecer a un grupo no aceptado por la sociedad.
Les comparto algunas de las creencias comunes acerca de los derechos humanos, sobre todo en cuanto a los delincuentes se refiere; y las respuestas que yo les daría, con base en la normatividad internacional:
– Los delincuentes no deberían de tener derechos humanos, ya que ellos vulneraron a otros.
Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. (Naciones Unidas)
En el apartado de cualquier otra condición cabe perfectamente la situación jurídica. No importa si el sujeto es procesado, sentenciado o un individuo sin problemas con la justicia. El hecho de que ellos hayan vulnerado a otros no les quita su condición de humanos.
– Los delincuentes se atreven a más delincuencia porque se sienten protegidos por los derechos humanos.
El problema no está en la garantía de los mismos sino en la impunidad y en la corrupción. Que no se violen los derechos humanos de un delincuente no quiere decir que no tengan que cumplir con las penas establecidas por la ley. Se debe de ejercer justicia, privación de libertad al que realmente la merezca, pero el Estado debe, sin excepción alguna, tratarlos con la dignidad y el respeto que les da el simple hecho de ser individuos. En ninguno de los 30 artículos de la Declaración Universal de los Derechos Humanos se establece que las organizaciones protectoras lucharán porque no se ejerza la ley y porque las personas no cumplan con sus penas.
La impunidad y la corrupción son dos de los factores de riesgo por lo que los delincuentes podrían seguir delinquiendo, no porque se les respeten sus garantías individuales.
– Se les debe de hacer lo que ellos hicieron.
Desde finales del siglo XIX, los Estados comenzaron a tomar el control sobre el castigo, ya que anteriormente las sociedades seguían ejerciendo justicia por propia mano, existiendo un círculo infinito de venganza privada. Básicamente la ley que regía era la del Talión: “ojo por ojo y diente por diente”. Pero con el tiempo hemos evolucionado y ahora el Estado debe ejercer el papel de mediador para evitar estas venganzas que a nada bueno conducen.
Los derechos humanos son inalienables. No deben suprimirse, salvo en determinadas situaciones y según las debidas garantías procesales. Por ejemplo, se puede restringir el derecho a la libertad si un tribunal de justicia dictamina que una persona es culpable de haber cometido un delito (Naciones Unidas).
Claramente se establece que las penas pueden restringir el derecho de la libertad, pero solamente eso. No se les pueden violar los demás derechos. Las penas de prisión únicamente coartan la deambulación física. Además, los derechos humanos son interdependientes e indivisibles, es decir, que están interrelacionados unos con otros. El hecho de respetar algún derecho humano fomenta que se respeten los demás y al contrario la privación de alguno afecta negativamente a los demás.
Para concluir quiero reiterar que garantizar y respetar la dignidad de los seres humanos así como la igualdad entre todos, no contradice al ejercicio de la justicia.
@criminologiamex