Economía

El Senado aprueba en lo general la Reforma Laboral en medio de críticas del sector patronal

29/04/2019 - 2:55 pm

El Senado de la República aprobó en lo general la Reforma Laboral en medio de cuestionamientos de algunos líderes sindicales y el sector patronal mexicano, que alertó que la legislación contiene al menos 10 artículos que atentan contra los derechos de trabajadores y empleadores.

Ciudad de México, 29 de abril (SinEmbargo).– Con 120 votos a favor, 0 en contra y 2 abstenciones, el Senado aprobó en lo general la Reforma Laboral, que contempla 479 artículos modificados de los 1,010 con que cuenta la Ley Federal del Trabajo.

La nueva normatividad suprime las Juntas de Conciliación y Arbitraje y da paso para que el Poder Judicial Federal resuelva los conflictos entre sindicatos y patrones, entre trabajadores y la clase patronal.

Los senadores votaron en lo general el dictamen para reformar disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, Ley Federal de Defensoría Pública, Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley del Seguro Social.

La iniciativa, aprobada por los diputados el 11 de abril y turnada al Senado, fue cuestionada por algunos líderes sindicales y la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), esta última alertaba que la legislación contiene artículos que atentan contra algunos derechos de los trabajadores y pondría en riesgo a las empresas.

Los artículos 154, 784, 371, 390 BIS, 400 BIS, 927 Fracción V, 937, 920 y 929 de la iniciativa que aprobaron los diputados deben ajustarse y mejorarse, consideró Gustavo de Hoyos Walther, presidente de la Coparmex.

“El Senado debe ajustar y mejorar reformas a la Ley Federal del Trabajo que le envió la Cámara de Diputados. No debe realizar una aprobación irreflexiva, apresurada artificialmente y cobarde ante presiones externas”, destacó en su cuenta de Twitter.

Por ejemplo, el artículo 784 de la iniciativa obliga al empleador a probar que no despidió a su colaborador, mientas que el 400 BIS refiere que el Contrato Colectivo de Trabajo, pactado por la empresa y el dirigente sindical, debe aprobarse en una asamblea de trabajadores, lo que quita el poder a los líderes sindicales.

“El Senado debe corregir este paso que no existe en Estados Unidos #CláusulaDeLíderPintado”, escribió Gustavo de Hoyos.

Sobre el derecho de huelga de los trabajadores, Coparmex destacó que los artículos 927 fracción V y 390 fracción tercera deja a la decisión unilateral del sindicato estallar la huelga o diferir en su fecha, por ello, pidió al Senado establecer la prórroga de común acuerdo con la empresa.

En otro artículo, el 937, se priva a la empresa del derecho a pedir la calificación de una huelga estallada, según Coparmex. Pidió que los senadores lo adecuen para que las huelgas no se prolonguen de forma interminable.

Otra observación que realizó Coparmex a la iniciativa de la Ley Federal del Trabajo es al artículo 245 Bis, que sugiere existan varios contratos colectivos para una sola empresa.

Actualmente el contrato colectivo lo maneja el sindicato mayoritario de una empresa, lo que ha causado discrepancias con los gremios recién creados, pues acusan a los sindicatos charros de manipular a los trabajadores.

Para la Coparmex, el Senado debe adecuar para que cada empresa tenga el mismo contrato aplicable a todos sus trabajadores.

Otro artículo que debe ser adecuado es el 371, el cual obliga que el voto de cada trabajador además de personal, libre y secreto, sea “directo” eliminando los delegados. La Coparmex pidió al Senado suprimir esta restricción a la vida sindical.

La iniciativa de Ley Federal del Trabajo tampoco establece penalidades para los líderes sindicales extorsionadores que realizan paros ilegales, afirmó Gustavo de Hoyos. “El Senado debe incluir un artículo 1007 Bis y sancionar esa conducta, cuidando la paz laboral”, dijo.

Respecto a los derechos de los trabajadores, el sector patronal alertó que el artículo 390 Bis quita a los trabajadores el derecho de señalar su voluntad de no ser representados por un sindicato, es decir, existiría una cláusula de sindicación forzosa.

En el mismo sentido se encontraría el artículo 154, que establece la cláusula de exclusión por ingreso. Para Coparmex, el Senado debe garantizar que la contratación de un trabajador no se condicione jamás a su afiliación al sindicato.

Los artículos 920 y 929 de la Ley dan al líder la facultad de estallar la huelga y concluirla, por lo que la Coparmex pidió al Senado otorgar a la mayoría de los trabajadores y no al líder, el control de estas decisiones.

en Sinembargo al Aire

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