El domingo 22 de mayo, Juana Alonzo, una indígena originaria de Guatemala, retornó a su país luego de pasar siete años presa en una cárcel de Reynosa injustamente. Su caso no es aislado: en México se han documentado abusos contra migrantes y detenciones arbitrarias de indígenas que ni siquiera hablan español, lo que los ha hecho blanco de abusos por parte de diversas autoridades, y ha puesto en alerta a las organizaciones civiles.
Ciudad de México, 28 de mayo (SinEmbargo).- Luego de casi siete años de permanecer encarcelada injustamente en México, Juana Alonzo, una indígena originaria de Guatemala, retornó a su país. Su único “delito” fue intentar cruzar hacia los Estados Unidos, en 2014, en busca de una mejor calidad de vida, como miles de migrantes que cada año van en busca del llamado “sueño americano”. Fue detenida en Tamaulipas por las autoridades y acusada de secuestro.
Las autoridades, ha señalado la defensa de Juana, se aprovecharon de su condición de migrante e indígena así como de que no podía hablar español, situación que la volvió aún más vulnerable al llegar a México, en donde ambos factores han dado pauta a la violación de derechos humanos, como ha quedado documentado por organizaciones civiles.
De acuerdo con el Boletín Mensual de Estadísticas Migratorias 2021, de la Secretaría de Gobernación a través del Instituto Nacional de Migración (INM), de enero a diciembre de 2021, en México se detuvieron a un total de 307 mil 679 migrantes, de los cuales 207 mil 615 fueron hombres y 100 mil 064 fueron mujeres.
En este éxodo de migrantes, principalmente provenientes de Centroamérica, han salido a relucir denuncias por presuntos abusos que han sufrido durante su trayecto por el país. En muchos de estos agravios han sido acusadas las autoridades mexicanas, lo que ha también ha derivado en enfrentamientos con los cuerpos de seguridad del país.
El 23 de abril de 2019, el Instituto Nacional de Migración emitió un comunicado en el que dio a conocer que había “rescatado” a 367 migrantes, quienes intentaron agredir a los agentes federales. “Se llevó a cabo un procedimiento de revisión migratoria a un grupo de personas, que ante esta labor del Instituto, iniciaron una agresión al personal del INM”, indicó la dependencia, en la que agregó que “por esta razón, se solicitó el apoyo de la Policía Federal”.
Sin embargo, periodistas de Associated Press (AP) indicaron que no vieron tal agresión por parte de los migrantes, y constataron el momento en que policía y agentes federales llegaron abordo de camionetas a detener a un grupo numeroso de migrantes que estaba reunido en zonas de sombra para protegerse del calor a las afueras de la ciudad de Pijijiapan, a quienes metieron a la fuerza en los vehículos, incluyendo mujeres y niños.
Los migrantes fueron trasladados hasta la estación migratoria de Tapachula, según el INM, donde se inició el trámite para devolverlos a sus países de origen. Además, poco antes de este hecho, alrededor de 10 organizaciones civiles advirtieron que las detenciones de migrantes han ido en aumento y acusaron a los agentes de inmigración, así como a las policías federal, estatal y local, de violar sus derechos humanos.
Más recientemente, el 1 de julio de 2021, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) denunció que en Piedras Negras, Coahuila, tenía retenidos a migrantes y a adolescentes mexicanos en condiciones inhumanas, sin comida y encerrados entre residuos fecales y ratas.
Pese a que la policía local no tienen competencia para el control de la migración, la CNDH detectó que 13 personas extranjeras fueron “detenidas y alojadas de forma indigna” en instalaciones locales, en donde también había 30 mexicanos, algunos de ellos menores de edad, de los cuales había varios que presentaban erupciones en la piel, quienes dijeron que no les dieron comida ni les permitieron comunicarse con sus familiares.
Según explicó esta institución en un comunicado, los detenidos se encontraban “en condiciones insalubres, presentaban ausencia total de aseo en las celdas, con basura, polvo, sanitarios tapados y con presencia de residuos fecales y orina”. Además, “no existía ventilación natural ni clima artificial, por lo que la temperatura se percibía altamente calurosa” y había “fauna nociva como cucarachas y ratas” y un “olor fétido” en la mayoría de las celdas.
Organizaciones civiles presentes en Piedras Negras llevaban meses alertando de que la policía local detiene a migrantes que llegan a la ciudad. También se quejó de que las autoridades municipales les estaban complicando poder ofrecerles la necesaria atención humanitaria a esas personas con la excusa de las normas sanitarias impuestas durante la pandemia por COVID-19.
Los migrantes también indicaron a los representantes de la CNDH que habían sido detenidos “en diversas ocasiones por personal de la policía municipal de Piedras Negras, debido a su condición de migrantes”.
Ante tales hechos, la Comisión Nacional solicitó al INM que busque alternativas para albergar a los migrantes en condiciones dignas y pidió al ayuntamiento de Piedras Negras que su policía se abstenga de hacer controles migratorios que no son de su competencia, que ponga a los menores detenidos a disposición de las entidades encargadas de su cuidado y que tenga las celdas municipales estén en condiciones para una detención digna.
Solicita #CNDH al @INAMI_mx #MedidasCautelares en favor de #migrantes alojados en el centro de detención pública de #PiedrasNegras, #Coahuila.#DefendemosAlPueblo pic.twitter.com/Sonll75RYe
— CNDH en México (@CNDH) July 1, 2021
Incluso, antes del arribo masivo de migrantes, diversas organizaciones ya documentaban el abuso contra este sector. Activistas de la Red de Documentación de las Organizaciones Defensoras de Migrantes (Redodem) presentaron el informe “Migrantes en México: Recorriendo un camino de violencia”, el 4 de julio de 2017 en la Ciudad de México, en el que denunciaron el aumento de deportaciones en México y el abuso por parte de agentes estatales contra los migrantes.
En el reporte se señaló que de enero de 2014 a diciembre de 2016 el INM deportó a 421 mil 395 migrantes centroamericanos, y reveló que de las 32 mil 324 personas registradas por Redodem, un total de cinco mil 329 reportaron cinco mil 298 eventos delictivos en 2016, incluyendo cuatro mil 341 robos, 215 lesiones, 166 extorsiones, 141 secuestros y 76 abusos de autoridad.
Las entidades federativas donde más delitos se reportaron en contra de los migrante son Chiapas, con un total de mil 479 incidentes; Oaxaca, con mil 153; Veracruz, que llegó a 880 eventos delictivos, y Tabasco, con 397. El quinto estado donde se reportaron más delitos, un total de 265, fue Guanajuato, lo que evidencia que la violencia contra los migrantes no solamente tiene lugar en las entidades cercanas a las fronteras con Centroamérica o Estados Unidos.
Los presuntos delitos perpetrados por agentes del Estado incluyen 201 cometidos por miembros de la Policía Federal; 196 por policías municipales; 112 por agentes del INM, 94 por policías estatales; 20 por personal de la entonces Procuraduría General de la República (PGR); 12 por miembros del Ejército; y siete por miembros de la Marina.
En el caso de Juana, no sólo abusaron de su condición de migrante, también del hecho de ser una mujer indígena maya chuj de la comunidad de San Mateo Ixtatán Huehuetenango, en Guatemala. Organizaciones en defensa de los derechos humanos documentaron que su arresto estuvo lleno de irregularidades, incluida la firma ilegal de documentos, ya que no sabe leer, y nunca se le asignó un traductor ya que no hablaba español.
De acuerdo con el Informe de Actividades 2021 de la CNDH hasta octubre de 2020, la población indígena privada de la libertad, en los centros penitenciarios del país era de siete mil 185 personas, de las que seis mil 817 pertenecen al fuero común y 368 al fuero federal, de las cuales 246 eran mujeres y seis mil 939 hombres, según datos proporcionados por la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, a través de su área de Prevención y Readaptación Social.
En tanto, a finales de 2020 de 323 centros penitenciarios, 19 centros penitenciarios federales, 251 centros penitenciarios estatales y 53 centros especializados de tratamiento o internamiento para adolescentes, sólo 47 contaba con espacios para población indígena, según señala el Censo Nacional de Sistema Penitenciario Federal y Estatales 2021, en su actualización del 14 de marzo de 2022.
Diego Tovar, titular de la Unidad de Defensa Penal del Instituto Federal de Defensoría Pública, reconoció en entrevista con las periodistas Daniela Barragán y Romina Gándara para el programa Café y Noticias que se transmite por el canal de Youtube SinEmbargo Al Aire, que casos como el de Juana se presentan “todos los días”. “Es algo de todos los días, hay muchísima gente en prisión que no tiene una asistencia consular que no tiene una defensa adecuada, gente que no ha tenido las posibilidades de ser defendida por alguien con esta perspectiva”, dijo.
En México se han documentado varios casos de mujeres indígenas que han sido encarceladas injustamente, tal es el caso de Virginia Silvestre, una mujer de origen mazahua, quien el pasado 8 de abril fue puesta en libertad después de pasar 16 años en el penal de NezaBordo, en el Estado de México por un delito que no cometió, mismo que ella presuntamente confesó ante el Ministerio Público pese a que en ese momento tenía dificultades para comprender el idioma español.
Silvestre fue acusada del homicidio de su nieta Yaretzi de dos años de edad, por el que fue sentenciada a 43 años de prisión luego de que la mujer fue torturada para confesar y firmar su declaración, en la que aceptó que golpeó y azotó en cinco ocasiones a la menor contra el piso por haber tirado una olla con caldo de pollo, según consignó la prensa.
Sin embargo, la pequeña Yaretzi, de acuerdo con Virginia y sus testigos de descargo, realmente murió a consecuencia de una caída, por la que fue atendida en un hospital, pero falleció cinco días después. El dictamen forense señalaba que la pequeña no presentaba golpes en el cuerpo, sólo una lesión en la cabeza que correspondía a una caída, pero aún así condenaron a Virginia.
Un despacho de abogados tomó el caso de Virginia gratuitamente, porque su familia nunca pudo contratar una defensa. Después de esto, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México revisó su caso y un Juez determinó que se habían violado todos sus derechos procesales y humanos.
Nos alegran las buenas noticias 😀
Desde #LaCana celebramos la liberación, gracias a la Ley de Amnistía, de Virginia "N", mujer indígena mazahua privada de su libertad injustamente durante 16 años en el penal de #NezaBordo 🕊️
Enhorabuena @CODHEM 👏🏽
👉🏽https://t.co/N0GKBhth5R pic.twitter.com/TAY3Vne2Kg— La Cana (@LaCanaMx) April 8, 2022
El 5 de agosto de 2021, María Isabel San Agustín, mujer indígena de Hidalgo, obtuvo su libertad después de que comprobó que fue víctima de tortura y de un procedimiento irregular, por lo que pasó 11 años recluida en la cárcel injustamente.
En 2013, María fue sentenciada a 65 años de privación de la libertad por su presunta participación en un secuestro. En 2018, se ordenó reponer el proceso para que se le aplicara el protocolo de Estambul –un manual para la investigación y documentación de la tortura y otros tratos inhumanas o degradantes–, con el que se acreditó que fue víctima de tortura.
Al salir del Centro Femenil de Readaptación Social Santa Martha Acatitla, la mujer pidió que su caso sirva como ejemplo para hacer justicia a mujeres privadas de la libertad por procedimientos irregulares o delitos que no cometieron. “Se me hizo justicia. Espero que esto sirva para todas las que están aquí injustamente, que se les haga justicia, porque aquí la mayoría de la población es inocente”, dijo María Isabel a medios al salir de Santa Martha Acatitla.
Luego de pasar 10 años en la cárcel por un aborto involuntario, Evelia, un indígena maya, fue puesta en libertad, en mayo de 2019. La mujer fue acusada de homicidio en razón de parentesco luego de que fue víctima de violación y quedó embarazada. Todo ocurrió un sábado de julio del 2009, mientras la joven estaba preparándose para irse a trabajar a Playa del Carmen, Quintana Roo, uno de sus parientes le avisó de un incidente en casa de su tía.
Evelia se desmayó tres veces y al caer boca abajo, el bebé salió, ya que de acuerdo con el relato de la víctima, ella desconocía estar embarazada tras haber sido víctima de violación, por lo que fue trasladada al Hospital Comunitario de Peto con todo y el producto.
Cuando la madre de Evelia llegó al nosocomio le dijeron que su hija “era una asesina”, había “matado a su bebé” y por ello fue trasladada al Ministerio de Tekax, en donde permaneció por nueve días sin que sus familiares supieran nada de ella. Cuando por fin pudieron verla, notaron marcas y moretones en sus brazos. Además, no hablaba para nada.
Buscaron explicaciones para reparar la situación legal de la mujer, pero nadie les brindaba información sobre el caso. Incluso una persona se presentó en el domicilio familiar bajo el argumento de ser un “licenciado” de Tzucacab que les asesoraría para conseguir la libertad de Evelia. En cada visita exigía sumas de dinero para realizar “trámites”, pero nunca se vieron avances en el caso.
En el caso de Juana Alonzo, la indígena guatemalteca, se conjugaron varios factores, como el de ser migrante, mujer e indígena, situación en la que, como confirmó Tovar, se encuentran muchas personas que están prisión. “Tal vez no reúnan tantas vulnerabilidades en una sola persona pero que están viviendo de manera latente una injusticia”, subrayó el titular de la Unidad de Defensa Penal del Instituto Federal de Defensoría Pública.
Ante este contexto, organizaciones civiles en defensa de los derechos humanos acusaron al Gobierno de México de tener una política migratoria cada vez más militarizada. En un informe presentado este martes 24 de mayo, señalaron que las Fuerzas Armadas son las que hacen mayor número de detenciones y muchas de ellas son arbitrarias, están basadas en el perfilamiento racial o han conllevado abusos, sobre todo de mujeres.
La Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho, Sin Fronteras y el Instituto para las Mujeres en la Migración detallaron en su documento que hay un despliegue desproporcionado de militares frente al número de agentes migratorios y son las Fuerzas Armadas las que realizan la mayor parte de las detenciones de migrantes aunque por ley deberían ser “mero auxilio”.
Recordaron que aunque la tendencia viene de antes de esta administración, la presión del expresidente Donald Trump en 2019 hacia el Gobierno de Andrés Manuel López Obrador aceleró el despliegue de la Guardia Nacional, un cuerpo bajo mando civil pero que operativamente está bajo control militar y cuya mayoría de integrantes no tiene formación policial.
Según el informe, esta situación ha conllevado abusos que han afectado, principalmente, a personas de origen africano y a mujeres y que muchas veces tienen lugar en controles de migración móviles, los cuales fueron considerados inconstitucionales por la Suprema Corte en días recientes precisamente por ese motivo.
El documento pone también en evidencia la falta de claridad y las contradicciones entre las propias instituciones en cuanto a las detenciones, llamadas por las autoridades mexicanas “rescates” o “presentaciones”.
El informe indica que desde 2019 hasta los primeros meses de 2021, el Instituto Nacional de Migración dijo que la Marina colaboró en la puesta a disposición de menos de medio centenar de personas mientras esa propia fuerza respondía que fueron más de 500.
En el caso de la Guardia Nacional, el INM hablaba de su participación en más de dos mil presentaciones de migrantes y la Guardia de más de 15 mil. Y en el caso del Ejército, la agencia migratoria indicaba que había colaborado en el “rescate” de unas 300 personas mientras según la Secretaria de la Defensa entre todas las Fuerzas Armadas sumaban más de 156 mil migrantes en un periodo en el que el número total de los presentados ante migración fue de unos 190 mil.
No te pierdas la presentación del informe #BajoLaBota. Te hablaremos del impacto de la militarización en la migraciónhttps://t.co/8emzudfMxU
— Fundación para la Justicia (@FJEDD) May 24, 2022
El informe se presenta luego de que el pasado 19 de mayo, la Primer Sala de la Suprema Corte de Justicia de Nación (SCJN) determinó que las revisiones migratorias que aplica el Instituto Nacional de Migración (INM), con base en los artículos 97 y 98 de la Ley de Migración, en varios puestos de tránsito internacional son inconstitucionales, ya que se transgreden el artículo 11 de la Constitución mexicana, el cual refiere al “derecho a la libre circulación y tránsito”.
A través de un comunicado, la SCJN argumentó que estas inspecciones migratorias, que están establecidas en la Ley de Migración, son inconstitucionales ya que van en contra de “los derechos de libre circulación y tránsito dentro del territorio nacional, así como a los de igualdad y no discriminación”, ya que el procedimiento “es sobreinclusivo al no distinguir entre personas nacionales y extranjeras, además de generar impactos diferenciados en comunidades indígenas y afromexicanas”.
La resolución del Máximo tribunal de México deriva del amparo que tres personas originarias de la comunidad tzeltal de Ocosingo, Chiapas, promovieron un juicio de amparo contra algunos artículos de la Ley de Migración luego de que fueron detenidos en septiembre de 2015 mientras viajaban en un autobús de pasajeros rumbo a Guaymas, Sonora, a donde acudían a trabajar .
Durante su viaje, los tres afectados, entre ellos una adolescente mujer, fueron detenidos por agentes migratorios en San Juan del Río, Querétaro, quienes señalaron que los indígenas eran originarios de Guatemala, por lo que los trasladaron a las instalaciones migratorias, en donde permanecieron privados de su libertad durante una semana, hasta que comprobaron su identidad con su acta de nacimiento y su clave única de registro de población (CURP).
En su resolución, la SCJN ahondó que bajo las facultades que les provee la ley migratoria, los agentes pueden revisar a toda personas que pase por “un punto de revisión migratoria en cualquier lugar dentro del territorio nacional, sin importar si se trata de una persona mexicana o extranjera”, y pese a que en el artículo 11 constitucional no se refiere en ningún momento que se deben portar “documentos identificatorios en el interior del país”.
Añadió que no existen parámetros objetivos para llevar a cabo dichas revisiones, lo que posibilita a las autoridades migratorias a que se realicen estos procedimientos de manera aleatoria con base en determinadas características como “origen étnico, color de piel e idioma, lo que opera en perjuicio de los sectores referidos”.
La #PrimeraSala determinó la inconstitucionalidad del procedimiento de revisión migratoria realizado por el @INAMI_mx en lugares distintos a los de tránsito internacional.
🔗 https://t.co/qA3bjcWkEL pic.twitter.com/DaEgjsHdm9
— Suprema Corte (@SCJN) May 19, 2022
– Con información de AP, RFI, Lilia Balam y Katia Rejón