El amparo interpuesto por Greenpeace demanda que las autoridades tomen medidas oportunas para proteger la salud de la población y las contingencias no sean declaradas cuando los niveles de contaminación ya han rebasado por mucho las normas mexicanas que de por sí ya son laxas.
Ciudad de México, 28 de junio (SinEmbargo).- Por orden de un juez, contingencias ambientales deberán ser declaradas conforme a los límites establecidos por las normas de salud ambiental, más bajos que los estipulados en el Programa de Contingencias Ambientales recientemente presentado por las autoridades.
"Greeenpeace interpuso un juicio de amparo para demandar que las contingencias se declaren conforme a los límites máximos permitidos de exposición a los contaminantes establecidos en el marco normativo de salud ambiental vigente y que son más bajos que los considerados en el PCAA", dice el comunicado.
Es decir, el amparo interpuesto por Greenpeace demanda que las autoridades tomen medidas oportunas para proteger la salud de la población y las contingencias no sean declaradas cuando los niveles de contaminación ya han rebasado por mucho las normas mexicanas que de por sí ya son laxas.
Acabamos de ser notificados de que el amparo fue aceptado. Como una medida provisional, un juez ordenó al Gobierno de la Ciudad de México y del Estado de México (en los municipios que comparten la ZMVM) que se apeguen a los límites de las Normas Oficiales Mexicanas para la declaratoria de contingencias ambientales, en tanto se decide la sentencia final del juicio de amparo. Además de pedir a otros cinco estados, que integran la Megalópolis (Morelos, Tlaxcala, Puebla, Hidalgo y Querétaro), informar por qué no cuentan con un protocolo para las contingencias.
Este cambio en el índice, para hacer que se apegue a la normativa de salud ambiental, lo que hace es mostrar cuál es la realidad en nuestras ciudades y que las políticas gubernamentales no están enfocadas en proteger nuestra salud.
La resolución del Juzgado Cuarto de Distrito en materia administrativa en la Ciudad de México es una suspensión provisional. No es una suspensión definitiva, mucho menos una sentencia.
Es una resolución preliminar, provisional, que durará en lo que ese juzgado decide si concede suspensión definitiva. Si llega a conceder suspensión definitiva, la misma duraría todo el tiempo que dure el juicio de amparo y sería muy probable que tengamos contingencias frecuentes y si esto fuera permanente, el número de contingencias al año se dispararía de manera alarmante, mostrándonos la realidad de las contingencias ambientales que vivimos y que se dejan de declarar porque los límites actuales son demasiado laxos.
Entretanto, esta suspensión provisional que entra en vigor a partir de este viernes 28 de junio, tiene como efecto que las autoridades ambientales (las secretarías de medio ambiente) de CdMx y Edomex (solamente en la región que conforma la ZMVM), decreten las fases preventivas y de contingencia ambiental conforme a los valores establecidos en las NOMS 20 y 25, a fin de proteger la salud de la población, con todas las implicaciones que esas fases conllevan.
Agradecermos que desde los medios de comunicación, estemos pendientes de que las autoridades cumplan con este resolutivo y declaren la contingencia ambiental en cuanto se alcancen los límites arriba señalados.