La falta de un juicio con perspectiva de género –por el contrario, con base a estereotipos de género– llevó a Norma a prisión desde hace diez años. La mujer fue sentencia por “no ser una buena madre”, ya que no pudo evitar que su pareja matara a su hijo mientras ella estaba trabajando, denunció su defensa.
En México, las sentencias contra mujeres son más altas –en cuanto al tiempo en prisión– que las de los hombres: las mujeres tienen condenas de, en promedio, 23 años de prisión, mientras que los hombres, el tiempo de sus sentencias son de aproximadamente 17 años de cárcel, reveló el “Diagnóstico Sobre la Percepción del Desempeño de la Defensoría Penal en México”, que presentó la organización civil Reinserta.
Ciudad de México, 29 febrero (Sin embargo).- Norma es una joven de 31 años de edad que lleva diez años encarcelada, luego que fue juzgada por “no ser una buena madre". La mujer, madre de tres, fue sentenciada a 20 años de cárcel porque no evitó que, mientras ella trabajaba fuera de casa, su pareja asesinara a su pequeño hijo de dos años.
La joven, que no pudo acceder a una debida asesoría jurídica en su momento, fue detenida y juzgada bajo los roles y estereotipos de género; además, fue sentenciada sin la existencia de pruebas plenas que acreditaran su responsabilidad penal y con razonamientos basados en evidencias circunstanciales e indiciarias que no cumplen con los requisitos para configurar prueba plena de la comisión del delito, explicó en entrevista con SinEmbargo Isabel Rubio Rubia, abogada de Norma.
Actualmente, Norma cuenta con el apoyo de abogados que presentaron un amparo directo contra la sentencia condenatoria de la joven, y que el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal de la Ciudad de México está por resolver; sin embargo, alertan que “el Tribunal Colegiado, pese a tener en sus manos la posibilidad de resarcir una injusticia, no muestra señales de juzgar con perspectiva de género”.
EL CASO
Norma, de entonces 21 años, tenía algunos meses viviendo con su pareja y el menor de sus hijos, de dos años de edad. La pareja tenía como acuerdo que él se quedaba con el niño durante el día y ella salía a trabajar a una pollería cerca de su casa, ubicada en la delegación Xochimilco, Ciudad de México.
El 28 de junio de 2011, Norma salió de trabajar de su casa alrededor de las 8 de la mañana y dejó al niño con su pareja. Cuando la joven regresó al inmueble, alrededor de las 7 de la noche, encontró al pequeño recostado sobre la cama.
Al verlo se percató que estaba frío, tenía las manos y labios morados. Trató de reanimarlo, pero al darse cuenta que el niño no despertaba y que tenía signos de muerte, cuestionó al padrastro sobre lo ocurrido. Él le dijo a Norma que lo había golpeado y recostado. El hombre desquitó su furia con el infante porque había roto unas estampas.
Norma, de acuerdo a su declaración, le comentó que debían llevar al niño al hospital o buscar ayuda con su madre, e intentó salir de la casa; pero Eduardo Jesús, el padrastro, le espetó que no llevarían al niño a ningún lado porque el menor ya estaba muerto, y que de hacerlo no sólo lo culparían a él del crimen, sino a ambos. Luego de eso también la amenazó, y la convenció de llevar el cadáver del infante a un canal “para que no lo encuentren y ya nadie iba a preguntar por él”, relató la abogada de la sentenciada.
La pareja tomó un taxi y dejaron el niño. Al día siguiente, cuando ella sale a su trabajo el sujeto la acompaña hasta la pollería donde ella trabaja, pero cuando él se retiró, Norma acudió al Ministerio Pública para denunciar lo ocurrido.
La joven –que por testimonios de la madre sufría violencia– dio una versión inconclusa de los hechos a los policías: no les dijo que ella había acompañado a su pareja a dejar el cuerpo. Llevó a los policías a la zona donde dejaron el cadáver de su infante y después, a donde ella crecía que estaba su pareja. Sin embargo, cuando los agentes comenzaron a realizar más preguntas sobre el caso, ella cayó en contradicciones, hasta que narró los hechos antes citados.
“Esa declaración final es la que contó en todo el juicio”, explicó su abogada.
Norma fue detenida de manera casi inmediata, juzgada y sentenciada un año después. Eduardo, su pareja, también fue sentenciado. Ella fue condenada por el delito de “homicidio en razón de parentescos bajo un tipo que penal que se llama “comisión por omisión”.
Isabel explica que la “comisión por omisión” es cuando se juzga a una persona por no haber evitado el daño.
“Norma fue declarada culpable del homicidio por no haber evitado que esto sucediera, reproduciendo la idea de que las mujeres son siempre las únicas responsables de cuidar a sus hijos e hijas”, reiteró su defensora.
La sentencia fue dictada por la Juez Trigésimo Penal del Distrito Federal en febrero de 2011. La defensa de ese entonces apeló el caso y se fue a la Séptima Sala Penal, la cual, 2 de septiembre de 2011 ratificó toda la sentencia contra Norma.
La Séptima Sala Penal la declaró culpable del asesinato de su hijo por no haber evitado el homicidio. En palabras de la Sala, Norma era culpable, “ya que teniendo el deber jurídico que le corresponde como madre del menor omitió impedir la muerte de su descendiente”, detallaó la litigante.
“Cuando se fueron a segunda instancia, la Sala en lugar de juzgar a Norma con perspectiva de género, le confirma la sentencia, pero al padrastro, le quitó una agravante. ¡Es indignante!”, expresó Rubio.
La abogada añadió que el fallo contra Norma no solo tiene falta de sustento probatorio, sino que, existen muchos estereotipos de género que permearon en la resolución del juez.
En noviembre del año pasado, la abogada de Norma inició un proceso de amparo contra la resolución de la Séptima Sala de lo penal, el cual, se encuentra en el Tribunal Colegiado en Materia Penal de la Ciudad de México, que en esta semana iba a resolver, pero postergó su dictamen.
“El Tribunal Colegiado, pese a tener en sus manos la posibilidad de resarcir una injusticia, no muestra señales de juzgar con perspectiva de género. Una decisión en contra de Norma no solo transgrediría la obligación del Tribunal de utilizar el protocolo de juzgar con perspectiva de género, obligatorio para los Jueces, sino que también abonaría a la ausencia de justicia que tienen las mujeres, principalmente en estos últimos días”, reitera la parte defensora.
MUJERES TIENEN SENTENCIAS MÁS ALTAS QUE HOMBRES
En México el tiempo de condena en promedio para las mujeres se mucho más alto que el de los hombres, a pesar que los delitos de mayor incidencia son los mismos, es decir, robo y homicidio, establece el “Diagnóstico Sobre la Percepción del Desempeño de la Defensoría Penal en México”, que presentó la organización civil Reinserta, el pasado 24 de febrero.
De acuerdo al estudio las mujeres tienen sentencias 23 años, en promedio, en tanto que los hombres, el tiempo de sus sentencias son de aproximadamente 17 años, y que, además, son más frecuentes las sentencias cortas en el caso de los hombres, (cinco años) que en el caso de las mujeres (25 años).
Los análisis a través de la prueba U de Mann-Whitney reflejan que sí existen diferencias estadísticamente significativas en los tiempos de sentencia entre hombres y mujeres, siendo las mujeres las que tienen mayores tiempos de sentencia que los hombres. Aun cuando los delitos más frecuentes de ambos grupos son de alto impacto social, este sesgo puede deberse a que las mujeres reciben un castigo más severo por el mismo delito”, detalla el estudio.
El Diagnóstico también concluyó que las mujeres contratan más los servicios de abogados particulares para su defensa y que destinan hasta un 50 por ciento más de recursos, en comparación con los hombres.
Otro aspecto que destaca el informe es que “el 73 por ciento de las mujeres indicaron que no contaron con la asistencia de un abogado defensor que las apoyara con la canalización de las hijas e hijos a su cargo”.