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En 4 años, Puebla acorrala a 38 mujeres por abortar; penaliza la práctica sin contemplaciones

30/05/2019 - 4:00 pm

El Sistema Nacional de Seguridad Pública tiene documentados 38 casos de mujeres que han sido perseguidas por abortar. Esta cifra se ha registrado desde 2015 a abril de 2019. Hace cuatro años se registraron siete casos; para el año siguiente la cantidad subió a 13. Sin embargo, a partir del 2017, las denuncias disminuyeron pues se reportaron nueve, posteriormente cinco y hasta abril de este año se han contabilizado cuatro denuncias por casos de aborto en Puebla.

Por Nallely Guadarrama Castillo

Puebla, 30 de mayo (PeriódicoCentral).– En Puebla existen 38 carpetas de investigación en contra de mujeres que decidieron abortar, de las cuales 13 pertenecen a la capital del estado, según datos arrojados por el informe del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP).

En el Congreso de Puebla se generó la polémica en torno al aborto luego de que la Diputada del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Rocío García Olmedo, presentó una iniciativa de Reforma al Código Penal del Estado a fin de reducir las penas por este delito.

En su documento se contempla cambiar el artículo 342 y reducir la pena que deben purgar las mujeres en la cárcel. Al mismo tiempo, propone que en lugar de que vayan a prisión realicen trabajo comunitario.

El Sistema Nacional de Seguridad Pública tiene documentados 38 casos de mujeres que han sido perseguidas por abortar. Esta cifra se ha registrado desde 2015 a abril de 2019. Foto: Andrea Murcia, Cuartoscuro

Esto ha generado polémica entre los que están a favor y en contra del aborto, incluso este martes 28 de mayo colectivos y mujeres a favor del aborto legal se manifestaron para pedir la legalización.

El Sistema Nacional de Seguridad Pública tiene documentados 38 casos de mujeres que han sido perseguidas por abortar. Esta cifra se ha registrado desde 2015 a abril de 2019.

El informe reveló que la capital poblana es el municipio con más denuncias, pues en los últimos cinco años se reportaron 13 casos. Foto: Andrea Murcia, Cuartoscuro

En 2015 se registraron siete casos; para el año siguiente la cantidad subió a 13. Sin embargo, a partir del 2017 las denuncias disminuyeron, pues se reportaron nueve, posteriormente cinco y hasta abril de este año se han contabilizado cuatro denuncias por casos de aborto en Puebla.

MUNICIPIOS CON DELITO DE ABORTO

El informe reveló que la capital poblana es el municipio con más denuncias, pues en los últimos cinco años se reportaron 13 casos.

San Andrés Cholula y Zacatlán registraron tres casos respectivamente, mientras que Huejotzingo, Tehuacán, Tepeaca, Teziutlán y Tlatlauquitepec contabilizaron dos cada uno.

Finalmente, los municipios de Ahuazotepec, Atempan, Atlixco, Chalchicomula, Chignautla, Cuetzalan, Tecali, Tecamachalco y Tetela de Ocampo reportaron un caso cada uno.

DIPUTADA LOCAL CREA POLÉMICA CON PROPUESTA

El pasado 20 de mayo, a coordinadora del grupo parlamentario del PRI en el Congreso de Puebla, Rocío García Olmedo, presentó una iniciativa en materia del aborto; sin embargo, ésta no fue para despenalizarlo, sino para reducir las penas en contra de las mujeres que lo realicen.

Entre los cambios más relevantes de la iniciativa, se encuentran las modificaciones al artículo 342, que incluyen las penas en contra de más mujeres que aborten.

Actualmente, dicho artículo refiere que “se impondrán de seis meses a un año de prisión a la madre que voluntariamente procure su aborto o consienta en que otro la haga abortar”.

Con la propuesta de la priista se pretende que el artículo 342 quede de la siguiente manera:

“Se impondrán de tres a seis meses de prisión a la mujer que voluntariamente practique su aborto o consienta que otro la haga abortar”.

Además, agrega que, en lugar de prisión, las mujeres que se realicen un aborto tendrán de 100 a 365 días de labor comunitaria.

Otro de los cambios importantes es al artículo 343 del Código Penal que habla sobre las causales del cuando el aborto no es sancionable.

La Diputada priista pretende que además de, por una violación, la mujer puede practicarse el aborto cuando el embarazo “sea resultado de una inseminación artificial independientemente de que exista o no, causa penal sobre dichos delitos previos al aborto”.

También propone que no se sancione “cuando a juicio de dos médicos especialistas exista razón suficiente para diagnosticar que el producto presenta alteraciones genéticas o congénitas que puedan dar como resultado daños físicos o mentales en el mismo siempre que se tenga el consentimiento de la mujer”.

Fue en octubre de 2018 cuando Rocío García indicó que presentaría una propuesta para despenalizar el aborto en el estado, pues dijo que ella está en contra de criminalizar a las mujeres. Sin embargo, hasta el momento esta iniciativa no se ha presentado.

Otro de los cambios importantes es al artículo 343 del Código Penal que habla sobre las causales del cuando el aborto no es sancionable. Foto: Andrea Murcia, Cuartoscuro

LAS CONDENAS POR ABORTO EN MÉXICO

A partir de 2014, el aborto en México se considera como un delito no grave con excluyentes de responsabilidad penal, es decir, existen causas que impiden su punibilidad. Sin embargo, cada año el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública registra más de 500 denuncias relacionadas con este agravante.

En opinión de las expertas consultadas por SinEmbargo, las cifras son muestra de la estigmatización que padecen las mujeres al decidir sobre su propio cuerpo. Esta acción que quebranta lo establecido por las leyes nacionales y por organismos internacionales como la Organización Mundial de la Salud y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, las cuales priorizan el cuidado y la atención a la salud de la mujer en cualquier controversia relacionada con la interrupción del embarazo.

No existe una cifra sobre el número de abortos realizados en el país, la ilegalidad de la práctica impide realizar el conteo de fallecimientos asociados con el procedimiento. Lo que las especialistas sí pueden afirmar es que las niñas y las mujeres de escasos recursos son las más propensas a pasar los riesgos que esto implica. Foto:Diego Simón Sánchez, Cuartoscuro.

María Consuelo Mejía, fundadora y titular de la organización Católicas por el Derecho a Decidir, explicó que los prejuicios se forman en el entorno social, cultural y legal, y que estos son la razón de que las mujeres pongan en riesgo su integridad física y emocional.

“La concepción de salud que está vigente es la de la OMS que defiende la salud como un estado de bienestar general. Desde esa concepción, cuando una mujer decide interrumpir un embarazo lo hace por razones que son completamente justificables para ella, es su decisión porque por los factores que sea no está lista para seguir con un embarazo en ese momento y considera que lo mejor es interrumpirlo. Cuando ella se encuentra con obstáculos culturales, sociales legales y afectivos se generan daños a salud emocional y física. Es esencial que se entienda al aborto como un problema de salud y de salud reproductiva; debe entenderse que las mujeres tienen el derecho a decidir y a continuar con sus proyectos de vida sin ninguna otra situación”, sentenció.

Para Mejía, pensar en la salud de las mujeres implica considerar el aborto como una posibilidad no punible, sobre todo cuando es una decisión propia. Hasta ahora la ley mexicana no ha podido homologar en cada uno de los estados el derecho de las mujeres a decidir. Los avances no han sido pocos, pero siguen sin ser suficientes.

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