El Comisionado Acuña refirió que la integridad del padrón electoral, si bien es un asunto del INE, también involucra al INAI porque es la autoridad administrativa en materia de protección de los datos personales de las y los ciudadanos mexicanos.
Ciudad de México, 30 de marzo (SinEmbargo).- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) aprobó interponer una acción de Inconstitucionalidad ante la Supera Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra de diversas disposiciones contenidas en el Plan B de la Reforma Electoral, impulsado por el Presidente Andrés Manuel López Obrador, por vulnerar los datos personales de las y los mexicanos.
La Comisionada Blanca Lilia Ibarra señaló que el Plan B “podría vulnerar la protección de datos personales de la sociedad mexicana”, por lo que decidieron emprender la acción ante la SCJN.
“Quienes integramos este órgano máximo de dirección hemos sostenido que el INAI es parte del sistema de pesos y contrapesos para lograr un equilibrio de poderes, pues tiene facultades que le permiten frenar actuaciones violatorias de derechos humanos”, expresó la Comisionada Ibarra.
El Pleno del INAI aprobó interponer, ante la @SCJN, Acción de Inconstitucionalidad en contra de diversas disposiciones contenidas en el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia electoral. pic.twitter.com/tsJUTTTyJb
— INAI (@INAImexico) March 30, 2023
“Será la SCJN quien delibere sobre los alcances y consideraciones; seremos respetuosos de los procesos y de la resolución de nuestro Máximo Tribunal. Confiamos que su trabajo colegiado, plural y experto podrá ponderar las posibles amenazas que la reforma supone para la privacidad”, agregó.
Asimismo, la Comisionada Josefina Román hizo énfasis en que el desarrollo de las tecnologías de la información ha tenido sobre el proceso democrático ha permitido a la ciudadanía acercarse, sin embargo, el decreto presidencial preven la implementación de diversos mecanismos que inciden en el tratamiento de datos personales.
“Cuando se trata de datos personales sensibles el riesgo es doble por su propia naturaleza y por tener serias implicaciones para la democracia y el ejercicio libre e informado de los derechos políticos, con ello, se han abierto grandes cuestionamientos relacionados con el tipo de límites y controles que deben existir con el tratamiento debido de los datos personales”, explicó.
Román recomendó que las reformas que se pretendan implementar en materia electoral “cumplan con los parámetros constitucionales en materia de protección de datos personales”.
Por su parte, el Comisionado Francisco J. Acuña refirió que el INAI se “suma a este paralelismo circunstancial”, puesto que “la integridad del padrón electoral es un asunto que, después del INE como su custodio, nos toca al INAI en tanto que somos la máxima autoridad administrativa constitucional en materia de protección integral de datos personales”.
El pasado 24 de marzo, el Ministro Laynez Potisek concedió al INE una suspensión a la entrada en vigor del Plan B electoral, por lo que podrá seguir operando como lo hacia antes de la reforma impulsada por el Presidente Andrés Manuel López Obrador.
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También otorgó la suspensión solicitada por el INE respecto de todos los artículos impugnados del Decreto para efecto de que las cosas se mantengan en el estado en el que hoy se encuentran y rijan las disposiciones vigentes antes de la respectiva reforma.
El Ministro de la SCJN aseguró que entregó la suspensión “para evitar la posible disminución de la capacidad operativa del órgano y con ello salvaguardar el sistema democrático nacional“.