En dos ocasiones, el 30 septiembre de 2015 y el 29 de febrero de 2019, el órgano regulador había determinado que no existían los elementos suficientes para decretar a Grupo Televisa como un Agente Económico con Poder Sustancial en dicho sector; sin embargo, tras impugnar la decisión, el órgano regular determinó que sí tenía el poder sustancial de paga.
ADEMÁS
Ciudad de México, 28 de febrero (SinEmbargo).- El pleno del Instituto Federal de Comunicaciones (IFT) determinó, finalmente, que Grupo Televisa sí tiene el poder sustancial en el mercado de televisión de paga; esta es la tercera vez que el órgano regulador somete a votación luego de que las dos resoluciones contrarias que emitió previamente, en 2015 y 2016, fueron impugnadas.
El resultado de la votación fue de 6-1, de acuerdo con fuentes citadas por Notimex y Reforma.
El fallo del IFT significa que se tendrá que elaborar una normativa para disminuir el peso del grupo de medios en la televisión restringida.
Esto no es poca cosa para una empresa que viene perdiendo desde hace tres años: la televisión restringida se consolidó como su mayor fuente de ingresos netos en 2016.
En dos ocasiones, el 30 septiembre de 2015 y el 29 de febrero de 2019, el órgano regulador había determinado que no existían los elementos suficientes para decretar a Grupo Televisa como un Agente Económico con Poder Sustancial en dicho sector.
En las resoluciones previas, el IFT además de asegurar que el grupo de la televisora no tenía el poder sustancial en el mercado de televisión de paga, anunció que no impondría medidas regulatorias.
Con base en esta decisión, el Instituto deberá ahora abrir un proceso en el que determinará, en su caso, las medidas a implementar a Grupo Televisa, en cuanto a la prestación de sus servicios de televisión restringida, mismo que brinda a nivel nacional a través de Sky e izzi.
Este nuevo proceso, según analistas, puede llevar de un par de meses hasta un año, dado que se requiere dar audiencia a los involucrados.
Analistas consultados habían señalado que, declarar a Televisa con poder sustancial en TV de paga, haría que se le dicten reglas para que reduzca su participación en dicho mercado, lo que mermaría sus ingresos.
De acuerdo con cifras de la televisora, 54.2 por ciento de sus ingresos anuales en 2016 corresponden a sus negocios de Sky, con 22.1 por ciento, y Cable, con 32.1 por ciento.
Desde julio de 2015 , las acciones de Grupo Televisa comenzaron a registrar números constantes a la baja, pero de acuerdo con su informe trimestral, sus servicios de IZZI, Cablecom y Sky contrarrestaban las pérdidas registradas, ya que suponen el 54.2 por ciento de los ingresos de la empresa, 12 por ciento más en comparación con el mismo periodo de 2014.
Aunado a esto, los ingresos por los servicios de cable (Cablevisión, Cablemás, Cablecom, Telecable) en los tres últimos meses fueron de 5 mil 912 millones de pesos, con una utilidad de 2 mil 372 millones de pesos.
Durante el 2015 , el Instituto emitió resolutivos contrarios al fallo final. En abril declaró que en 2 mil 124 municipios de México, Televisa era dominante en televisión de paga, es decir, que en esos lugares poseía el 50 por ciento o más del mercado; posterior a eso, dictaminó el poder sustancial de Televisa en 99 mercados tras la compra de Cablecom y pasó lo mismo en septiembre, ahora en 63 mercados, tras la compra Telecable.
En la Ley Secundaria de la reforma en materia, se determinó la existencia de dos posibles agentes económicos, el preponderante y el de poder sustancial. El primero, obliga al actor que posee más del 50 por ciento del mercado a compartir su infraestructura con el resto de los competidores y le impide continuar con una expansión.
La última resolución del IFT de 2016 fue impugnada ante el Primer Tribunal Federal Especializado en Materia de Telecomunicaciones, órgano que determinó que era inconstitucional, por tomar en cuenta datos que no estaban comprendidos dentro del periodo de investigación.
Por su parte, el titular del IFT, Adolfo Cuevas Teja, durante el desarrollo de la competencia de Mobile World Congress 2017, informó el lunes se realizó la sesión en la Ciudad de México en donde se tomó la decisión; sin embargo, que hasta el momento las parte interesada no había sido notificada.
“Generalmente se notifica de inmediato, aunque pueden intervenir varios factores para que no se dé rápidamente, pero prevemos que sea antes de que pase una semana cuando se dé a conocer la resolución” indicó.