La Sala Superior determinó que los elementos de las infracciones se encuentran debidamente acreditados, ya que el Presidente López Obrador fue emisor y figura central del discurso que señalan que vulnera la equidad electoral y genera promoción personalizada.
Ciudad de México, 28 de febrero (SinEmbargo).- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaciión (TEPJF) confirmó este miércoles que el Presidente Andrés Manuel López Obrador vulneró la equidad electoral durante el evento público que realizó el 1 de julio pasado por el Quinto Aniversario de su triunfo electoral en 2018.
La Sala Superior dio el visto bueno, con una mayoría unánime, al proyecto formulado por la Magistrada Janine M. Otálora Malassis, la cual valida la sentencia dictada por la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral, donde se determina la existencia de promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos, así como la vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda.
Ante la inconformidad del Presidente de la República, este impugnó la resolución de la Sala Especializada, por lo que el caso fue turnado a la Sala Superior, reafirmándose lo interpuesto por la anterior instancia del Tribunal Electoral.
La Sala Superior determinó que los elementos de las infracciones se encuentran debidamente acreditados, ya que el Presidente López Obrador fue emisor y figura central del discurso que señalan que vulnera la equidad electoral y genera promoción personalizada, al «hacer uso de su cargo para generar un rechazo a otros partidos políticos».
«El Pleno consideró que el discurso se emitió con fines propagandísticos, cuyo objetivo o finalidad fue la adhesión o aceptación de la ciudadanía respecto de la administración pública federal que encabeza, por lo que no puede ampararse en un ejercicio de libertad de expresión», resolvió la Sala.
Asimismo, ordenó que se implemente un catálogo de sujetos sancionados, en el cual se ordenen y sistematicen aquellas resoluciones firmes que declaren la existencia de algún tipo de infracción.
#Boletín | La #SalaSuperior del #TEPJF confirmó la existencia de promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos, así como la vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda atribuidas al presidente de la República.
— TEPJF (@TEPJF_informa) February 29, 2024
Dicho instrumento, añadió, deberá de ser pública y sujeto a consulta por la ciudadanía y participantes políticos interesados.