De 2016 a 2019, los últimos 4 años que estuvo encabezada por Luis Raúl González Pérez, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) adjudicó de manera directa 1 mil 128 contratos por 302 millones 439 mil 872.11 pesos, de acuerdo con información obtenida de la Plataforma Nacional de Transparencia. Es decir, adquirió bienes y servicios que no pasaron por licitaciones públicas ni concursos con al menos tres participantes. Se otorgaron de manera discrecional aunque la mayoría no cumpliera con los requisitos establecidos por la ley.
PRIMERA PARTE
Por Zósimo Camacho
Ciudad de México, 27 de mayo (Contralínea).– En la gestión de Luis Raúl González Pérez, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) adjudicó de manera directa más de 1 mil contratos, que lo mismo sirvieron para adquirir gorras y camisetas que pagar diplomados, congresos o servicios de remodelación de oficinas. Además, retribuir a “asesores” con cientos de miles de pesos –entre ellos, periodistas, analistas y abogados, como Rafael Cardona, José Luis Trujillo y Pedro Arturo Aguirre Ramírez–, por actividades que ya cubría el personal del servicio profesional de carrera.
Fueron 5 años también de contratos discrecionales a empresas que no cuentan con páginas de Internet ni tienen registro de trabajos anteriores o posteriores a los realizados para la CNDH. Además, de sueldos mensuales de los funcionarios por cientos de miles que, en algunos casos, llegaron casi a los 400 mil pesos.
De 2016 a 2019, los últimos 4 años que estuvo encabezada por Luis Raúl González Pérez, la CNDH adjudicó de manera directa 1 mil 128 contratos por 302 millones 439 mil 872.11 pesos, de acuerdo con información obtenida de la Plataforma Nacional de Transparencia. Es decir, adquirió bienes y servicios que no pasaron por licitaciones públicas ni concursos con al menos tres participantes. Se otorgaron de manera discrecional aunque la mayoría no cumpliera con los requisitos establecidos por la ley.
Desde el 9 de enero pasado, González Pérez coordinada el Programa Universitario de Derechos Humanos, por designación directa del rector de la UNAM, Enrique Graue Wiechers.
Gran parte de las 1 mil 128 adjudicaciones directas fueron solicitadas por el área de comunicación social: la Coordinación General de Comunicación y Proyectos, de 2014 a 2016, renombrada Dirección General de Comunicación de 2016 a la fecha.
De manera discrecional, la CNDH contrató incluso a columnistas, articulistas y académicos como “asesores” y personal “de apoyo”.
Luis Raúl González Pérez llegó al cargo el 15 de noviembre de 2014. Para diciembre de ese año, la entonces Coordinación General de Comunicación y Proyectos ya se despachaba con altos sueldos y contratos millonarios a discreción.
El primer responsable de comunicación de la gestión de González Pérez fue Néstor Enrique Martínez Cristo, quien había sido jefe de prensa del Senado de la República, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), el entonces Instituto Federal Electoral, la Secretaría de Turismo y el Banco Nacional de Comercio Exterior. Actualmente funge, desde el 15 de enero de 2016, en una segunda época, como director general de Comunicación Social de la UNAM.
Oficialmente, Néstor Martínez Cristo fue designado coordinador general de Comunicación y Proyectos por González Pérez el 7 de enero de 2015. De acuerdo con un documento de la Oficialía Mayor de la CNDH, elaborado como respuesta a la solicitud de información 3510000096619, las percepciones brutas de Martínez Cristo entre enero y marzo de ese año sumaron 583 mil 580.96 pesos.
Además, recibió por concepto de “gastos de alimentación” 17 mil 14 pesos entre enero y abril de 2015. La información se desprende del oficio 544/CNDH/OM/DGF/2019, elaborado por la Oficialía Mayor para integrar la respuesta a la solicitud de información señalada.
Las percepciones brutas de los integrantes de ese primer equipo encabezado por el hoy funcionario de la UNAM no se quedaron atrás. Incluso Saúl Alberto López Lavín, hijo del académico Froylán López Narváez, cobró 393 mil 443.58 pesos sólo por el mes de diciembre de 2014. Ya antes se había desempañado como encargado de la Coordinación y en ese momento fungía director general adjunto. El entonces director adjunto de Información, Miguel Ángel Paredes Ramos, percibió 356 mil 190.23 entre enero y marzo de 2015.
Se contrataron los servicios de otras personas externas a la institución, cuando la oficina de Comunicación Social contaba con una estructura del servicio profesional de carrera para los trabajos requeridos.
Por el desarrollo de una “campaña institucional para medios masivos de comunicación” se pagaron 348 mil 840 pesos a Juan Eduardo Báez González, de acuerdo con la orden de servicio 032.
Ese mismo año, a solicitud de la misma oficina de comunicación, se le pagaron 885 mil 333.33 pesos al articulista Pedro Arturo Aguirre Ramírez por “apoyo, análisis y seguimiento a entrevistas y comunicados de prensa”. Para ello se celebró el contrato CNDH-CONT-HON004-2015.
Aguirre Ramírez es impulsor, junto con el exrector de la UNAM José Narro y el excandidato a la Presidencia de la República Gabriel Quadri, del partido político Futuro 21. En uno de sus artículos propone que la organización política que se gesta debe “defender vigorosamente el principio de que los derechos son de las personas, de los individuos y no de los colectivos o las comunidades” (sic).
Marco Antonio Ponce de León Aguilar cobró 460 mil 697.44 pesos, de acuerdo con el contrato CNDH-CONT-HON-014-2015, por “apoyo en entrevistas, así como en su transcripción para la preparación de boletines de prensa que realiza la Dirección Adjunta de Información”.
María Fernanda González Montiel recibió, por “apoyo en la atención informativa de fin de semana, días festivos y cobertura de vacaciones”, 146 mil 953.20 pesos (contrato CNDH-CONT-HON-008-2015).
A Gabriel Méndez Ramírez se le pagaron 100 mil pesos por concepto de “apoyo en la preparación de la carpeta informativa y en entrega de la mensajería interna y externa”, según el contrato CNDH-CONT-HON-012-2015.
Tan sólo a estas últimas cuatro personas la Dirección General de Comunicación les pagó un monto conjunto de 1 millón 492 mil 983.53 pesos.
Pero los pagos para “comunicación” y “asesorías” externas también salieron de los recursos que ejerció directamente la presidencia de la CNDH. En ese mismo año, se le pagó a José Luis Trujillo Sotelo 702 mil 666.67 pesos por concepto de “apoyo en la recopilación de información de casos sensibles sobre violación a los derechos humanos-asunto caso Iguala” (sic), de acuerdo con el contrato CNDH-CONT-HON-019-2015.
José Luis Trujillo Sotelo es académico del Instituto Nacional de Ciencias Penales (Inacipe) y exfuncionario de la Secretaría de Gobernación y del Gobierno de Guerrero.
Además, se le pagaron 693 mil 333.33 pesos al académico de la Universidad de Guadalajara Arturo Villarreal Palos, por “apoyo a los asuntos jurídicos de la Presidencia”, según el contrato CNDH-CONT-HON-020-2015.
Al columnista Rafael María de la Cruz Cardona Sandoval, conocido como Rafael Cardona, se le pagaron 419 mil 141.37 pesos bajo el contrato CNDH-CONT-HON-016-2015. El motivo: “apoyo al presidente [González Pérez] en temas periodísticos y de comunicación social”.
Este mismo pago a Rafael Cardona se le hizo año con año mientras González Pérez estuvo al frente de la CNDH. Cardona acumuló 2 millones 613 mil 424.11 pesos. En su columna “El Cristalazo”, el periodista defiende de manera recurrente a sus antiguos empleadores y critica a la nueva gestión de la CNDH que le parece “incompetente”.
Por “apoyo informático en los temas relacionados con el Asunto Caso Iguala”, se le pagaron 240 mil 725.48 pesos a Carlos Antonio Gutiérrez Sánchez, bajo el contrato CNDH-CONT-HON-009-2015.
Y Carlos María Felipe Bustamante y Villanueva recibió, según el contrato CNDH-CONT-HON-003-2015, 236 mil pesos por concepto de “apoyo en la elaboración de documentos e informes para la Presidencia” (a cargo de Luis Raúl González Pérez).
En ese primer año de González Pérez al frente de la CNDH, y con Néstor Martínez en la Coordinación General de Comunicación y Proyectos, se adjudicaron de manera directa 3 millones 635 mil 896.09 pesos sólo a nueve personas morales y tres personas físicas.
Desde 2015, el área de comunicación social tuvo total libertad para asignar de manera directa contratos sin que pasaran por proceso de licitación alguna. Destaca en ese año el pago de 728 mil 448.39 pesos a la agencia Viajes México Amigo, SA de CV, por “servicios de escenografía y el equipo necesario para la proyección de un video para el informe de actividades 2014, así como también circuito cerrado, transmisión web en la página de la CNDH y grabación del evento” (sic, contrato 026-15).
Además, la contratación de Cinco M Dos, SA de CV, por 826 mil 622.96 pesos, por el “servicio de espacios publicitarios para la exhibición de mensajes en medios complementarios de comunicación”. Se trata del contrato 040-15 y la orden de servicio modificatoria 004.
Asimismo, el pago de 300 mil pesos a Comercializadora de Medios Impresos Aguilar, SA de CV, para el “servicio de suministro y consulta de periódicos y/o revistas, Diario Oficial de la Federación para la elaboración de síntesis informativa” (sic, orden de servicio 007 y orden de trabajo modificatoria 001).
Pagó también 13 mil 807.94 pesos a Latin Stock de México, SA de CV. Según la orden de trabajo 040, adquirió el “servicio para descargar imágenes de alta resolución”.
A la agencia Cocomkt Digistal, SA de CV, se la pagaron 194 mil 880 para el desarrollo de estrategia, diseño e implementación de una campaña digital, según la orden de servicio 015.
También por adjudicación directa, la CNDH contrató –a petición de su Coordinación General de Comunicaciones y Proyectos– a Linterna de Hidrógeno, SA de CV, del empresario cultural Luis Cabrera. Le pagó 348 mil pesos por un spot de 30 segundos. La empresa sería beneficiada con otra asignación directa en años posteriores y ganaría procesos de licitación pública y concursos de invitación a cuando menos tres personas.
A Versión Final, SA de CV, se le pagaron 70 mil pesos, según la orden de trabajo 073, por la producción de cápsulas informativas de audio.
Fluxus, SA de CV, recibió 290 mil pesos por el desarrollo de cápsulas informativas de audio, de acuerdo con la orden de trabajo 043.
Según la orden de servicio 044, se contrató al escritor Héctor Avélica Leyva por 237 mil 800 pesos para la producción de una radionovela.
Asimismo, se pagó un monto por 54 mil 498.80 pesos a Miguel Ángel Solís Yáñez por el servicio de impresión de 20 fotografías en papel Gligee (orden de trabajo 103).
JESÚS RAMÍREZ, MÁS GASTOS DISCRECIONALES
El 26 de enero de 2016, Jesús Ramírez López tomó posesión de la Coordinación General de Comunicación y Proyectos, en sustitución de Néstor Martínez, quien se fue a la UNAM como director general de Comunicación Social. Los contratos discrecionales se multiplicaron, tanto las adjudicaciones directas a empresas como los servicios profesionales que podría haber realizado la estructura de la CNDH.
Él mismo fue beneficiario de un contrato de prestación de servicios profesionales por honorarios asimilables a salarios, con lo que vio incrementado su sueldo formal. De manera oficial, Jesús Ramírez López percibió en 2016 un sueldo mensual bruto de 167 mil 751.95 pesos. Pero a principios de año firmó el contrato CNDH-CONT-HON-014-2016 por “servicios profesionales”. La Comisión se comprometió a pagarle 45 mil 900 pesos de manera adicional cada mes. Es decir, las percepciones reales de Ramírez López (sin contar bonos, seguros y dietas) ascendieron a 213 mil 651.95 pesos mensuales.
Jesús Ramírez López se había desempeñado ya como director de Información de la CNDH en 1996. Después fue director general Información, Documentación y Relaciones Públicas en la Subprocuraduría Especial para la Investigación del Esclarecimiento del Asesinato de Luis Donaldo Colosio de la Procuraduría General de la República. Desempeñó ese cargo entre 1996 y el año 2000. Pasó después a la Dirección de Comunicación Social del Gobierno de Hidalgo. Fue el titular de esta oficina de 2007 a 2008.
Finalmente, antes de regresar a la CNDH, estuvo al frente de la Dirección Nacional de Comunicación Social de la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción (2010-2015). Cumplía 20 años en oficinas de comunicación social al sustituir a Néstor Martínez en la CNDH.
La Coordinación General de Comunicación y Proyectos solicitó la contratación de “servicios para la realización de un paquete de materiales de difusión para redes sociales”. Entregó 174 mil pesos a Aidee Isabel Reyes Martínez por un mes de trabajo, según el contrato OS 73, adjudicado de manera directa y firmado el 6 de septiembre de 2016. Lo anterior a pesar de que Ramírez López había creado en ese año una Subdirección de Redes que contaba con cuatro personas.
Pagó a Publicidad Ferrer y Asociados, SA de CV, 344 mil 997.60 pesos por un “diagnóstico, análisis, propuesta e implementación de estrategia para el posicionamiento de las plataformas digitales Facebook, Youtube e Instagram de la CNDH entre los cibernautas”, según la orden de servicio OS 92.
Por requerimiento de la Dirección General de Comunicación, la CNDH asignó a ISA Corporativo, SA de CV, un contrato por 420 mil 129.55 pesos más el impuesto al valor agregado (IVA). Es decir, 487 mil 350.27 pesos. El objeto del contrato fue el “servicio de 13 espacios publicitarios en el sistema de transporte colectivo Metro de la Ciudad de México […] para la exhibición de carteles de gran formato” (sic).
El contrato se firmó el 16 de diciembre de 2016, aunque los “servicios” iniciaron el 1 de diciembre y se extendieron por los siguientes 30 días. Al final del documento CNDH-CONT-061-16 aparecen las firmas de los entonces funcionarios de la CNDH Manuel Martínez Beltrán, oficial mayor; Fernando Mendoza Elvira, drector general de Recursos Materiales y Servicios Generales; Carolina Nava, directora de Difusión (y administradora del contrato), y Rubén Francisco Pérez Sánchez, coordinador general de Seguimiento de Recomendaciones y Asuntos Jurídicos. Por la empresa firma su apoderado legal (y presidente del corporativo), Hugo Rafael Camou Rodríguez.
Para 2017, celebró un contrato con Ideas que Despegan, SRL de CV, por 1 millón 644 mil 500 pesos. El objeto: “la elaboración de un análisis y diseño de estrategia de comunicación de la CNDH”. La empresa no figura ni antes ni después de la obtención de este contrato en algún otro proyecto o trabajo ni cuenta con página de Internet.
En el contrato CNDH-CONT-045-17 aparecen las firmas de los entonces funcionarios de la CNDH Manuel Martínez Beltrán, oficial mayor; Jesús Ramírez López, director general de Comunicación, y, entre otros, Carolina Nava Nava, directora de Difusión. Por la empresa contratada, la del presidente de su Consejo de Administración, Marco Antonio Colín Lamas.
También celebró con Congresos, Convenciones & Eventos, SA de CV, un convenio modificatorio (005-17) del contrato CNDH-CONT-013-17. Mediante este instrumento la CNDH se obliga a pagarle a esta empresa un monto mínimo de 7 millones 241 mil 379.31 pesos y hasta un monto máximo de 18 millones 103 mil 448.30 pesos, “cantidades a las que se les deberá agregar el impuesto al valor agregado”. Lo que contrató la Comisión fue un “servicio integral para la organización de eventos oficiales”.
La CNDH, a petición de la Dirección General de Comunicación, contrató a Claudia Aurora Vega Murrieta para el “mantenimiento preventivo y correctivo de chapas electromegnéticas, puertas de acceso y sistema electrónico”. Le pagó 187 mil 920 pesos. La orden de servicio OS 49 se firmó el 4 de abril de 2017.
José Luis Ramos Rivera, exsubprocurador en la Procuraduría General de la República y exinvestigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, recibió 168 mil 200 pesos por “brindar apoyo en la revisión de proyectos de recomendaciones y emisión de opiniones sobre estudios legislativos en materia de derechos humanos”, según la orden de servicio OS 73 firmada el 14 de julio de 2017.
De acuerdo con el documento, los trabajos se realizaron entre el 17 de julio y el 15 de diciembre de ese año. Por ellos, Ramos Rivera debió de entregar un informe cada mes. De destacarse que la contratación por asignación directa se realizó a petición de la Dirección General de Comunicación, que contaba con atribuciones distintas a las de los servicios contratados.
José Luis Ramos Rivera era viejo conocido de la CNDH, pues fungió como director interino de la misma del 27 de noviembre de 1996 al 7 de enero de 1997. Su interinato sirvió de puente entre las administraciones de Jorge Madrazo (14 de enero de 1993-26 de noviembre de 1996) y Mireille Roccatti (8 de enero de 1997-13 de noviembre de 1999).
También la CNDH pagó un diplomado por 22 mil pesos a la Secretaría Ejecutiva y a la Primera Visitaduría. Según el contrato OT 51, el diplomado Políticas de Drogas, Cooperación Internacional y Derechos Humanos tuvo lugar en el Instituto de Investigaciones Doctor José María Luis Mora entre el 18 de agosto y el 28 de octubre de 2017.
Asimismo contrató al columnista y abogado José Augusto Isla Estrada, quien por 40 mil pesos impartió un “curso de análisis y elaboración de discursos” de 20 horas, del 21 al 25 de agosto. Se realizó en las instalaciones de la CNDH, según la orden de trabajo 52.
Se compraron 1 mil 500 playeras y 1 mil 500 gorras bordadas con el logotipo de la CNDH por 191 mil 400 pesos. La adjudicación directa fue para Concepto Empresarial V E&V Consultores, SC. Tales bienes fueron requeridos por la Quinta Visitaduría, según la orden de servicio 87 de ese 2017.
Pagó por la traducción de un libro 149 mil 25 pesos, trabajo que se realizó en 15 días. El contrato OS92 se firmó el 17 de noviembre de 2017. La obra a traducir del inglés al español fue: Robin Hoover Ph.d, Creating Human Borders, editorial Migrant Status, Inc.
Además, se contrató de manera directa al abogado Manuel Generoso Becerra Ramírez, para “apoyar en la elaboración de dictámenes de los trabajos que sean sometidos a comité editorial para ser publicados”. Se le pagaron 27 mil 840 pesos.
La CNDH ejerció sólo en 2018 un presupuesto de 28 millones de pesos en la oficina de “comunicación social”. Contó con una plantilla de 70 personas, entre ellas cinco reporteros y un motociclista como ayudante general. Jesús Ramírez López percibió un sueldo bruto formal de 167 mil 751.95 pesos.
La CNDH pagó 22 mil pesos por un diplomado que se impartió del 18 de agosto al 28 de octubre de 2018, según el contrato OT51. Los documentos suprimen los datos de la persona moral que los otorgó y del funcionario beneficiado.
La CNDH aumentó el pago al columnista Rafael Cardona por sus “servicios profesionales” a 452 mil 400 pesos. Según el contrato CNDH-CONT-HON-007-2018, el periodista recibió los recursos a cambio de “apoyar al presidente [de la CNDH] en temas periodísticos y de comunicación social”.
Las adjudicaciones millonarias de manera directa continuaron hasta el año pasado. Sólo entre el 1 de julio y el 27 de agosto, es decir, menos de 2 meses, se asignaron directamente cinco contratos a cuatro personas morales y una física por, en conjunto, 2 millones 272 mil 997.96 pesos.
Los beneficiarios de estas adjudicaciones directas fueron ISA Corporativo, SA de CV, con 754 mil pesos, por “servicios de espacios publicitarios” en estaciones de los sistemas de transporte colectivo Metro de la Ciudad de México, Guadalajara y Monterrey (contrato CNDH-CONT-036-19); Agencia Digital, SA de CV, con 467 mil 475.36 pesos, por difusión de un spot de 30 segundos en televisión durante 2 meses (orden de servicio 068); Infraestructura Omega & Zion, SA de CV, con 458 mil 256.84 pesos, por “producción de contenido audiovisual en formato de cine digital” (orden de servicio 058).
También, a Bertha María Carrasco Mahr, 245 mil 265.76 pesos por “servicio de impresión que incluya montaje de materiales para el posicionamiento de la institución en punto de contacto con la población, principalmente en áreas de atención al público con son las sedes Jorge Carpizo, Héctor Fix Zamudio, Cenadeh, Picacho y República de Cuba” (sic, orden de servicio 052).
La Comercializadora de Medios Impresos Aguilar, como cada año, fue contratada por proveer del “servicio de suministro y consulta de periódicos y/o revistas”. Este último contrato directo obtenido por el favor de la oficina de Jesús Ramírez López fue de 360 mil pesos.
Todos los contratos fueron avalados por el entonces titular del Órgano Interno de Control (OIC), Eduardo López Figueroa. Este abogado se mantuvo al frente del OIC mientras González Pérez presidió la CNDH. No fue la primera ocasión en que ambos funcionarios trabajaron juntos.
López Figueroa ya había sido subordinado de González Pérez de 2008 a 2010. Ambos laboraron en la Oficina del Abogado General de la UNAM. Mientras Luis Raúl González Pérez era el titular de esa oficina, Eduardo López Figueroa fungía como jefe de Unidad Jurídica.
Contralínea solicitó entrevista con Luis Raúl González Pérez a través de la Dirección General de Comunicación Social de la UNAM, institución a la que regresó como coordinador del Programa Universitario de Derechos Humanos. El exombudsman nacional se disculpó porque “por ahora no puede dar entrevistas sobre su gestión en la CNDH”, pero que “ahí están sus informes”.
Este medio de comunicación también solicitó entrevista con Néstor Martínez, actual director general de Comunicación Social de la UNAM y quien se desempeñara como coordinador de Comunicación y Proyectos de la CNDH de enero de 2015 a enero de 2016. El funcionario no aceptó la entrevista bajo el argumento de que “hoy ando en otras tareas; le agradezco mucho”.
Por su parte, Jesús Ramírez López, director general de Comunicación de la CNDH de enero 2016 a noviembre de 2019, no concedió la entrevista solicitada pero envió a Contralínea un escrito en el que asegura: “[…] toda la información relativa a mi gestión se encuentra a detalle en los informes anuales y en el Informe de Gestión de la CNDH, dichos documentos están en la página oficial del organismo autónomo, así como en las auditorías internas y externas realizadas durante mi periodo” (sic).
Contralínea le especificó al exfuncionario que publicaría los contratos adjudicados de manera directa que fueron solicitados por la Dirección de General de Comunicación, a su cargo entre 2016 y 2019. Al respecto, Ramírez López responsabilizó al Comité de Adquisiciones y Arrendamiento, principalmente a la Oficialía Mayor, la Dirección de Recursos Materiales, al Órgano Interno de Control y la Coordinación General de Seguimiento de Recomendaciones y Asuntos Jurídicos de haber aprobado lo que su oficina solicitó.
Señaló: “[…] los contratos adjudicados y las adquisiciones por otras modalidades que solicito? la Dirección General de Comunicación a mi cargo, fueron analizadas y autorizadas por el Comité de Adquisiciones y Arrendamientos de la CNDH, que integran, entre otras unidades administrativas, la persona titular de la Oficialía Mayor y de la Dirección General de Recursos Materiales, así como representantes del Órgano Interno del Control y de la Coordinación General de Seguimiento de Recomendaciones y Asuntos Jurídicos”.
ADJUDICACIONES DIRECTAS Y DUPLICACIÓN DE FUNCIONES, “CONTRATOS PARA LOS ‘CUATES'”
“Hacer adjudicación directa para todo lo que se va a contratar no está bien. Quien lo hace está violando la ley”, señala el economista y experto en administración pública Óscar Enrique Díaz Santos.
Doctor en economía por la UNAM, maestro en administración pública por el Instituto Nacional de Administración Pública y licenciado en economía por el Instituto Politécnico Nacional, el estudioso del servicio público advierte: “Hay miles de proveedores [de los servicios y bienes adquiridos). No aplicaría lo de la adjudicación directa. Lo que pasa es que esos contratos son para sus cuates, para sus amigos”.
Explica que en el servicio público “la adjudicación directa generalmente ocurre después de dos procesos de licitación declarados desiertos o cuando hay un solo proveedor del bien o servicio que se requiere; también por emergencia o cuando se trata de asuntos de seguridad nacional”.
Agrega que incluso cuando se tiene que hacer una adjudicación directa se deben respetar los procesos y los precios. “Generalmente el precio de lo que se va a adquirir mediante una adjudicación directa es la mediana del precio original y hasta el 10 por ciento más”.
Con respecto de la contratación de asesores que terminan suplantando las funciones del personal profesional de carrera, el experto explica:
“Hay una plantilla, una nómina. Y si quieren contratar a sus cuates, lo hacen por un programa de contratos por honorarios asimilados a sueldos. Es común que esto hagan para meter a sus amigos. A lo mejor, por alguna disposición, no pueden despedir a la persona que está ocupando el puesto; entonces contratan a sus cuates como asesores para que hagan el trabajo y les paguen bien. En la práctica es una duplicación de funciones y es para beneficios de los amigos o de los políticos que se quedaron sin trabajo”.
ADJUDICACIONES DIRECTAS DEBEN SER EXCEPCIONALES
El artículo 26 de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público establece tres tipos de procedimientos para la contratación de bienes y servicios: la licitación pública; la invitación a cuando menos tres personas, y la adjudicación directa.
De acuerdo con la ley, las dependencias contratantes deben “asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes”.
La licitación pública se realiza de manera abierta y concursan todos aquellos que previamente se hayan inscrito al padrón de proveedores. Se trata del procedimiento de observancia general.
Mientras, en el procedimiento de invitación a cuando menos tres personas se realizan invitaciones directas a los mejores proveedores para que compitan por ofrecer el mejor servicio o bien a menores precios.
Finalmente, la adjudicación directa está reservada a lo que señala el artículo 41 de la citada ley:
“Las dependencias y entidades […] podrán contratar adquisiciones, arrendamientos y servicios, sin sujetarse al procedimiento de licitación pública, a través de los procedimientos de invitación a cuando menos tres personas o de adjudicación directa, cuando:
“I. No existan bienes o servicios alternativos o sustitutos técnicamente razonables, o bien, que en el mercado sólo existe un posible oferente […]
“II. Peligre o se altere el orden social, la economía, los servicios públicos, la salubridad, la seguridad o el ambiente de alguna zona o región del país como consecuencia de caso fortuito o de fuerza mayor;
“III. Existan circunstancias que puedan provocar pérdidas o costos adicionales importantes, cuantificados y justificados;
“IV. Se realicen con fines exclusivamente militares o para la armada, o su contratación mediante licitación pública ponga en riesgo la seguridad nacional […]
“V. Derivado de caso fortuito o fuerza mayor, no sea posible obtener bienes o servicios mediante el procedimiento de licitación pública […]
“VI. Se haya rescindido un contrato adjudicado a través de licitación pública […]
“VII. Se haya declarado desierta una licitación pública […]
“VIII. Existan razones justificadas para la adquisición o arrendamiento de bienes de marca determinada;
“IX. Se trate de adquisiciones de bienes perecederos, granos y productos alimenticios básicos o semiprocesados, semovientes […]
“X. Se trate de servicios de consultorías, asesorías, estudios o investigaciones, debiendo aplicar el procedimiento de invitación a cuando menos tres personas, entre las que se incluirán instituciones públicas y privadas de educación superior y centros públicos de investigación.
“Sólo podrá autorizarse la contratación mediante adjudicación directa, cuando la información que se tenga que proporcionar a los licitantes para la elaboración de su proposición, se encuentre reservada en los términos establecidos en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental;
“XI. Se trate de adquisiciones, arrendamientos o servicios cuya contratación se realice con campesinos o grupos urbanos marginados […]
“XII. Se trate de la adquisición de bienes que realicen las dependencias y entidades para su comercialización directa […]
“XIII. Se trate de adquisiciones de bienes provenientes de personas que, sin ser proveedores habituales, ofrezcan bienes en condiciones favorables, en razón de encontrarse en estado de liquidación o disolución, o bien, bajo intervención judicial;
“XIV. Se trate de los servicios prestados por una persona física a que se refiere la fracción VII del articulo 3 de esta Ley, siempre que estos sean realizados por ella misma […]
“XV. Se trate de servicios de mantenimiento de bienes en los que no sea posible precisar su alcance […]
“XVI. El objeto del contrato sea el diseño y fabricación de un bien que sirva como prototipo […]
“XVII. Se trate de equipos especializados, sustancias y materiales de origen químico, físico químico o bioquímico para ser utilizadas en actividades experimentales […]
“XVIII. Se acepte la adquisición de bienes o la prestación de servicios a título de dación en pago, en los términos de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación;
“XIX. Las adquisiciones de bienes y servicios relativos a la operación de instalaciones nucleares, y
“XX. Se trate de la suscripción de contratos específicos que deriven de un contrato marco.”